Las estupideces de la AN fortalecen a Maduro

Los acuerdos de la Asamblea Nacional (AN) son abiertamente estúpidos. Uno de ellos, establecido el pasado martes, da inicio a la evaluación y determinación de la supuesta responsabilidad política del presidente Nicolás Maduro, "ante la grave ruptura constitucional y democrática y la devastación de las bases económicas y sociales de la Nación". Veamos tan grande estupidez que observa el pueblo:

Comencemos por las atribuciones de la AN, consagradas en la Constitución, donde el numeral 2 del artículo 187 señala lo siguiente:

Ejercer funciones de control sobre el gobierno y la administración pública nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca.

Asimismo, el artículo 222 que reza:

(…) En ejercicio del control parlamentario, podrán declarar la responsabilidad política de los funcionarios públicos o funcionarias públicas y solicitar al Poder Ciudadano que intente las acciones a que haya lugar para hacer efectiva tal responsabilidad.

A partir de lo cual surge la primera pregunta: ¿Cuáles serán esos elementos probatorios, para declarar la AN una supuesta responsabilidad política del presidente Maduro, ante tal ruptura constitucional y democrática?

Si se trata de supuestas "violaciones a la Constitución, los derechos humanos y la democracia" según el texto del acuerdo de la AN, en los considerandos supuestamente están las amañadas causas; como haber declarado el presidente Maduro en septiembre del año pasado, el estado de excepción y luego su prórroga, como medida constitucional para garantizar el funcionamiento de la economía; siendo rechazados por la AN apenas entra en funcionamiento en enero pasado, pero luego declarados constitucionales por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Tribunal que a su vez declaró nulos, inexistentes e ineficaces los rechazos de la AN (artículos 337 al 339 de la Constitución). Mientras tanto, el pueblo (desarmado y armado) observaba…..

Otra posible causa, consiste en no haberle parado bola el presidente Maduro, al voto de censura aprobado por la AN en contra de uno de sus ministros en abril pasado, solicitando su remoción; por cuanto el TSJ anuló siete sesiones de la AN, incluyendo aquella donde acordó ese voto de censura. Mientras tanto, el pueblo (desarmado y armado) sigue observando…..

Sobre la facultad del presidente Maduro de celebrar contratos de interés nacional con Estados extranjeros, la AN no tiene actualmente competencia alguna para aprobar dichos contratos, tal cual lo establece la Constitución en su artículo 159; por cuanto el TSJ declaró nulas todas sus sesiones y acuerdos desde abril de este año, y en abierto desacato desde agosto cuando la directiva de la AN incorporó en forma írrita a tres "diputados" del estado Amazonas. Mientras tanto, el pueblo (desarmando y armando) sigue observando…..

Sobre la presentación del proyecto de presupuesto 2017 ante la AN por parte del presidente Maduro (artículo 187 de la Constitución), ocurre lo mismo; él no podía hacerlo porque incurriría en desacato frente al TSJ. Mientras tanto, el pueblo (desarmado y armado) sigue observando…..

Sobre la recolección de firmas que convocan a un referendo revocatorio presidencial, resulta altamente estúpido que la AN acuse al presidente Maduro de impedir tal recolección; cuando la decisión de suspenderla fue tomada por el Consejo Nacional Electoral; un Poder Público autónomo, apartado del Ejecutivo, que tomó en cuenta la decisión de varios tribunales penales de reparar firmas chimbas, otro Poder autónomo aparte del Ejecutivo. Mientras tanto, el pueblo (desarmado y armado) sigue observando…..

Y en cuanto al supuesto boicot político a las leyes sancionadas en la AN, por parte del presidente Maduro, este simplemente las remitió al TSJ en cumplimiento del artículo 214 de la Carta Magna, al percatarse el presidente de la existencia de visos de inconstitucionalidad, como la ley de amnistía criminal y la que mercantiliza la vivienda, entre otras. Mientras tanto, el pueblo (desarmado y armado) sigue observando…..

Ahora bien si se trata del tema socioeconómico; surge entonces la segunda pregunta: ¿Cuáles serían los elementos probatorios, establecidos en las leyes venezolanas, que abordan lo relativo al sistema socioeconómico?

Veamos la ley superior, la Constitución, y el título VI; donde el artículo 299, referido al Régimen Socioeconómico y de la Función del Estado en la Economía, responsabiliza al Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, de:

promover el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta.

Pero el artículo 4 de la misma Constitución establece que:

La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.

De lo cual resalto las palabras: "descentralizado, cooperación, concurrencia y corresponsabilidad".

Una nueva pregunta: ¿Cuáles son los órganos del Estado? El artículo 5 lo señala: "Los que ejercen el Poder Público" (Poder Municipal, Poder Estadal y Poder Nacional: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral); con una clara responsabilidad: "Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado" (Artículo 136). Todo ello, dejando bien en claro que la AN tiene el deber constitucional, como integrante del Estado en su función económica, de cooperar, concurrir y corresponsabilizarse en el desarrollo del régimen socioeconómico del país; lo cual ha sido totalmente negativo en lo que va del año. Luego, ¿cómo carajo la AN va a declarar la responsabilidad política del presidente Maduro en lo económico, cuando ella no tiene autoridad moral ni legítima para encausar tal estupidez imponible? Mientras tanto, el pueblo (desarmado y armado) sigue observando…..

De esta manera, el pueblo viene acumulando bravura observando las estupideces de la AN; y ahora, que anuncia un supuesto juicio político en contra el presidente Maduro, el pueblo (desarmado y armando) cierra filas en defensa del Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana; aún más, se restea cuando la MUD amenaza asaltar Miraflores el venidero 3 de noviembre.

¡NO PASARÁN!

¡VIVA EL PRESIDENTE NICOLÁS MADURO!



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Sergio García Ponce

Ex-vicerrector de Desarrollo Territorial de la Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV).

 sagarciap@yahoo.es

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