Aumento salarial no es idea del candidato Caprichito

"Capriles, léete el artículo 91 de la Constitución, chico": El pueblo

Capriles no conoce la Constitución

Capriles no conoce la Constitución

Caracas, abril 10 - El candidato antichavista, Henrique Capriles Radonski, mostró nuevamente este martes su desconocimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al atribuirse la "propuesta" de aumento salarial que es un derecho establecido en la Carta Magna desde 1999.

Durante un acto de campaña en Valencia, estado Carabobo, Capriles aseguró que el aumento salarial, informado para este año por el presidente de la República, Nicolás Maduro, y cumplido por el Gobierno Bolivariano en los últimos 14 años, es una idea de él.

Sin embargo, el artículo 91 de la Constitución Nacional establece que: "El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento".

Este martes el jefe de Estado informó que este año, tal como lo establece la Constitución Nacional, el salario mínimo será aumentado en tres oportunidades: 20% en mayo, 10% en septiembre y 5 o 10% en noviembre, para completar un aumento de salario mínimo de entre 38% y 45%.

Maduro recordó que la política anual de aumento salarial es uno de los legados dejados por el máximo líder de la Revolución Bolivariana, Hugo Chávez, al pueblo venezolano.

Este es el artículo 91 de la Constitución venezolana:

Artículo 91

Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódicamente y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley.
El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento.


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La fuente original de este documento es:
YVKE Mundial (http://www.radiomundial.com.ve/yvke/)



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