Organizaciones sindicales de todo el país deben registrarse en el Ministerio del Trabajo

Caracas, 11 Feb. ABN (Fioldalisa Margic).- Hasta el próximo 21 de marzo hay oportunidad para que las organizaciones sindicales de todo el país se registren ante el Ministerio del Trabajo, según la resolución publicada en la Gaceta Oficial Nro 38.121 del pasado 3 de febrero. Así lo señaló este viernes, el viceministro del Trabajo, Ricardo Dorado, quien explicó que ese despacho está modernizando los servicios administrativos y uno de ellos es el Registro Público de Organizaciones Sindicales. Se deben inscribir en el Ministerio del Trabajo las federaciones, confederaciones y sindicatos de base, tanto de los obreros como de los empleados. Dorado dijo que esta resolución emitida por la ministra del Trabajo, María Cristina Iglesias, tiene como objeto la actualización de los sindicatos. Además estas organizaciones deben presentar las nóminas de los afiliados y consignar un informe económico sobre la gestión financiera. “Estos elementos permitirán que el Ministerio del Trabajo brinde estadísticas confiables sobre la base de afiliación sindical que existe en el país y las corrientes sindicales a las cuales cada uno de ellos tiene preferencia.” Añadió que ese Registro también servirá para comprobar cuáles de esas organizaciones ejercen realmente actividad sindical. Otro punto importante de esta resolución es que la actualización de la data facilita a los trabajadores afiliados el poder ejercer sus derechos. El registro público es un instrumento de certeza que asegura la transparencia de gestión de las organizaciones. Todos los datos de los sindicatos y federaciones estarán publicados en la página web del Ministerio del Trabajo: www.mintra.gov.ve con la finalidad que los afiliados e interesados puedan consultarlos. “Estamos avanzando hacia una administración pública y una gestión social transparente que se somete a la rendición de cuentas y se basa en el ordenamiento jurídico vigente, resaltó el funcionario. Indicó que los formatos de registro aparecen en la página web anterior y los mismos tienen que presentarse por escrito y en instrumentos digitalizados. Dorado puntualizó que el Ministerio del Trabajo facilitará los medios para que los formatos puedan ser presentados en forma digital. Aprovechó la oportunidad para subrayar que durante estos seis años se ha expandido el ejercicio de la libertad sindical, ya que se han podido organizar sindicatos en muchos sectores donde antes no había ese derecho. El artículo 1 de la resolución reza: “Las confederaciones, federaciones, organizaciones sindicales de trabajadores de empresa, profesionales, de industria y sectoriales y, las organizaciones sindicales de patronos, a nivel local, regional y nacional, deberán consignar ante las Inspectorías del Trabajo de la localidad donde realizaron su respectiva inscripción, un informe completo y detallado de su administración...”


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