El fenómeno político venezolano.

¿Cuál es la Doctrina Política-Ideológica de la Revolución Bolivariana?






1.Doctrinas político-económicas.

1.1 Definición ideológica:

La definición ideológica de cualquier esquema político en la sociedad actual, la determina la forma de interdependencia entre tres factores: Individuo, Colectividad y Estado.
El individualismo (preponderancia del individuo), representado entre otras doctrinas por el Liberalismo, el Cristianismo, la Democracia Liberal Representativa, la Democracia Cristiana y el Neoliberalismo, propugna la consolidación de los derechos inherentes al individuo: la vida, la libertad, la felicidad, y en lo material, garantizar la propiedad privada, con sus complementos: la iniciativa y la empresa privada. La colectividad debe estar organizada en lo ético, lo jurídico y aun en lo religioso, para garantizar esos derechos al individuo, asegurando la coexistencia pacífica. El Estado no hará otra cosa que súper vigilar y garantizar la convivencia social. El individuo es el protagonista: la colectividad lo sirve, el Estado lo protege. En los liberales más radicales existe la idea de la menor intromisión posible del Estado, e incluso su desaparición.
El colectivismo (preponderancia de la colectividad), que originó las diversas formas de Socialismo, el Comunismo y el Anarquismo, prescinde del individuo. Este solo es importante en cuanto pueda aportar para la felicidad del colectivo, y disfrutar de una cuota parte de esa felicidad. Aquí se supone que desaparecen los privilegios morales, políticos, jurídicos y materiales, siendo la repartición de esos bienes igualitaria. El individuo sirve a la colectividad. Desaparece la aureola sagrada de la propiedad privada, que propugna el individualismo, que es substituida por la propiedad con “función social”. El papel del Estado en estas doctrinas depende del tipo de socialismo: los marxistas lo consideran un mal necesario transitorio (dictadura del proletariado) que deberá desaparecer cuando se llegue a la sociedad comunista sin clases. El Socialismo de Estado en cambio, lo considera permanente regulador del orden jurídico, político y primordialmente económico en la sociedad. Se estatizan los grandes medios de producción, como las minas, el petróleo y el acero (de carácter estratégico), para beneficio de la colectividad. En el colectivismo, el individuo y el Estado sirven sin reservas a la colectividad.
En el Estatismo, cuya expresión extrema es el Fascismo y el Nazismo, el Estado no protege al individuo como en las teorías individualistas, o al colectivo en las socialistas, y se convierte en un fin en sí mismo. La totalidad de la vida colectiva gira en torno a su servicio. La parte de la sociedad que se consagra absolutamente al Estado (el partido), se hace acreedora de todos los privilegios y se considera una élite, el resto no tiene sino los derechos que el Estado “le concede”. Es importante señalar que las doctrinas individualistas y las colectivistas, afirman que sus teorías y procedimientos buscan el bien común, de la mayoría. El Estado Fascista rechaza esto, y solamente reconoce la minoría como fuente de poder. Controla lo económico, lo jurídico, lo político, lo moral, lo ético, lo religioso, y hasta lo educativo, el arte, la ciencia, en fin: lo cultural. De allí que se le defina como “totalitario”.

1.2 Elementos de las doctrinas políticas:
Toda doctrina política aspira el poder (el gobierno) y contiene tres elementos integrales: 1) análisis crítico del pasado y el presente; 2) programa para un futuro ideal, y; 3) los métodos para lograr ejecutar el programa. El análisis crítico es lo que justifica una doctrina y su aspiración de poder. La crítica a los males pasados y presentes fundamentan su razón de ser. El programa es la receta de remedios propuestos para arreglar esos males. Y los métodos son la forma de tomar el poder para ejecutar ese programa.

2. Doctrinas históricas.
Con base en lo ideológico (interdependencia entre: individuo-colectividad-estado) y en los elementos básicos constituyentes mencionados (análisis crítico-programa-métodos), han surgido diversas doctrinas político-económicas a lo largo de la historia entre las cuales destacan:
 Liberalismo
 Democracia
 Democracia cristiana
 Socialismo utópico
 Socialismo reformista
 Socialismo cristiano
 Social Democracia
 Marxismo
 Comunismo
 Anarquismo
 Fascismo
 Nazismo

