Declaran con lugar demanda de la Defensoría en caso Terrazas de la Vega

Dueños de promotoras son responsables de los daños causados a las familias de los edificios afectados de la I etapa del conjunto residencial Terrazas de la Vega

Dueños de promotoras son responsables de los daños causados a las familias de los edificios afectados de la I etapa del conjunto residencial Terrazas de la Vega

Credito: Prensa Defensoría del Pueblo

18 de diciembre de 2012.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada y presidenta del máximo tribunal del país, Luisa Estella Morales, declaró con lugar la demanda de protección de derechos colectivos y difusos interpuesta por la Defensoría del Pueblo (DdP) contra las sociedades mercantiles: Promotora Parque La Vega, Promotora Casarapa y Compañía de Inversiones y Desarrollo Coindeca, por considerar que vulneraban los derechos a la vivienda y salud de las familias que viven en el Complejo Habitacional Parque Terrazas de la Vega.

En su sentencia N- 1714, publicada el pasado 14 de diciembre, declaró que los dueños de las promotoras antes mencionadas son responsables de los daños causados a las familias de los edificios 9, 10,11,12 y 13 de la I etapa del conjunto residencial Terrazas de la Vega.

En virtud de lo anterior, se les ordena el desalojo, inhabilitación y demolición de los edificios señalados en un lapso de tres meses, a partir de la publicación del fallo. Además se prohíbe el desarrollo de nuevas unidades habitacionales en dicho sector tras su derrumbamiento.

En la sentencia también se exige la elaboración de un estudio técnico del urbanismo, en cuanto a la seguridad estructural del resto de los edificios que allí se encuentran, de un sistema de drenaje que permita la captación eficiente de las aguas que aporta la cuenca externa que circunda las edificaciones y la estabilización de los taludes adyacentes a la urbanización.

Igualmente, se mantiene la intervención de las empresas involucradas en esta construcción habitacional, mediante una junta Administradora Ad Hoc, que estará a cargo del Ministerio del Poder Popular de la Vivienda, la cual dispondrá de los bienes de estas operadoras.

El fallo impone sanciones tributarias al Síndico Procurador Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital; así como a los dueños de las promotoras habitacionales responsables. De igual manera, se insta al Ministerio Público y Contraloría General de la República iniciar las investigaciones correspondientes a las personas involucradas en dicho proyecto residencial.
Para la Defensoría del Pueblo esta decisión del TSJ constituye un acto de justicia que no sólo permite restablecer los derechos vulnerados a los habitantes de este urbanismo sino que además marca un importante precedente en lo que corresponde a la responsabilidad de las empresas privadas por la violación de los derechos humanos.


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