CNE reitera que actas de nacimiento, matrimonio y defunción no prescriben

Consejo Nacional Electoral (CNE)

Consejo Nacional Electoral (CNE)

Credito: Archivo

 31 de Agosto.- La Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) reiteró que las actas certificadas de nacimiento, matrimonio y defunción no tienen fecha de vencimiento, por lo tanto las instituciones públicas y privadas deben abstenerse de solicitar a los ciudadanos las copias de estos documentos actualizados o con determinada fecha de expedición.

En un aviso oficial, publicado en el diario Últimas Noticias, la comisión informó que las copias certificadas de documentos vitales sólo requerirán renovarse en caso de que estén deteriorados e ilegibles.

Igualmente, informó que la prestación del servicio de Registro Civil es "completamente gratuito" y, en consecuencia, "está prohibido cancelar emolumentos o colaboración por los trámites relativos a la inscripción de las actas y la emisión de sus copias certificadas, realizados en las oficinas y unidades de registro civil".

La comisión añadió que si algún ciudadano se encuentra con alguna de estas situaciones puede informarlo en la Oficina Nacional de Registro Civil, en las  oficinas  electorales situadas en cada estado del país o enviar su comentario o queja a través del portal oficial en internet www.cne.gob.ve/registrocivil, en el buzón de sugerencias que allí aparece.

A partir del año 2010, con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Registro Civil, le corresponde al CNE asumir lo correspondiente a la organización y funcionamiento del Registro Civil venezolano.



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