Decreto 4.805, partida de defunción del salario

Históricamente el referente de los beneficios de los trabajadores fue el salario y en nuestro país cada 1 de mayo tanto patronos como trabajadores pugnaban unos por mantener salarios bajos y los otros por agenciarse incrementos significativos. Pero esta realidad ha cambiando paulatina pero de manera sostenida desde 2018 a nuestros días. El Decreto Presidencial 4.805 del 1 de mayo formalmente pone fin en nuestro país al salario como referente fundamental en lo que a beneficios de los trabajadores se refiere.

Si bien el Decreto expresamente no declara la eliminación del salario plantea la categoría de "ingreso mínimo mensual" y es precisamente a partir de este nuevo referente como se intenta dar respuesta a la demanda de los trabajadores de mejorar su poder adquisitivo y por ende sus condiciones de vida, duramente golpeada en los últimos años.

Basta leer el contenido del Artículo 6 del Decreto para corroborarlo " Artículo 6.- Con la finalidad de facilitar el cálculo, registro, análisis, revisión y ajuste, de manera integral, armónica y coordinada, de todos los conceptos asociados al salario de los trabajadores y trabajadoras, con o sin incidencia salarial, y aquellos beneficios otorgados a dichos sujetos con la finalidad de incrementar la protección social del Pueblo venezolano, incluidos los conceptos de Cestaticket socialista y el Bono contra la Guerra Económica, se denominará "ingreso mínimo mensual" a la suma total de tales conceptos"

Como se ha dicho el concepto de salario nominalmente sigue apareciendo pero cuando se contrasta la realidad de un "salario mínimo", (130 Bs. que al cambio del día de hoy representan $ 4,70 ) que ha estado inamovible desde hace 15 meses ya, con el incremento de ingreso de los trabajadores por la vía de "bonos" es evidente que se está sepultando el salario y los beneficios que este ha supuesto a los trabajadores.

Después de indagar cuál puede ser el origen del "ingreso mínimo mensual" conseguimos que en España desde el año 2021 se inició el programa denominado "Ingreso Mínimo Vital" y que según fuentes consultadas se define como "… una prestación mensual para los hogares que carecen de los recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Su objetivo es prevenir el riesgo de pobreza y de exclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad económica…" (1)

Pero antes de saltarnos los 7.258 kms. que nos separan de la que otrora nos impusiera sus costumbres y leyes por designios de sus reyes, veamos de donde surge en Latinoamérica este concepto que desde el 1 de mayo comienza a forma parte habitual de los sinsabores que cada quincena enfrentan los trabajadores en Venezuela.

Según documentación revisada al respecto fue la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) la que en marco de búsqueda de soluciones y respuestas a los impactos de la COVID-19 planteo en el 2020 "…la entrega de un ingreso básico de emergencia (IBE) equivalente a una línea de pobreza (costo per cápita de adquirir una canasta básica de alimentos y otras necesidades básicas) durante seis meses a toda la población en situación de pobreza en 2020 (es decir, 215 millones de personas o el 34,7% de la población regional (2)

Algunas fuentes indica también que más de 20 países europeos cuentan con programas similares, aunque con otros nombres, contándose entre ellos: Francia, Alemania, Reino Unido, en los que se denominan: Renta de solidaridad Activa, Renta Mínima de subsistencia y Crédito Universal, respectivamente. Estos programas, independientemente de su denominación buscan: asegurar una renta mínima para luchar contra la pobreza y conseguir mayores niveles de inclusión social.

Volviendo al continente americano la experiencia más cercana a un ingreso básico universal la encontramos en Brasil, en un programa que ya desde 2013 se implementó como parte de un proyecto de economía solidaria. Este programa plantea la Renta Básica de Ciudadanía que "…se está llevando adelante en Maricá, una ciudad de 161,000 habitantes ubicada a 50 kilómetros de Rio de Janeiro. Si bien el plan aún no es universal, ya alcanza a más de un cuarto de la población y el objetivo de las autoridades municipales es que se extiende a la totalidad de los habitantes en 2022". (3)

Pero volvamos a Venezuela. Aunque durante la pandemia no se prestó ninguna atención a las recomendaciones de la CEPAL, respecto al Ingreso Mínimo Vital, 3 años después y por Decreto Presidencial se plantea ahora la figura del "Ingreso Mínimo Mensual", como el referente que viene a sustituir al de salario mínimo, establecido tanto en la Constitución Nacional (1999), como en la Ley Orgánica del Trabajo, el trabajador y la Trabajadora (2012).

Así se impone a los trabajadores venezolanos la "bonificación del salario" y se presenta a través del mencionado instrumento legal como parte de la "tarea esencial del Ejecutivo de generar un solido y sostenido proceso de recuperación del ingreso de los venezolanos" (Considerando tercero del Decreto). Ante esto cabria formular la interrogante sobre si realmente en el país está ocurriendo un proceso de recuperación del ingreso de la gente.

Los trabajadores cada día ven más difícil cubrir las necesidades materiales relacionadas con la adquisición de alimentos, vestido, calzado, sin dejar por fuera la adquisición de medicamentos y costear servicios de salud; sin dejar por fuera que los servicios públicos, especialmente la telefonía ha elevado sus costos, sin dejar por fuera los costos de transporte.

Basta ver solo el caso del servicio público del Metro de Caracas que semanas atrás fue incrementado a Bs 4 por viaje. Aunque comparativamente su costo es del 57% del transporte terrestre (que se cotiza en 7 Bs. y está en manos del sector privado); no es menos cierto que si consideramos el caso de una persona que recibe el salario mínimo vigente (130 Bs.) realizando dos viajes diarios durante los 5 días de la semana, con los 130 Bs. apenas cubrirá 3 semanas y dos viajes de la cuarta semana del mes. Se cumple lo que muchos trabajadores repiten: el salario que reciben los trabajadores no cubre ni los pasajes.

Podríamos poner muchos otros ejemplos más que evidencian la perdida del poder adquisitivo de los trabajadores como una constante que se mantiene en el tiempo y como la política laboral que desde 2018 se impone no se traduce en beneficio a las mayorías en el país.

La complicidad de los sindicatos en lo que podemos calificar como un descomunal fraude a la clase trabajadora ha sido pública y notoria. Pero no perdemos la esperanza de que las bases de los trabajadores sorprenderán a quienes olvidan que la historia la hacen los pueblos.

 



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Carlos Luna Arvelo


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