3. El fenómeno político venezolano.
A la luz de lo anterior, el fenómeno político venezolano actual, calificado como inédito, es controversial para los dogmáticos de cualquiera de las doctrinas históricas. Pareciera una creación que incluye elementos de casi todas ellas, e incorpora otros nuevos.
Ninguna doctrina puede ser aplicada rígida, indiscriminada e indefinidamente, en lugares, tiempos y situaciones diferentes a cuando fueron concebidas. Eso contribuye a mantener latente el conflicto político. De igual manera que en lo biológico, en lo político todo nace, crece, muere, o se transforma. Constantemente surgen nuevas posibilidades, nuevos problemas y nuevas formas de solucionarlos. La vejez política es algo que no advierten quienes la padecen. El genio de los grandes realizadores políticos consiste en acomodarse inmediatamente a las necesidades de transformación del medio socioeconómico en que actúan, e inclusive adelantarse a ellas. Combinar principios de varias doctrinas y tener conciencia de que no hay fórmulas de eficacia permanente. Las que pueden acercarse a la permanencia son aquellas que empiezan por admitir que no hay nada permanente, y están dispuestas a sacrificar su rigidez dogmática, para adaptarse a nuevas circunstancias.
En cuanto a los métodos, es importante resaltar una clasificación en dos grupos: los evolucionistas, no violentos, graduales, con todos sus matices, y los revolucionistas, a veces violentos, que alteran en corto tiempo la estructura social, política y económica de las sociedades donde ocurren (Revolución Francesa, China, Rusa etc...). Pero hay matices: aun los gradualistas no descartan las vías revolucionistas, cuando los caminos parecen cerrados a todo cambio, y los revolucionistas no descartan mejoras graduales para los hombres, en sociedades que consideran injustas. Es indudable que la evolución, un cambio gradual y pacífico ofrece las perspectivas mas gratas y deseables para la razón. Pero para oprobio de la “racionalidad del hombre”, la violencia parece desempeñar un papel permanente en los procesos históricos de verdaderos cambios, lo cuál no debe ser óbice para intentar hasta el final la vía gradual.
Haremos una aproximación muy elemental de lo que la doctrina propuesta en la recién aprobada Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha tomado de doctrinas “históricas”, y de algunas innovaciones incorporadas al cuerpo ideológico propuesto para el desarrollo de la sociedad plasmada en tal instrumento.
 Del Liberalismo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela preserva la propiedad privada, el derecho a la realización del individuo, la libre empresa y el fomento de la libre competencia (artículo 112, de los derechos económicos).
 En la Democracia, el primer principio republicano es que la Lex Majoris Partis (Ley de la mayoría) es la ley fundamental de toda sociedad de individuos con iguales derechos; considerar la voluntad de la mayoría expresada así sea por un solo voto, tan sagrada como si fuera unánime, es la primera de las lecciones que debería aprenderse, pero la última que se aprende completamente, y cuando se abandona esta ley, no queda otra que la de la fuerza que conduce inevitablemente al despotismo militar. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Preámbulo y en el Artículo 2, declara a Venezuela como un Estado Democrático, donde se preserva la división de poderes, el sistema electoral, y la igualdad de derechos. Además, se innova, definiendo la democracia como participativa y protagónica, incluyendo la consulta a la mayoría de los ciudadanos (referendums) para asuntos de interés nacional, superando el viejo modelo de Democracia Representativa.
 El Socialismo Utópico cuyo fundador fue Tomás Moro, con su obra Utopía que fue escrita en 1516, soñó con una sociedad ideal, donde la educación sería obligatoria e impartida a todos por igual, con comunidades pequeñas regidas por grupos escogidos por la mayoría, libertad religiosa e igualdad entre individuos de uno y otro sexo. Y la forma de conquistar estos derechos es pensada por Moro -y los ideólogos que le sucedieron-, de manera pacífica y gradual. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela esta llena de pasajes en el Preámbulo y en diversos capítulos que reconocen estos antiguos derechos (artículo 103 y otros), y la acción política del proceso actual ha sido hasta ahora con el método pacífico y gradual.
 El Socialismo Cristiano y la Democracia Cristiana, derivados del cristianismo, que es intrínsecamente individualista por cuanto proclama los valores humanos primordiales del espíritu, el concepto de la responsabilidad individual ante Dios y el libre albedrío, tienen, sin embargo, contenidos colectivistas. La doctrina de Cristo encierra un profundo e inequívoco contenido social: la igualdad entre los hombres, el amor al prójimo, la caridad misma, el desprendimiento de los bienes terrenales, tienen coincidencias con las doctrinas colectivistas. El Mensaje de Navidad del Papa Pío XII, en el año 1952 es emblemático de una intención -al menos teórica- por la justicia: “La solidaridad exige que la intolerable y provocativa desigualdad del nivel de vida entre los diferentes grupos de una nación desaparezca...” Ha sido conocida también la posición expresada por el papa actual, criticando el “Neoliberalismo Salvaje y el Capitalismo Excluyente”. La Carta Magna vigente, y los programas que en materia social anuncia el Ejecutivo Nacional, tienen una decidida orientación hacia disminuir los niveles de diferencias socioeconómicas entre una mayoría abrumadoramente pobre y el resto de la sociedad (artículo 299).
 En el Socialismo Reformista, el Socialismo de Estado, la Socialdemocracia – y más acentuado aun, en el Comunismo-, la actuación del Estado sobre los asuntos de interés colectivo cobra una preponderancia notable. La propiedad del Estado sobre los recursos estratégicos (petróleo, acero, otros minerales, etc) aparece reflejada en la Carta Magna vigente: el artículo 302 expresa que “El Estado se reserva mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico...”
Deberes que son imputados al Estado en estas doctrinas incluyen: proteger a los más desfavorecidos, fomentar la educación y la salud en igualdad y gratuitamente, la necesidad de reforma agraria y protección al campesino, mejorar las condiciones de la clase trabajadora, “socializar” la propiedad donde sea justificada por razones sociales y económicas, el reconocimiento del derecho a la autodeterminación de los pueblos, sin menoscabo de la soberanía y la solidaridad internacional. Estos principios también han tenido espacio en la conceptualización del modelo de sociedad plasmado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
 Siendo el Marxismo mas que un programa político, un “método de análisis aplicado al capitalismo”, se ha aceptado su postulado, de que “en medio de otros factores interdependientes, la causa económica profunda es la que determina en gran medida el acontecer histórico”. Todo un título de la Carta Magna (Título VI) es dedicado al problema económico hacia una propuesta de transformación indispensable, reconociendo implícitamente la importancia que Marx otorga a la “causa económica”. El nuevo modelo de sociedad propuesto en la Constitución, define el carácter socioeconómico de la República fundamentado en los principios de: justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, donde el Estado, junto a la iniciativa privada, promoverán el desarrollo armónico de la economía nacional (art. 299), combinando elementos del determinismo materialista marxista y del liberalismo individualista, como puede observarse.
 El Anarquismo, tuvo como precursores –entre otros- a los Rusos Bakunin (nacido en 1812) y Kropotkine (1842-1921). Su filosofía preconizaba la desaparición absoluta del Estado o Gobierno (sobre la presunción de que el hombre puede autogobernarse en relaciones sociales horizontales). Se propuso un modelo económico que con el tiempo se ha definido como cooperativismo, con el objetivo de eliminar los intermediarios y el incentivo de lucro, sustituyéndolos por organizaciones de consumidores dispuestos a servirse a sí mismos, no con espíritu utilitario, sino de cooperación. Adquirirían los artículos necesarios directamente de las fuentes de producción, y podrían obtener -si hubiere excedentes-, ganancias compartidas entre los socios. Las organizaciones sociales serían de pequeños grupos con el fin de conquistar independencia y autogestión. El artículo 308 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reza que: “El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria, para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular....”




