Oficializada en Gaceta nueva Ley de Registros y del Notariado

Gaceta Oficial

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Credito: Archivo

04 de Diciembre.- En la Gaceta Extraordinaria Nro. 6.156 que circula este jueves, se publicó el Decreto N° 1.422 con la Ley de Registros y del Notariado, creada vía Ley Habitante por el presidente de la República Nicolás Maduro.

El texto indica que, la ley tiene el objetivo de garantizar la seguridad jurídica, libertad contractual y los principios de la legalidad de los actos o negocios jurídicos, bienes y derechos reales.

En la Ley también se establece que aquellas personas que posean condenas penales con sentencia firme, entre otros, no podrán ser registradores. Además, los registradores tampoco podrán redactar documentos por encargo a particulares ni tramitar documentos cuando no se haya cumplido el pago de los tributos correspondientes.

Asimismo, se establecen las tasas para varios conceptos: Entre 1 y 2 Unidades Tributarias para solicitud de documentos y expedientes, entre 1 y 5 Unidades Tributarias por solicitud de copias certificadas de documentos, y entre 2 y 6 mil Unidades Tributarias por el procesamiento de documentos de venta, constitución de hipotecas, permutas, herencias y otros.

Por último, el decreto señala que el pago será de 3,5 Unidades Tributaras para la inscripción de títulos y certificados académicos, científicos, eclesiásticos, así como en los despachos militares.



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