Secuelas de dichos cambios como proceso dialéctico hacia un nuevo paradigma.

Ley Habilitante de las Fuerzas Armadas Nacional Bolivariana y las consecuencias

En 1999 se inició en Venezuela un proceso de cambios en todas las estructuras políticas del país que han modificado y transformado el mundo económico y social. Dichos cambios en la sociedad venezolana han sido aplicados con el uso de las leyes de la dialéctica y han originados revoluciones profundas en cada uno de los ámbitos donde se han introducido.

Este poderoso método lo aplicó el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías en PDVSA. Con ello y estando quebrantada la correspondencia entre la base económica y las estructura polìtica, se modificaron en su aspecto màs generalizado la Ley de hidrocarburos1 con la intención de acelerar el proceso de transformación de PDVSA y se introdujo en la gerencia mayor de la industria un actor totalmente opuesto a su directiva, así con Alí Rodríguez Araque en su presidencia estalló el paro petrolero de diciembre 2002 que sirvió de purga automática de más de 18.000 empleados adláteres de EE.UU., la re-nacionalización de la industria y su posterior sometimiento al poder político.

Proceso similar se ha introducido en las estructuras del Poder Nacional con los Consejos Comunales, pues las primeras reacciones se han hecho sentir al develarse la actitud de algunos Gobernadores y Alcaldes que recularon frente a la Reforma Constitucional negándose a trabajar en pro de ella. Asimismo, el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías introducirá otro elemento que consiste en la figura de Vice-presidentes que ocasionará el derrumbamiento de algunos pisos intermedios para caer en una estructura horizontal que lo acerca màs al pueblo.

Es importante considerar que el transito entre lo cuantitativo y lo cualitativo está contemplado en una de las tres leyes de la dialéctica y se usan de igual manera en las 26 leyes de la habilitante. En lo que concierne con las Fuerza Armada Nacional Bolivariana, podemos ver como se introducen cuantitativamente varios elementos muy sutiles que producirán en su desarrollo cambios cualitativos en todas sus estructuras y que representan también un viraje hacia una concepción màs social e integradora de todas sus funciones.

En lo específico y positivo de la ley habilitante sobre las FANB se esgrime en su exposición de motivos la adecuación de toda la estructura jurídica a la nueva base fundacional que es la Constitución Bolivariana del 99, donde “el ideario de Simón Bolívar, el Libertador, su patrimonio moral y los valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional”2 son los valores que orientan su accionar, además de exponer en su presentación que “La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional...”, advirtiendo sobre la prevalencia jerárquica vertical de su estructura de mando y de su función principal “con los fines supremos de preservar la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la República”.

Pero màs allá de estos aspectos filosóficos y otros aspectos muy específicos que por motivos de tiempo no abordaremos aquí, el decreto de ley busca unir a las FANB con el pueblo para fomentar un principio de corresponsabilidad social no excluyente y así dar paso a un proceso de socialización en la defensa de la Nación, derrumbando la vieja y excluyente idea que hace creer que ésta tarea sea sólo y exclusiva responsabilidad del cuerpo castrense.

Con esto se hace necesario el uso de la dialéctica y de inmediato el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías amparado en el artículo 236 de la Constitución Bolivariana de Venezuela introduce en un primer momento la figura de la “Milicia Militar”.

“hacen aparecer al principio de corresponsabilidad, lo que quiere decir, que no sólo es la Fuerza Armada Nacional Bolivariana la misionada para la defensa y la integridad del territorio, sino la sociedad en su conjunto; es precisamente de allí, de donde surge la Milicia Nacional, cuerpo especial que estará en todo tiempo adiestrado e integrado en las áreas donde ante la materialización de alguna de las hipótesis de conflicto les corresponderá actuar”.

En lo específico de la dialéctica, el elemento que lleva la carga opuesta se materializa en la nueva figura del “Oficial Técnico”, el cual une en un primer momento el cuerpo de Sub-Oficiales con los Oficiales y da la oportunidad de continuidad a los Sub-Oficiales de ascender hasta el cargo de “General Jefe” o “Almirante Jefe” según el caso y que puede generar reacciones que ayudaran a identificar al personal que mantenga principios propios del ethos del fascismo, principios de casta, raza o èlites.

Pero estos cambios pueden ser destruidos o mellados sino se dotan de la fuerza suficiente para hacer cambiar la mentalidad de algunos generales y oficiales del estado mayor, así para asegurar que no se deformen o adquieran formas distintas a las propuestas o se conviertan en letra muerta, el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías introduce también el concepto de “Tropa Profesional” que no existía anteriormente para darle mayor contundencia al cambio que tocará intereses de algunas èlites militares que se niegan a servir al mando de la sociedad y para la sociedad.

Como vemos hasta aquí la función manifiesta de la ley habilitante sobre las FANB parece ser los cambios en sus estructuras de mandos y su concepción de defensa de la Nación; pero en su función latente persigue la purga de la institución y la acción de aplanar una poderosa estructura armada y clasista para unirla al pueblo y transitar a una sociedad pre-socialista que dote a la sociedad venezolana de un poder político militar menos diferenciado.

Este aplanamiento de la estructura castrense la disloca de su posición de avizor para dotarlo de una función orientada a colaborar e incidir directamente en el desarrollo de las fuerzas productivas del país, recibiendo al mismo tiempo y en forma recíproca la ayuda del pueblo en la defensa del territorio nacional, la República y la Constitución, así como permitirle adentrarse màs en la sociedad donde tendrá que codearse por medio de la “Milicia Militar” bajo un esquema jurídico normativo, pues dicha “Milicia Militar” estará sujeta administrativamente al Ministerio del Poder Popular de la Defensa y al mando directo del Presidente de la República y Comandante en Jefe de las FANB.

“Artículo 4º. Son funciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las siguientes: Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación;” (Ley de la habilitante de las FANB, Decreto Nº 6.239 del 22 de julio de 2008 HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República.)

Concretando materialmente un cambio en las FANB y en la sociedad venezolana, se logró con la dialéctica del cambio lo que en tiempos de la “Cuarta República” nadie hubiera logrado. Asimismo, el Gobierno Nacional no perdió tiempo frente a la amenaza exterior y sin dar tregua a la tregua se curó en salud y realizó un acción ofensiva contra el enemigo, el cual suele recordar amargamente la guerra de Vietnam y Cuba donde se le asestó al imperio una derrota contundente con la guerra de guerrillas, pues su concepción convencional de la guerra no los dota de una estructura operacional que permita llevar con éxito un enfrentamiento armado contra el “pueblo organizado en armas”3.

Así concluimos este breve artículo sobre las Leyes de la Habilitante, las FANB, la dialéctica del cambio, la transformación de la sociedad y la construcción de un nuevo paradigma que rompe con todas las estructuras de dominación capitalista para dar un primer paso hacia el socialismo, aunque advertimos que la dialéctica mayor debe realizarse en la propiedad sobre los medios de producción, pues por una “falla” de las estructuras intermedias de gobierno las condiciones materiales para la transformación de éste elemento fracasó por haber sido implantada a destiempo en la pasada reforma constitucional.

ricardoperez649@yahoo.com


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