Necesidad de reimpulsar con voluntad política el proceso nacional de demarcación de habitat y tierras indígenas

Cuarto pronunciamiento de las organizaciones indígenas del estado Amazonas

PROPUESTAS

     En el día de 25 de OCTUBRE de 2011, nosotros, pueblos y comunidades indígenas de la Amazonía venezolana, representados por la Organización Regional de Pueblos Indígenas de Amazonas (ORPIA), la Organización Indígena Piaroa Unidos del Sipapo (OIPUS), la Organización Ye´kuana del Alto Ventuari (KUYUNU), la Organización Indígena Yabarana del Parucito Medio (OIYAPAM), la Organización Indígena Jivi Kalievirrinae (OPIJKA), la Comisión de la Organización Yanomami (HORONAMI), la Organización Mujeres Indígenas de Amazonas (OMIDA), la Organización de Comunidades indígenas Huôttuja del Sector Parhuaza (OCIUSPA), la Asociación de Maestros Piaroa (Madoya Huarijja), la Organización Yekuana del Alto Orinoco KUYUJANI ORIGINARIO, y el Movimiento Político Pueblo Unido Multiétnico de Amazonas (PUAMA), reunidos en Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, preocupados por la PARALIZACIÓN INFORMAL DEL PROCESO NACIONAL DE DEMARCARCACIÓN DA HÁBITAT Y TIERRAS INDÍGENAS desde el año 2009, y con la finalidad de discutir las iniciativas sobre el reimpulso del proceso de demarcación presentadas por  varios representantes del GOBIERNO NACIONAL, especialmente por el Vicepresidente de la República con motivo del Día de la RESISTENCIA INDÍGENA EL 12 DE OCTUBRE DE 2011, manifestando VOLUNTAD de reiniciar las actividades en diferentes regiones del país, hemos realizado varias consideraciones a modo de PROPUESTAS, consientes de las dificultades y problemas existentes.

     También queremos ratificar que estanos conscientes de los avances normativos y legales en materia de derechos indígenas en el marco de este proceso de cambios. Sin embargo en términos generales estos derechos no se han materializado y la demarcación de hábitat y tierras indígenas aún SE ENCUENTRA PENDIENTE. La demarcación es la forma de implementar los derechos originarios colectivos de los pueblos indígenas a sus hábitat y tierras reconocidos de forma amplia por la Constitución de 1999. El proceso nacional de demarcación, es la principal política pública que permitiría concretizar el ejercicio de los derechos indígenas reconocidos. A casi 12 años de aprobada la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela los avances son realmente pocos e insignificantes en términos reales, de extensiones reconocidas y de pueblos beneficiados. De acuerdo a datos de la propia Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Demarcación, la situación para el año 2009 (últimos títulos), es que se habían entregado un total de 40 títulos de tierras demarcadas por una extensión cercana al millón de hectáreas (1.005.846,73 has), incluyendo a 73 comunidades indígenas, de un total aproximado de 3000 comunidades reconocidas por órganos oficiales. De igual forma, sólo se han realizado demarcaciones en 06 entidades federales que benefician a 06 pueblos indígenas, de los casi 40 pueblos indígenas con presencia en Venezuela. Tampoco se han realizado las demarcaciones colectivas que se corresponden con el espíritu de la Constitución. Esto significa que después de casi 12 años de vigencia de la Constitución, sólo se ha demarcado aproximadamente el 2,4 % de los territorios de los pueblos y comunidades indígenas del país, quedando pendiente el 97,6 % de las demarcaciones. Por todo esto el GOBIERNO NACIONAL, órgano que tiene el deber constitucional de demarcar  (Artículo 119 de la Constitución) TODAVÍA SE ENCUENTRA EN DEUDA con los pueblos indígenas de VENEZUELA.

     Con la finalidad de contribuir con el avance del proceso de demarcación y partiendo de la nueva voluntad manifestada por el Gobierno Nacional presentamos las siguientes PROPUESTAS:

   1.- Reactivar la demarcación del hábitat y las tierras indígenas, priorizando la implementación y desarrollo del proceso nacional de demarcación como la principal política pública del Ejecutivo Nacional para garantizar los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Venezuela, mediante la articulación entre instituciones del Estado y organizaciones indígenas, trabajando con las demarcaciones colectivas pendientes demandadas por varios pueblos indígenas del país.

   2.- Hacer una revisión de la Comisión Nacional de Demarcación del Hábitat y las Tierras Indígenas, tanto desde el punto de vista de su composición como de su funcionamiento, para lograr una planificación adecuada y definir las prioridades de trabajo en cada una de las regionales con población indígena. Esta revisión debería incluir las dificultades encontradas en el proceso durante estos años, los problemas técnicos y prácticos, los principales conflictos y obstáculos, y las posibilidades de continuidad de los procesos adelantados con anterioridad por las comisiones regionales.