4. A lo anterior se agregan nuestros propios pensadores:

4.1. Bolívar

En primer término, Bolívar y su espíritu antiimperialista, con visión de integración latinoamericana que está claramente presentes en el artículo 153 de la Constitución. Sus avanzados conceptos sobre lo público, la educación, lo social y lo político, requeriría de muchísimas cuartillas para describirlo como el auténtico “autor intelectual” de lo que hoy ocurre en Venezuela. En el Preámbulo ya se define el modelo de sociedad a partir de su “Ejemplo Histórico”.
El libertador aplica toda su ilustración y su intuición en los planteamientos referidos a los poderes y su organización. En el Discurso de Angostura, documento que representa una especie de síntesis de su pensamiento, habla de la necesidad de tener un ejecutivo “fuerte” para las épocas turbulentas y de agitación y uno “dulce” y permisivo en las épocas de estabilidad. Propone la creación del Poder Moral y define sus funciones. Hoy ha sido recogida esa idea en la Constitución (Título IV) y ya existen las instituciones de ese Poder Moral: la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
Expone a grandes rasgos la necesidad de una educación popular, entendida como “popular” la educación para todos. Sentencia que la formación es vital para la república, en total sintonía con la visión de su maestro Simón Rodríguez. Hoy la Revolución Bolivariana concreta este planteamiento en la Constitución (Artículos 102,103 y 104).
Habla de la necesidad imperiosa de reformar el Poder Judicial -hoy tan vigente- y define a la justicia como la reina de las virtudes.
Razona que el Poder Legislativo debe ocuparse de “legislar” solamente, y disminuir hasta desaparecer la intromisión en asuntos propios del Ejecutivo y los otros poderes. A tal efecto explica lo dañino que resulta, participando con resoluciones activas no propias de sus atribuciones. Valdría la pena revisar las actuaciones de algunos sectores de la actual Asamblea Legislativa para entender el carácter estratégico y la vigencia del pensamiento de Bolívar al respecto.
La visión integracionista quedó claramente expresada por Bolívar en su proyecto de país “La Gran Colombia”, que ha quedado para la historia como un gran legado, junto a su decidida posición antiimperialista.


