¿Qué sentido tiene una intervención internacional?

La posibilidad de una intervención internacional formal, bien sea vista como oportunidad o como amenaza, es tema central de debate en nuestro país. Hablo de intervención formal porque es claro que se utilizan distintas estrategias para "torcerle el brazo" a aquellos países que no se alinean con determinados intereses. Con intervención formal me refiero a la posibilidad de resoluciones de organizaciones internacionales que se dirijan de manera precisa a determinado país. En este artículo discuto sobre dos aspectos. El primero se refiere a las condiciones en las cuales se justificaría una intervención internacional formal y el segundo se refiere a las características que debe tener esa intervención. Sobre la base de esa discusión, la cual planteo de manero general, presento algunas reflexiones sobre la factibilidad y conveniencia de una intervención no sólo en Venezuela, sino en distintos países en el mundo.

¿CUÁNDO TIENE SENTIDO UNA INTERVENCIÓN INTERNACIONAL FORMAL?

Mi primera reflexión está dirigida a desmitificar y colocar en un contexto apropiado la palabra "intervención". Para ello creo conveniente hacer un símil con una intervención quirúrgica sobre cualquier ser humano. Para empezar, un cuerpo que funcione de manera apropiada y autónoma no debe tener intervención alguna. La posibilidad de intervenir sobre él debe derivarse de la detección de alguna patología. En caso de que la patología señale la necesidad de alguna intervención externa (en este caso quirúrgica) la decisión de permitirla debe residir en el ser humano que ocupa ese cuerpo. Sin embargo, en determinadas circunstancias ese albedrío no es factible y suelen ser los familiares, con el respaldo profesional de autoridades médicas quienes deciden la intervención. Lo ideal es que esa intervención conduzca a mejores condiciones de salud, aunque siempre existe distintos tipos de riesgo. Estos riesgos deben ser conocidos por los agentes de decisión antes de que la intervención se produzca.
Es bueno precisar que la pérdida de autonomía y del consecuente albedrío puede estar vinculada a muchas razones: falta de madurez en caso de los niños, falta de cordura, o pérdida de consciencia. En general, la decisión de autorizar de modo individual una intervención procede cuando hay suficiencia mental. En caso contrario, la decisión de los familiares y/o del equipo médico de intervención sólo puede hacerse cumpliendo un protocolo regulado por leyes.

Para completar esta analogía, supondremos que el cuerpo esta vinculado al pueblo y que la mente está representada por el Estado. De este modo bien puede ocurrir un cuadro de salud crítico en el pueblo pero una indisposición marcada del Estado a buscar soluciones tanto dentro de lo que le permite su propia autonomía como la que se derivaría de solicitar o autorizar una intervención. La intervención internacional se asociaría a los familiares y los médicos. Estos deberían ser en esencia países amigos que se preocupan por la calidad de vida del pueblo y organizaciones internacionales que busquen la protección de los derechos humanos, la gobernanza y la felicidad colectiva.

De modo que preciso algunos principios en cuanto a intervenciones internacionales sobre un país:
Las intervenciones solo deben realizarse cuando el país no encuentran los modos de superar de manera autónoma sus problemas sociales o cuando el país en cuestión afecta con sus prácticas agresivas a los pueblos de otros países.
Las intervenciones han de hacerse preferentemente por solicitud del país afectado. Que un Estado o parte de ese Estado solicite intervención internacional no significa en modo alguno "traición a la patria".
Las intervenciones no autorizadas por el Estado del país afectado solo pueden efectuarse cuando se hayan agotado los mecanismos diplomáticos y se llegue a la conclusión firme de que el Estado de ese país está actuando de espalda a los intereses populares de ese o de otro país.
Las intervenciones sólo deben producirse en un marco de legislación internacional bien establecido.

De esta manera dejo claro que considero que sí hay circunstancias en las cuales se puede efectuar alguna intervención internacional formal sobre un país y establezco algunos criterios para efectuarla. Dentro de los criterios creo conveniente ahondar en los problemas sociales que pueden implicar la necesidad de intervención no autorizada por el Estado. Como queda claro del punto 1 de la lista anterior, sólo hay dos razones que justifican intervención internacional formal: falta de autonomía y agresión a los pueblos. Según el principio de autodeterminación de los pueblos, sólo puede hablarse de falta de autonomía cuando hay obstrucción al ejercicio soberano del pueblo en la solución de sus problemas, cuando se atenta contra la democracia.