   3.- Definir mecanismos para operativizar y llevar a la práctica el procedimiento para la demarcación definido en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas partiendo de la especificidad de cada pueblo indígena y de las diferentes situaciones regionales. Proponemos que los estudios socioantropológicos se sustenten en los peritajes de profesionales conocedores de la realidad de cada pueblo indígena y pertenecientes a instituciones públicas y privadas.

   4.- Establecer criterios técnicos y operativos para desarrollar el proceso en cada una de los estados con población indígena, definiendo prioridades y posibilidades, según las diferentes opciones planteadas por la Ley de Demarcación; esto es, demarcaciones por comunidades, por pueblos o segmentos de pueblos, y por grupos o zonas multiétnicas, logradas mediante la discusión y el consenso.

   5.- Diseñar una estrategia efectiva y consensuada de demarcación, partiendo de las autodemarcaciones ya realizadas por los propios pueblos indígenas y sus organizaciones en todo el país, haciendo las revisiones necesarias para avanzar y llegar a las convalidaciones y homologaciones permitidas por la ley. Llamamos la atención sobre los Estados en los que se están realizando planes de ordenación del territorio, en el sentido de que en los mismos se tome en cuenta y respeten los procesos de demarcación de hábitat y tierras indígenas ya iniciados. De igual forma, que instituciones como el Instituto nacional de Tierras se abstengan de entregar cartas agrarias y otras figuras legales en tierras indígenas. Para evitar conflictos potenciales.

   6.- Asignación de recursos económicos suficientes por vía presupuestaria a los órganos competentes para desarrollar el proceso, incluyendo la capacitación técnica específica de funcionarios públicos y líderes indígenas.

   7.- Analizar las diferentes experiencias comparadas de demarcación y titulación de territorios indígenas en otros países de América Latina (Brasil, Bolivia, Colombia, Nicaragua), para verificar criterios técnicos y socioeconómicos, avances, extensiones territoriales reconocidas en número de hectáreas, formas de saneamiento y solución de conflictos, acuerdos con terceros, etc. Brasil es el país latinoamericano con mayor superficie de tierras indígenas demarcadas conforme al artículo 231 de la Constitución, con un total de 108.519.996 hectáreas de extensión territorial. Colombia tiene un total aproximado de 31.207.978 hectáreas reconocidas en resguardos a los pueblos y comunidades indígenas (Constitución  de 1991 y Convenio 169 de la OIT); y Perú un total de 12.550.427 hectáreas reconocidas a los pueblos y comunidades indígenas de la región amazónica. En Bolivia, también se han registrado avances importantes en la región amazónica y oriente con un total de 7.404.500 hectáreas y en Ecuador con 5.282.850 hectáreas. En Nicaragua existen desarrollos significativos de los procesos de demarcación de territorios indígenas, durante el año 2010, se lograron titular cuatro territorios indígenas adicionales a los ocho entregados con anterioridad, sumando así 12 territorios titulados y registrados entre los 23 previstos por la Comisión de Demarcación.

   8.- Destrabar el proceso de los prejuicios ideológicos e interpretaciones erradas mediante el establecimiento de criterios claros y políticas bien definidas que hagan referencia a la demarcación de hábitat y tierras indígenas como la materialización de un derecho constitucional para un grupo específico y originario de la población, en el marco del Estado venezolano y sus exigencias.

   9.- Definir mecanismos claros de resolución de conflictos y controversias internas entre los propios pueblos indígenas y los terceros ocupantes de sus territorios, incluyendo el establecimiento de criterios sobre el alcance de los derechos de los terceros que permitan destrancar los conflictos existentes.  
 

Organización Regional de Pueblos Indígenas de Amazonas (ORPIA)

Organización Indígena Piaroa Unidos del Sipapo (OIPUS)

Organización  Ye´kuana del Alto Ventuari (KUYUNU)

Organización Indígena Yabarana del Parucito Medio (OIYAPAM)

Organización Indígena Jivi Kalievirrinae (OPIJKA)

Comisión de la Organización Yanomami (HORONAMI)

Organización Mujeres Indígenas de Amazonas (OMIDA)

Organización de Comunidades indígenas Huôttuja del Sector Parhuaza (OCIUSPA)

Asociación de Maestros Piaroa (Madoya Huarijja)

Organización  Yekuana del Alto Orinoco Kuyujani Originario

Movimiento Político Pueblo Unido Multiétnico de Amazonas (PUAMA)

Guillermo Guevara (Constituyente Indígena 1999) 
 



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