El partido único es la Ley Orgánica Integral de la Cultura

La ley integral orgánica de la cultura no debe ser reformista
ya que una reforma cultural es opuesta a la revolución, es antichavismo puro amparado en una institucionalidad que la mantiene viva en la práctica clientelar de los intereses del burócrata.

“El Estado de derecho” actual con sus principios jurídicos abstractos formales y universales no ha podido resolver una efectiva ley orgánica para la cultura venezolana, -con todo y haberse pronunciado el pueblo con sus cultores- y, a la postre amenaza con disolver el todo, que necesariamente en política es anterior a las partes.

Más reformas en nombre de otra sociedad; esto es puro pragmatismo que prolonga el cese o suspensión del derecho capitalista actual; impidiendo la evolución de las distintas manifestaciones culturales como relaciones de real política en el poder de base popular, el poder manifiesto culturalmente social a través de la ley.

La ley integral orgánica de la cultura concebida como el conjunto de virtudes del Bien en las manifestaciones humanas; y en sintonía con la concepción de centros de investigación, producción e industria de conocimientos, para la ciencia y tecnología, -según Izarra, W.- sostendría e impulsaría la formación y difusión ideológica de la sustancia del socialismo. Tan importante en el intercambio con el patrimonio cultural de otras Naciones, de la Humanidad misma.

La creación es libre, son acciones de hecho inteligibles o de hechos tangibles, colectivos e individuales inherentes a la condición del ser de la humanidad y cuyo resultado es llamado Cultura. - ¿Pero, quién define la libertad? ¿ es claro y evidente para todos que la libertad implica proporcionalmente mayor responsabilidad, y deberes.? –

En mi opinión, creo que ese contenido al que alude la libertad esta abierto, indefinido y, a los efectos de la presente ley debe ser certeramente precisado filológicamente al detalle; pues de la adecuada y pertinente definición conceptual donde se asienten los principios fundamentales y definiciones que coexisten dentro de la sociedad venezolana, será punto de partida asumido como enunciados categóricos universales afirmativos; determinantes de cuáles deben ser las coordenadas jurídicas de la acción para el ejercicio de derecho del Estado.

Y esta acción, como acción del Estado hacia lo cultural, marca rutas ejes fundamentales para viabilizar, fomentar, estimular, promover, garantizar y proteger la referida libertad de creación como espíritu absoluto en sí mismo, -el pueblo todo sin distinción ,-- donde emerge y converge el desarrollo de la cultura nacional.

Por tanto , que la formación de una ética en contenidos de valores de bienestar, solidaridad, respeto a la vida, amor a la naturaleza, al prójimo, la patria entre otros, allanará la conciencia humana, será revolucionaria, será la comunión de la comunidad para con la exigencia interior de la experiencia comunitaria. La plena presencia de la comunidad espiritual, del pueblo y su Estado.

Para así poder lograr difundir la metódica revolucionaria desde abajo hacia arriba, para democratizar con y, en la virtud del bien colectivo. Alfabetización espiritual-ideológica para la conciencia de la necesaria y moderna ciudad estado, la Venezuela Socialista XXI.

La alianza de la referida ley orgánica es la plataforma, faro guía hermenéutico e iluminador, que le da sustentabilidad al constructo inteligible de la formación ideológica y, su conciencia política para el mundo de lo real y concreto, a través de la también ley orgánica de educación, y leyes especiales que juegan el rol de intermediación entre el estado y las comunidades, ahora erigidas como consejos comunales, gobierno puro y legitimo con sus respectivos voceros

Contribuyendo así con el poder del Estado para la defensa integral de la Nación, pues no se debe olvidar que la cultura es un asunto de seguridad de Estado.

Una ley integral orgánica de la cultura que estipule la trasferencia del poder a sus comunidades, confiriéndole al colectivo preparado, organizado y consciente de esta gestión su potestad cultural, su autodeterminación.

Abriendo con ello variadas y diversas instancias de poder, tradicional y actualmente apropiadas por las cuotas partidistas, y los intereses individuales, al propio y legitimo poder popular, la comuna.

Es aquí donde el imperativo categórico de la voluntad debe intervenir, se debe hacer efectivo-presente en la sociedad de su tiempo. Revolución y Hombre, protagonistas de su ámbito en la exposición de necesidades-motivos que quiere normar en justa ley.

Y, el hombre en la posesión cierta del conocimiento debe ejercer esta voluntad ya que le es inherente a su condición humana, ahora como revolucionario cabal.!

La virtud; el conocimiento es poder para uso del bienestar común solo cuando el objeto que le estimula-mueve es la Voluntad por el Bien. La ideología sin plena y cabal comprensión y conciencia de ello no existe.


Arteawao2003@yahoo.es



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