Son evidencias de atentado contra la democracia y pérdida de soberanía de un país las siguientes:
Que se incumplan de manera injustificada los cronogramas electorales establecidos en las respectivas constituciones.
Que no se permita el ejercicio de un alguna autoridad designada directamente por el soberano.
Que se obstruya la ejecución de los distintos modos de participación ciudadana en su ejercicio de soberanía como lo son las distintas formas refrendarias y la ejecución eficaz de la contraloría social.
Que no se permita que los pueblos tengan la oportunidad de modificar su constitución por mecanismos protagónicos.
Que se atente contra el propio pueblo.

Por otro lado, son evidencias de prácticas agresivas por parte de los Estados:
Establecer bloqueos comerciales, financieros o diplomáticos a otros países.
Dirigir campañas mediáticas de desinformación o manipulación de la verdad con uso de cualquier tipo de tecnología.
Cualquier forma de intervención sobre la soberanía de otro país sin la presencia de una decisión de intervención internacional formal establecida según la legislación internacional.

¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS IDEALES DE UNA INTERVENCIÓN INTERNACIONAL?

En la sección anterior se esbozaron los principios generales vinculados a una intervención internacional. De los cuatro principios, considero necesario ahondar en el referente al marco de legislación que lo acompañe para el caso específico de un país cuyo Estado no solicite intervención. Ese marco legal debe establecer lo siguiente:

La intervención sólo podrá efectuarla la ONU de manera directa a través de una organización filial que sea autorizada por la ONU para ello como podría ser la OEA, la UNASUR, la UE, etc.
El procedimiento para efectuar una intervención debe iniciarse con una solicitud presentada por cualquier Estado de una organización filial autorizada.
Se debe realizar un juicio al Estado del país denunciado, con el debido proceso, que permita determinar si existe justificación para la intervención.
En caso que se determine que el Estado de ese país está incurriendo en atentados contra la democracia y la soberanía popular o que se le considere agresor, se dictará sentencia de intervención. La intervención puede tener distintas modalidades:
Orden de ejecución forzada de modificaciones en un corto plazo determinado de los incumplimientos democráticos del país y/o la interrupción inmediata de las practicas agresivas.
Establecimiento de un Estado paralelo alternativo que se encargue de restituir los derechos democráticos en un corto plazo determinado y/o que se encargue de impedir las prácticas agresivas.
Intervención militar internacional en caso de que haya resistencia.

Pues bien, en estas dos primeras secciones de este artículo he presentado de manera general y muy sucinta las posibles justificaciones de una intervención internacional formal en un país y las características ideales de esa intervención, haciendo énfasis en el caso particular de un Estado que se niegue a aceptar una intervención aparentemente necesaria. Estas reflexiones tienen un carácter general y no se vinculan a ningún país en particular. Antes de pasar a la siguiente sección es necesario comentar que el análisis previo se hace pensando en la existencia de un orden internacional idealizado en el cual hay un conjunto de países que luchan de manera franca por la felicidad de todos los pueblos del planeta. En otras palabras, el análisis previo está descontextualizado del actual "orden internacional" lleno de injusticias y de prácticas imperialistas, agresivas y abusivas.