4.2. Zamora
Por otra parte, Zamora: sus ideas acerca de la reivindicación del hombre del campo, la colectivización de la propiedad de la tierra y la libertad igualitaria, concretadas hoy en la Ley de Tierras, sus propuestas sobre el voto universal y la independencia del Poder Electoral, hizo responder iracunda a la oligarquía reaccionaria Venezolana de entonces y la actual.
El pensamiento zamorano lo encontramos representado entre otros en los siguientes aspectos, como se desprende del Acta de la instauración de la Federación en Barinas, celebrada el 22 de mayo de 1859 que plantea como los objetivos de la Federación entre otros: “Elección universal directa y secreta del Presidente de la República, del Vicepresidente, de todos los legisladores, de todos los magistrados del orden público civil y de todos los jueces.” Este objetivo de la Federación se encuentra plasmado en la Constitución Bolivariana, en el articulo 70: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas (…). La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo.”

Otro objetivo del pensamiento zamorano como es la “Independencia absoluta del Poder Electoral, que ni antes de su ejercicio, ni después de él, dependa de ninguno de los funcionarios de los demás ramos de la administración.” Se encuentra plasmado en los siguientes artículos de la Constitución Bolivariana, que recogen la conformación del Poder Electoral: Articulo 292: “El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector y, como organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva. (…) Articulo 293 “…Los órganos del Poder Electoral garantizarán la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional.”

Zamora expresó claramente la necesidad del “Derecho de los venezolanos a la asistencia pública en los casos de invalidez o escasez general”. Se encuentra plasmado en el articulo 86: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado.”

Zamora defendió la “Libertad civil y política individual; consciente primero en la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley; y segundo, en la facultad de hacer sin obstáculo, licencia o venia todo lo que la ley no haya calificado de falta o delito.” Esta propuesta hoy se encuentra plasmada en los siguientes artículos de la Constitución:

Articulo 19. “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen”. Articulo 20. “Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social”. Y el Articulo 21. “Todas las personas son iguales ante la ley...”


4.3 . Rodríguez
Y finalmente Simón Rodríguez: la sencillez de su lenguaje, su permanente planteamiento de educación para el pueblo, de formar para la vida social y no meramente “instruir”, sus precoces críticas al capitalismo europeo aún incipiente, la certeza de que un pueblo que no entiende no puede ejercer la democracia. Su idea de “colonizar” el país con sus propios habitantes y de fundar una “Escuela Republicana”. Su amor al pueblo, sus avanzados atisbos económicos, su elevada conciencia social y el rechazo a los poderosos. Su contrariedad frente a la Nobleza y la codicia, en contraposición a lo que el llamó el verdadero mérito: “el saber”. Su condena expresa a la esclavitud. El pensamiento de la necesidad de una “verdadera revolución económica que comenzara por los campos”. La valoración del trabajo, el respeto a la propiedad y su crítica a la superproducción, así como sus opiniones acerca de la organización política y social, se sienten presentes en el “conjunto de ideas” (¿ideología?) que guían el proceso bolivariano.
La participación expresa o sobreentendida de Rodríguez en la creación de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se puede percibir desde el mismo Preámbulo: “El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar. “ Es imposible hablar del Libertador sin pensar en su maestro. La influencia de Simón Rodríguez es reconocida por el mismo Bolívar: ”Usted maestro mío, cuanto debe haberme contemplado de cerca aunque colocado a tan remota distancia. Con qué avidez habrá seguido usted mis pasos; estos pasos dirigidos muy anticipadamente por usted mismo. Usted formó mi corazón para la libertad, para la justicia, para lo grande, para lo hermoso. Yo he seguido el sendero que usted me señaló...
" ¿Se acuerda usted cuando fuimos juntos al Monte Sacro a jurar sobre aquella tierra santa la libertad de la patria? Ciertamente no habrá olvidado aquel día de eterna gloria para nosotros". (Pativilca, Peru, enero 19 de 1824. Carta de Simón Bolívar para Simón Rodríguez)

En el propio Preámbulo se expresa: “con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad;”... No hay un solo principio aquí que no coincida con el maestro Samuel Robinson.

