Los adecos se doblegaron; pero en el Zulia se podría decretar un estado de Conmoción

Con un gran circo donde los Gobernadores electos y dirigentes de la MUD manifestaban que los mandatarios regionales no se juramentarían ante la ANC; sabiendo todo el mundo que Ramos Allud no iba a dejar pasar esa y convertirse en el jefe absoluto de la oposición, por fin llegó este lunes, un día antes de la fecha limite puesta por la ANC para juramentarse y se presentaron los adecos, luego de un parapeto en cada uno de sus estados donde sus seguidores por aclamación solicitaban que se juramentaran. Pero a última hora sale la cúpula de AD y expulsa de sus filas a los cuatro Gobernadores; otra artimaña mas de Ramos Allud para quedar bien parado ante los factores de la oposición que no comparten la juramentación ante la ANC.

De todas maneras sabemos que seguirá una cruenta guerra a dientes entre los factores de la MUD y AD; situación que debe aprovechar el Gran Polo Patriótico para barrer en las próximas elecciones municipales y de los Consejos Legislativos.

Esperemos que los gobernadores recién juramentados se dediquen a gobernar y no a permitir o armar guarimbas en estas regiones.

El caso de Zulia, Juan Pablo Guanipa ratificó que "Por coherencia y por amor al Zulia no me someteré a la juramentación en la ANC".

Si persiste la posición de Guanipa en el Zulia se encargara de la Gobernación el presidente del Consejo Legislativo hasta las nuevas elecciones, que podrían ser en diciembre; pero no creo que ese escenario se presente y seguro bajo algún pretexto como el de los adecos se juramentará el Gobernador electo del Zulia.

Pero tenemos que estar atentos en el caso del Zulia porque tal posición de Guanipa pudiese desencadenar otra ola de guarimbas y violencia, donde el Presidente podría decretar un estado de conmoción para evitar males mayores.

La Constitución de la República Bolivariana Venezuela contempla de manera expresa tres tipos de estados de excepción; entre ellos el Estado de Conmoción, en el articulo 338; así mismo, la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción establece en su artículo 13 el estado de conmoción interior: "Podrá decretarse el estado de conmoción interior en caso de conflicto interno, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos o ciudadanas y de sus instituciones, el cual no podrá exceder de noventa días, siendo prorrogable hasta por noventa días más. Constituyen causas, entre otras, para declarar el estado de conmoción interior, todas aquellas circunstancias excepcionales que impliquen grandes perturbaciones del orden público interno y que signifiquen un notorio o inminente peligro para la estabilidad institucional, la convivencia ciudadana, la seguridad pública, el mantenimiento del orden libre y democrático; o cuando el funcionamiento de los Poderes Públicos esté interrumpido". Esperamos nada de esto suceda y sigamos con la paz conseguida desde la elección de la ANC.



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Reinaldo Silva


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