Ley de presupuesto 2017: ¿la Sobreestimación de las instituciones públicas del Estado o abandono del rentismo en Venezuela?

En Venezuela siguiendo el cronograma correspondiente al proceso presupuestario, es sabido que año tras año se debe seguir un determinado ciclo que comienza a partir de Junio del año en curso hasta el 15 de octubre del mismo para realizar el proceso de formulación que debe presentarse ante la Asamblea Nacional antes del 15 de octubre. En este proceso existen diversas particularidades que se encuentran estipuladas en la Ley Orgánica de Administración Financiera del sector Publico (LOAFSP), tales como las razones por las que se reconduce el presupuesto; esto puede deberse a diversas razones, como el rechazo o no aprobación por parte de la asamblea Nacional hasta antes del 15 de diciembre de ese mismo año, con las modificaciones que tengan que ser realizadas por el ejecutivo.

Posteriormente, vendría el proceso de discusión y sanción del presupuesto que debe realizarse antes del 15 de diciembre de ese año; de no realizarse este proceso expresamente como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 313 (…) El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, en la oportunidad que señale la ley orgánica, el proyecto de Ley de Presupuesto. Si el Poder Ejecutivo, por cualquier causa, no hubiese presentado a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Presupuesto dentro del plazo establecido legalmente, o el mismo fuere rechazado por ésta, seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal en curso (...), de esta manera el presupuesto del año 2016, debería, de acuerdo a las leyes venezolana, debe ser reconducido.

Sin embargo ante la incertidumbre generada por la promulgación del Presidente Nicolás Maduro, de entregar el Proyecto de Ley del Presupuesto ante el Tribunal Supremo de Justicia, específicamente la Sala Constitucional, violando el artículo 313 de la constitución, así como también el artículo 187 que establece las atribuciones correspondientes a la Asamblea Nacional con respecto al ámbito presupuestal, en su numeral 6 establece que a la Asamblea Nacional le corresponde discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público. Por lo que se puede decir que el Poder Judicial esta usurpando las obligaciones del Poder Legislativo y que está vulnerando los derechos de todos los venezolanos al dejar en manos de inexpertos del área económica este, que es el instrumento más importante de la nación, al ser el que contempla las políticas que se realizaran en pro del desarrollo del país, que resulta ser la máxima expresión de los ingresos y gastos que realizara el Gobierno Central, por lo que resulta muy delicado que se encuentre en manos de personas que no se encuentran preparadas en el área económica, lidiar con el proceso de aprobación de este órgano tan importante para todos los venezolanos.

De esta manera, puede afirmarse con total veracidad y con todas las de la ley, que esta promulgación por parte del presidente es completamente inconstitucional e ilegal, y que no tiene precedentes en toda la historia presupuestaria venezolana. Aunado a esto, también resulta bastante alarmante la prosecución del uso de presupuestos deficitarios, la estimación de inflación muy por debajo de la inflación real, la colocación de estimaciones del precio del barril de petróleo en 30 dólares, así como la afirmación de que este presupuesto será el primero en ser financiado en más de un 80% por los ingresos no petroleros y que contemplara en su financiamiento recursos extraordinarios generados por las empresas públicas estatales en un 11,9 %, siendo el resto de él financiado por los ingresos petroleros (3,2%).

Por lo que resulta interesante preguntarse ¿Sera que las empresas publicas que posee el Estado venezolano generaran ingresos suficientes para suplir las necesidades de este presupuesto para el venidero año?, o ¿realmente caerá en nosotros los ciudadanos la responsabilidad de acarrear con este mega presupuesto? Que muy a pesar de que es deficitario, ya que su monto estimado para el venidero año está por debajo de lo ejecutado hasta lo que va de año, es de un monto bastante exorbitante. Lo que conlleva a hacernos la pregunta ¿de qué manera nos veremos afectados todos los venezolanos que luchamos día a día para rendir los pocos ingresos que tenemos, que se ven aun mas mermados por la creciente inflación, que podremos esperar para el próximo año 2017? Aun mas penurias que las vividas este año son las perspectivas que se ven para el año 2017 al que estamos muy próximos a llegar, o cuáles son las pretensiones que tiene el gobierno central con ese presunto abandono del rentismo en el país. Y para concluir, una pregunta que muchos venezolanos se hacen: Si el presupuesto será financiado en su mayoría por ingresos no petroleros y por los recursos de ingresos extraordinarios de las empresas públicas del Estado ¿Qué pasara con el restante 96,8 % de los ingresos petroleros que no se utilizaran para financiar el presupuesto? Será que por fin lo destinaran al Fondo de Estabilización Macroeconómica, se pagara deuda, o se destinaran a los Fondos extrapresupuestarios que tanto abundan y que permiten el ejercicio de la discrecionalidad por parte del Estado venezolano.

ndelvallern@gmail.com

*Estudiante del octavo semestre de Economía en la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad de los Andes.

 

 



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