Simón Rodríguez cree en la patria irrenunciablemente libre y en función de ello idea proyectos para consolidar la independencia: "Mi gran proyecto por entonces consistía en poner en práctica un plan bastante meditado que estriba en colonizar la América con sus propios habitantes, para evitar lo que temo acontezca un día; es decir, que la invasión repentina de inmigrantes europeos más inteligentes que nuestro pueblo actual, venga a avasallarlo de nuevo y a tiranizarlo de un modo más cruel que el del antiguo sistema español. Yo quería rehabilitar la raza indígena y evitar su extinción completa"

En el primer párrafo del articulo 21 que nos dice que “No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social...” encontramos un principio que Samuel Robinson defendió sin tregua. En efecto criticó que “las artes mecánicas están en manos de “pardos” y “morenos” que no tienen como instruirse y “van desde sus tiernos años al trabajo” y pidió que se les instruyera como a los blancos, denunció las discriminaciones que se sufría en las escuelas y como los niños tenían que abandonar éstas para ir al trabajar: “Hay escuelas para niños DECENTES, que son los que PAGAN, y para la MORRALLA, que escribe en ARENA i en PIEDRAS, porque no tiene con qué comprar papel...” En estas líneas Simón Rodríguez plantea la tragedia de los niños hijos de padres pobres, en ellas se resume la necesidad de luchar contra la exclusión, por la justicia social, la igualdad y el derecho al trabajo, la cultura y la educación.
En los Artículos 102, 103 y 104 que reconocen “la educación como un derecho humano y un deber social, asumida como función indeclinable del Estado y a cargo de personas de reconocida capacidad”, se detecta claramente el pensamiento robinsoniano. En sus cuatro años de maestro de primeras letras en de la escuela de Caracas le plantea al Cabildo varias criticas, entre ellas expresa la poca importancia que se le da a la escuela, la inexistencia de maestros competentes y de que todos se consideran capaces de desempeñar funciones de maestros y se queja del desconocimiento de la verdadera importancia de la escuela. Plantea la necesidad de una escuela manejada por maestros especializados.
Defiende la instrucción pública y expresa que el gobierno tiene esa responsabilidad. Recomienda la “Educación popular y por popular ...entiende...general”. Insiste en la educación para todos.
Hace énfasis en la justicia social y expresa: “Los discípulos no se han de distinguir por lo que paguen, ni por lo que sus padres valen...” Lucha por los derechos de todos: “pero cuando se trata de buscar medios, de proporcionar a todos, lo que cada uno desea para si...se levanta una oposición que entorpece las providencias...”
El Articulo 102 expresa que la educación debe estar consustanciada con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. Simón Rodríguez veía como peligrosa la posibilidad de organizar la educación en nuestra América imitando a Europa. Propone reformar la educación del siglo XIX como una tarea que le corresponde al país: “Colonizar al país con...sus propios habitantes y para tener colonos decentes Instruirlos en la niñez”. “...educar al pueblo en la causa social, educarlo para formar verdaderas repúblicas. Siempre es bueno aprender, pero hay cosas prioritarias: las primeras letras y la educación para los niños, la causa social para los jóvenes...”
El Artículo 115 que garantiza el derecho de propiedad, coincide con el pensamiento de Simón Rodríguez, quien le da valor a la propiedad industrial, pero expresa que “para establecer una industria no se debe arruinar a otra”. Esto significa que requiere de control: tal como lo expresa la Constitución: “La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones”. Igualmente se opone al monopolio tal como lo dicta el articulo 113.
En el Título IV del Poder Público, en las Disposiciones Fundamentales relativas al Poder Público y las relaciones internacionales se siente la inmensa presencia de su genio creador: “Los pueblos de las monarquías están acostumbrados a que los manden y a obedecer, los pueblos republicanos tienen que adquirir conciencia para dirigirse por si mismo”. Aquí expresa coincidencia con el principio de libre determinación y soberanía que consagra el articulo 152. Llega incluso a proponer en función de la libre determinación la necesidad que sea la republica quien haga el nombramiento de los obispos por el pueblo y que luego sean confirmados por las autoridades eclesiásticas locales.
“...Hagan las Repúblicas nacientes de la India occidental un sincolombismo. Borren las divisiones territoriales de la administración colonial, y no reconozcan otros límites que los del Océano. ¡Sean amigas si quieren ser libres!...” He aquí, en concordancia con el articulo 153, el espíritu integracionista latinoamericano. ...La República promoverá y favorecerá la integración latinoamericana y caribeña, en aras de avanzar hacia la creación de una comunidad de naciones...
Todas estas consideraciones tienen expresión concreta en los hechos y discursos del Presidente y demás líderes de la Revolución Bolivariana. Tal vez en la historia de Venezuela, es la primera ocasión en que la palabra escrita (la Constitución), el discurso (de los líderes) tuvieran tanta coherencia real con las ideas de nuestros libertadores y precursores.

