Por qué la aprobación de la Enmienda Constitucional

Para los que todavía dudan de la legalidad de la enmienda constitucional del día domingo 15 de febrero del año 2008, y mal interpretaron las declaraciones el presidente Chávez a la periodista de CNN en español. Paso a realizar las siguientes consideraciones:

1. la CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, En Su Titulo IX, De La Reforma Constitucional, establece los mecanismos para reformar la constitución los cuales son; capitulo I ( la enmienda) a traves de este se pueden modificar uno o varios artículos, capitulo II (la reforma constitucional), este proceso es una revisión parcial de la constitución y sustitución de normas, capitulo III ( de la asamblea nacional constituyente) este mecanismo mas profundo llama al poder originario (el pueblo) ha redactar una nueva constitución.

2. Cierto que la reforma constitucional, planteada por el presidente de la republica y rechazada por la oposición el dos de diciembre. No puede presentarse en un mismo periodo constitucional.

3. En cuanto a la enmienda, nada tiene que ver con la reforma anterior, como vemos up supra son dos mecanismos de reforma distintos, planteados en el mismo texto constitucional. Lo cual la hace perfectamente procedente.

4. En un supuesto negado de perder la enmienda, en la entrevista ofrecida por el presidente Chávez a CNN en español. Cuando afirmo que la podía proponer de nuevo en dado caso. La lectura de esa afirmación es sencilla, en un lenguaje forense aseveramos “lo que no esta prohibido esta permitido”, nada establece la constitución bolivariana sobre la posibilidad de no usar el método de la enmienda cuantas veces se pretenda. Entonces siempre que cumpla los requisitos establecidos para su consulta es legal la propuesta de enmienda.

5. Enmendar; significa corregir, quitar defectos o subsanar. Acá nuevamente resulta viable la pregunta a traves de un mecanismo de enmienda. Es decir, adecuar los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 a nuestra democracia participativa, un poder del pueblo elaborados por los venezolanos, que al fin y al cabo, somos los únicos que podemos darnos nuestros derechos.

6. La posibilidad de postulación de los funcionarios públicos que tengan intenciones de reelegirse, no quiere decir que se perpetuaran, pues otro proceso como el electoral predominado por el sufragio será el que le de la continuidad o no, al gobernante que procure hacerlo. En otras palabras si el pueblo soberano quiere que se quede se queda y si no es asi, se va. Entonces se estaría premiando a quien lo esta haciendo bien.

7. Ya el tribunal supremo de justicia a dicho que no se viola el principio de alternabilidad, esto por que se modifica es la posibilidad de postulación y si gana, es la voluntad popular. Ahora lo que no puedo afirmar es que viole un rasgo universal del ser humano, principal en la oposición, que es el CULILLO. Miedo que tienen que el presidente se presente a otras elecciones para el año 2012, por que el verdadero trasfondo, para la oposición. Es que ellos no manejan sus propuestas, vienen directamente de los EE.UU., y de paso no cuentan con un liderazgo, que los motive. Pues con quien cuentan con un inhabilitado Leopoldo López que se rompe el bolsillo en un aeropuerto para salir en un extasiado glovobision.

8. El día domingo, se trata de apoyar el nuevo contexto constitucional, al votar si,si,si,si,si,si,si,si,si,si , solo estaras diciendo; no al pasado, no a la derecha, no a las viajas politiquerías, no a la cuarta republica, y siiiiiiiiiiiiiiiiiiiii, a un proceso latinoamericano que venezuela comanda como la historia lo decidió.

9. Por convicción vota siiiiiiiiiiiiiiiii compatriota, cogito, ergo sum , ( pienso, luego existo)………se dueño de ti mismo, discierne, para que tu país amanezca el día 16 con un futuro propio, no te dejes lavar la cabeza por los partidos políticos medios de comunicación privados, angustura es del pueblo , no de la oligarquía , bolívar libertador

Patria, socialismo o muerte venceremos ………

l_gracian@hotmail.com


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