EL CASO VENEZUELA

Es claro que hay sectores nacionales e internacionales que consideran que es necesario intervenir a esta nación. De hecho, ya en estos momentos la OEA ha hecho la primera intervención formal conminando al Estado venezolano a devolverle toda la operatividad a la Asamblea Nacional que está establecida en la Constitución. Partiendo de los criterios previamente establecidos, tendría sentido poner al banquillo al Estado venezolano sobre la base de que:
No se efectuaron las elecciones a gobernadores en el tiempo estipulado sin que haya una justificación clara para este diferimiento.
Hay una anulación de los actos de la Asamblea Nacional, lo que implica el no ejercicio de la voluntad popular.
El ejercicio de la Asamblea Nacional de los últimos años ha mostrado la intención de boicotear el ejercicio de gobierno del Ejecutivo Nacional, lo que también constituye un atentado a la voluntad popular.
Se bloqueó de manera indefinida la solicitud de un sector de la ciudadanía de realizar el Referendo Revocatorio Presidencial.
Se anuló de manera indefinida la proclamación de los Diputados a la Asamblea Nacional del estado Amazonas.
Se tienen diferidas, por años, las elecciones a Autoridades Universitarias en las Universidades Nacionales Autónomas.

Claro está, el Estado venezolano tendría todo el derecho de defenderse en un juicio internacional, pero seguramente el veredicto sería de culpabilidad y la intervención estaría justificada. Según el procedimiento antes descrito, el juicio internacional debería dar el primer paso de exigirle al Estado venezolano lo siguiente:
Establecimiento de un cronograma electoral en el plazo mínimo factible a elecciones de gobernadores.
La restitución inmediata de la operatividad de la Asamblea Nacional sin la presencia de los Diputados de Amazonas.
El compromiso de la Asamblea Nacional de contribuir con el funcionamiento global del Estado.
El dictamen inmediato del Tribunal Supremo de Justicia en relación con las denuncias de fraude en la recolección de firmas para el Referendo Revocatorio Presidencial. El dictamen debe determinar si hubo suficiente cantidad de firmas válidas para realizar el revocatorio y ejecutar las sanciones correspondientes si fuera el caso.
El dictamen inmediato del Tribunal Supremo de Justicia en relación con supuestos fraudes en la elección de Diputados en el estado Amazonas. En caso de haber habido fraude, realizar las elecciones correspondientes; en caso contrario, juramentar de manera inmediata a los Diputados electos.
El dictamen inmediato de la constitucionalidad de la LOE. Si es constitucional, proceder a elecciones de acuerdo a lo que estipula este instrumento; de lo contrario, establecer las correcciones que se requieran y proceder a las elecciones.

Aparte del dictamen, el juicio también debería determinar cuáles fueron las causas que llevaron a Venezuela a tener esta situación. El juicio debería mostrar que el pueblo venezolano ha sido víctima de agresiones dirigidas desde distintos países con la intención artera de crear desestabilización social y disminución de la popularidad del actual gobierno venezolano. Dentro de los Estados agresores destacarían dos: Estados Unidos y Colombia. La incidencia de estos países en la situación venezolana serán analizados en la siguiente sección.

OTROS CASOS EN EL MUNDO

De todos los países del planeta, ninguno ha tenido en la historia contemporánea mayor condición de agresor que el de los Estados Unidos de América. Los pueblos de muchos países del mundo han sido víctimas de las agresiones bélicas perpetradas por este país con la excusa recurrente de proteger a esos pueblos y con la razón verdadera de extender su dominio imperial sobre el planeta. Las consecuencias de tales acciones "protectoras" han sido los genocidios directos, por las balas y misiles; e indirectos, por hambre y otras carencias. Aparte de las acciones bélicas, ese país ha protagonizado boicots económicos y diplomáticos contra los pueblos de otros países con la excusa de someter a los correspondientes Estados. Un caso emblemático es el cubano pero no el único. Particularmente el pueblo venezolano es víctima de un bloqueo que le disminuye las posibilidades de adquirir alimentos insumos médicos, y repuestos para artefactos de todo tipo. Adicional a eso, chantajean a otros países para que se alinean en contra de Venezuela so pena de "dejar de recibir los beneficios de una buena relación con ese país." Para completar el cuadro, desde ese Estado agresor se aúpa el desarrollo de guerras mediáticas y psicosociales contra la población venezolana. Todo este tipo de agresiones forman parte de lo que anteriormente insinué con los conceptos de intervenciones formales y no formales.

