23 de julio de 2009.- El Servicio Nacional
Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, (SENIAT) recuerda a todas las
Personas Naturales y Personas Jurídicas que tengan inmuebles en alquiler para
uso comercial, que mensualmente deben declarar y pagar el Impuesto al Valor
Agregado (IVA), a través de las oficinas receptoras de fondos
nacionales.
El recordatorio a los
sujetos pasivos de la obligación fue realizada por el Organismo aduanero y
tributario, a través de la Gerencia de Tributos Internos Región Los Andes, luego
de efectuar una campaña de orientación a los contribuyentes, a quienes se les
explicó los deberes formales que deben cumplir al facturar el IVA por alquiler
de inmuebles de uso comercial y su obligación tributaria de declarar y pagar el
citado impuesto como contribuyentes ordinarios.
A tal efecto, el Servicio
recordó que la declaración y pago del IVA debe efectuarse conforme lo establece
la Ley, antes de los días 15 de cada mes, por lo cual exhorta a los sujetos
obligados a tomar las previsiones del caso y cumplir mensualmente con la
referida disposición tributaria.
Al respecto, las facturas
emitidas por alquiler de locales comerciales deben cumplir con la normativa
vigente en materia de facturación, por lo que tienen que sujetarse a las normas
establecidas en la providencia administrativa 0257.
En tal sentido, a través
del análisis tributario efectuado al renglón económico dedicado al alquiler de
inmuebles para fines comerciales en los estados Mérida, Táchira, Barinas y
Trujillo se adelanta un seguimiento a los propietarios para constatar la
declaración y pago del IVA, motivo por el que se exhorta a los contribuyentes a
cumplir con su obligación y evitar sanciones innecesarias.
El llamado del Organismo se
adelantó siguiendo las instrucciones del Superintendente Nacional Aduanero y
Tributario, José David Cabello Rondón, en Reimpulso al Plan Evasión Cero, como
parte de las acciones que buscan minimizar el ilícito tributario.