3. Reflexión final.
No es el interés discutir aquí, si la acción política de gobierno, se corresponde mucho, poco o nada, con los postulados teóricos o conceptuales que hemos discutido brevemente. Lo que intentamos debatir es si la propuesta de sociedad que aprobamos los ciudadanos venezolanos por mayoría en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tiene substratos ideológico-políticos históricos, basados en nuestras realidades particulares, y si tienen viabilidad.
Se ha dicho mucho que la “revolución” carece de programa, de propuestas, de planes, de ideología. Tengo la impresión de que más bien tiene muchas, variadas y novedosas caracterizaciones, que aparecen sistematizadas en la Constitución.
Es discutible si es acertada o no la combinación de elementos de las diversas doctrinas y las innovaciones incorporadas, que el “chavismo” ha expuesto en un discurso desconcertante y hasta atemorizante para unos, pero apasionante para otros. Pero es indiscutible que allí está. Es larga la lista de nuevos principios que se han incorporado en el texto constitucional–al menos en Venezuela- en materia de derechos humanos, civiles, políticos, sociales, culturales, educativos, económicos, de los pueblos indígenas, y ambientales. También se ha incluido en la división de poderes clásicos de la democracia (legislativo, ejecutivo y judicial) al Poder Ciudadano y el Poder Electoral. Se ha creado el Consejo Federal de Gobierno, y cómo ya se ha planteado, se ha hecho una combinación de principios colectivistas con respeto a los individualistas, en una extraña convivencia de rasgos socialistas y liberales.
Pudiéramos también discutir si estamos en presencia de una nueva doctrina que por ahora llamaremos “chavismo”. Solo el tiempo dirá –si se prolonga el experimento-, su efectividad social, política y económica, y si los dirigentes tienen la sabiduría y flexibilidad para concretar esa idea que hoy tiene a Venezuela en un debate permanente.
Decir que la Revolución Bolivariana carece de fundamentos ideológicos nos parece una afirmación audaz –por decir menos- y enorgullecernos de la presencia de nuestro Simón Rodríguez en el cuerpo doctrinario de mayor jerarquía -La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela-y en el ideario de nuestro pueblo, no hace más que reafirmar que la Revolución Bolivariana no solamente tiene ideas sino además, ideas propias.


Literatura consultada:

 Althuser, L. S.F. Ideología y aparatos ideológicos de Estado. Ediciones Los Comuneros. Editorial Ideas. Colombia. 73 p.

 Bolívar (Las citas son de un libro editado por la Sociedad Bolivariana, que simplemente contiene los discursos, proclamas y escritos mas citados del Libertador: Discurso de Angostura, Carta de Jamaica, Manifiesto de Cartagena y otros)

 Bujarín, N. 1971. El a.b.c. del comunismo. Colección 70. Editorial Grijalbo. Traducido por Ramón Solórzano. México. 160 p.

 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999. Asamblea Nacional Constituyente.

 Llarch, J. 1973. La muerte de Durruti. Ediciones Aura. España. 253 p.

 Montenegro, W. 1975. Introducción a las doctrinas político-económicas. Fondo de cultura económica. México. 283 p.

 Mújica, E. 1977. Diccionario del socialismo. Libros mosquito. Editorial Ingemesa. España. 90 p.

 Rodríguez (Estas citas son tomadas de las Obras Completas editadas por la Presidencia y la UNESR en el 2001)

 Russell, B. 1961. Los caminos de la libertad. Ediciones Orbis. España. 222 p.

 Zamora (Estas citas fueron tomadas del “Acta de Barinas” de 1859 y otros documentos y me fueron proporcionadas por el Historiador Pedro Sosa)


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