Debo mencionar a continuación a Colombia. El Estado colombiano agrede al pueblo venezolano al permitir casas de cambio con régimen libre en la frontera, facilitando el lavado de dólares y los manejos financieros perversos que se hacen con el cambio peso-bolívar que han hecho un terrible daño a la economía del pueblo venezolano. Claro está, este cuadro se agudiza con la anuencia cómplice y corrupta de funcionarios del Estado venezolano, pero no cabe duda de que dar esa concesión a las casas de cambio en Colombia tiene el doble impacto de facilitar el negocio del contrabando y de sustraer de manera dolosa los bolívares venezolanos. Por otro lado está la manera irresponsable con la cual el Estado colombiano ha manejado los asuntos de paramilitarismo, guerrila y narcotráfico.

Aparte de la acción agresora de estos Estados, hay muchos países que deben pasar a juicio por sus prácticas antidemocráticas. Es bueno empezar de nuevo por los Estados Unidos. La constitución de ese país no presenta posibilidades para que el pueblo pueda hacer modificaciones constitucionales, ni siquiera existe la posibilidad de que el pueblo pueda ser consultado sobre distintos temas de interés general. La única facultad democrática que tiene ese pueblo es la de elegir autoridades. Inclusive, los modos de elección son tan restrictivos y contradictorios que dificultan la superación del binomio hegemónico demócrata-republicano y que lleva a situaciones como esa de que el Presidente electo no es la persona que saque más votos.

En Brasil, la voluntad popular fue irrespetada de una manera descarada. En España, hay manifestaciones populares dirigidas a superar el régimen monárquico y a separar el país en nuevos Estados. Sin embargo, la voluntad popular es ignorada. Claro está, allá nadie ha dicho que el pueblo es soberano. Pero es que realmente, otras formas de soberanía son hoy en día un anocranismo y una aberración. De modo que, las intervenciones internacionales formales deberían atender a todos los regímenes monárquicos.

Un caso interesante es el de México. Este país, abanderado de la intervención internacional contra el Estado venezolano destaca en el plano de la agresión contra sus propios ciudadanos. Los desaparecidos se cuentan por centenas y hasta por miles; los periodistas son víctimas recurrentes del accionar del propio Estado. El gobierno de los Estados Unidos lo califica, no sin razón, como un Estado agresor debido al impacto de las mafias paramilitares vinculadas al narcotráfico. (¿Por qué no dice nada de Colombia?) Por cierto, en relación con el narcotráfico, ningún gobierno tiene peores indicadores que el país más consumidor de drogas en el mundo, atentando así de manera cómplice contra sus propios ciudadanos.

A MANERA DE CONCLUSIÓN

De lo escrito en este artículo no le debe quedar dudas al lector de que considero que sí hay razones válidas para efectuar una intervención internacional formal sobre el Estado venezolano y que ello no representa ninguna traición a la patria. Por el contrario, decir lo anterior es hablar de la necesidad de rescatar la institucionalidad y el hilo democrático que recientemente hemos perdido. Sin embargo, también debe quedar claro que considero que el actual orden internacional nos indica que no existe ningun "cirujano" llamado a hacer la intervención necesaria. No existe autoridad moral ni política en el actual orden internacional para que uno pueda afirmar que las intenciones detras de las acciones van verdaderamente dirigidas a defender a los pueblos. Muy por el contrario, sabemos que lo que está detrás es otra cosa, que lo que se busca es continuar privilegiando a los intereses de los poderosos.

Aparte, sabemos que una intervención internacional sobre el Estado venezolano no implicaría la realización de un debido proceso donde el acusado pueda, no sólo defender sus posiciones, sino proporcionar evidencias de las intervenciones informales que han venido haciendo otros países en su contra y las agresiones económicas, diplomáticas y hasta bélicas de las cuales el pueblo venezolano sólo ha fungido de víctima.

De modo que, el juego en Venezuela sigue trancado, la situación social se deteriora de manera acelerada y las pósibilidades de participación popular para ejercer autodeterminación se encuentran diferidas. La intervención internacional formal deja de ser una posibilidad válida, no porque no se justifique, sino porque las injusticias mundiales así lo determinan. Concluyo diciendo: "Tú lo que quieres es que me coma el tigre."



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Felipe Pachano Azuaje

Profesor de la Universidad de los Andes

 pachano@gmail.com

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