EEUU deberá resarcir daños causados a venezolana en su embajada

Caracas, 25 Feb. ABN.- El Gobierno de los Estados Unidos (EEUU) deberá resarcir en parte los daños materiales causados a la señora Lilia Ramírez Rivero, quien sufrió un accidente en la sede de la embajada de este país en Venezuela, que le ocasionó secuelas de por vida.

La información fue suministrada por el abogado defensor de Ramírez Rivero, Carlos Olavarría Márquez, quien explicó que esta decisión, que se hizo pública este lunes, se obtuvo mediante sentencia del pasado 21 de febrero.

Al hacer un recuento del caso, el abogado indicó que Ramírez Rivero se lesionó de por vida al caer dentro de un hueco perforado (sin señalización) en el interior de la sede diplomática estadounidense, cuando estaba situada en la urbanización La Floresta, Caracas.

El profesional del derecho refirió que la sentencia del pasado 21 de febrero se logra después de más de 10 años de batalla judicial contra EEUU, y la indolencia de los jueces de primera instancia de la República Bolivariana de Venezuela, específicamente Thaís Rivera de Colombani, Gabriel Aché Aché, Angelina García y Lisbet Segovia de Pettit, quienes se negaban a decidir sobre el particular.

Destacó que la jueza Segovia de Pettit fue obligada a sentenciar por mandato de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en decisión emitida el 18 de diciembre de 2007.

Refirió que la justicia falló a favor de la demandante, por ello la jueza Segovia de Pettit deberá pagar una multa de mil unidades tributarias, responder por su responsabilidad penal y administrativa por desacato y el retardo judicial injustificado contra el legítimo derecho de Ramírez Rivero de recibir justicia oportunamente.

También manifestó el abogado litigante que con la sentencia obtenida se resarcen parte de los daños y perjuicios padecidos por su representada hace más de 20 años en el interior de la sede diplomática estadounidense.

Apuntó el defensor de Ramírez Rivero que queda ver si Estados Unidos acata la decisión. 'O nos veremos obligados a solicitar el cumplimiento mediante un exequátur en este país, y así nuevamente develar la doble moralidad de esa nación'.

Márquez consideró esta decisión como un precedente, por cuanto se condena en parte a EEUU por la responsabilidad civil extracontractual en territorio venezolano, a pesar de que el accidente haya ocurrido en el interior de una sede diplomática.

Comentó que aun cuando la sentencia no consideró el lucro cesante y moral padecido por su representada, es un importante precedente que condena en parte a Estados Unidos.

Asimismo consideró interesante el precedente, por cuanto demuestra que existen probabilidades de demandar a Estados Unidos en las cortes venezolanas, 'por cuantiosos daños y perjuicios sufridos por la nación', como los que está ocasionando la transnacional estadounidense Exxon Mobil al ir en contra de la principal industria petrolera venezolana.


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La fuente original de este documento es:
Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) (http://www.abn.info.ve)



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