Dirigente sindical: aumento de salario no debe implicar aumento en los productos

A la derecha el dirigente Francisco García

A la derecha el dirigente Francisco García

9 de enero de 2017.- El aumento de salario mínimo mensual anunciado este domingo 08/01/2017 por el presidente Nicolás Maduro, no debe generar impacto en los precios de los productos.

Así lo indicó el dirigente obrero de la Central Socialista de Trabajadores de la Ciudad el Campo y la Pesca del estado Falcón (CBST-Falcón), Francisco García, quien agregó que el argumento de que este incremento aumenta los costos es absolutamente falso, ya que la medida es tomada para reponer la caída del poder adquisitivo afectada por la feroz especulación que ha marcado los precios en los meses previos.

En cuanto a que el aumento genera inflación, el dirigente obrero indicó que desde el punto de vista estrictamente contable, los aumentos de sueldos generan en lo inmediato incrementos de costos, pero no necesariamente de precios.

En cuanto al aumento, García agregó que el salario mínimo de las y los trabajadores, aumenta un 50%, que se extenderá para los militares y todas las tablas de la administración pública a partir del 1ro de Enero de 2017.

García aclaró que el salario mínimo aumentó de Bs. 27.091,00 a Bs. 40.638,15. El bono de alimentación o cestaticket no tuvo ningún incremento, sigue en Bs. 63.720. lo que fija el ingreso mínimo mensual asciende a Bs. 104.358,15.

Este aumento también es extensible para las pensiones que quedaran en Bs. 40.638,15.

El dirigente obrero agregó que el aumento de salario mínimo aplica para todos los trabajadores, del sector público y privado, que ganen salario mínimo. Los trabajadores que no ganan salario mínimo deberán regirse por la política de aumento de su empresa o por las convenciones colectivas que los protegen.

Señaló que desde el año 2013 el presidente de la República, Nicolás Maduro, ha decretado 15 aumentos de salario mínimo.

Para finalizar el vocero sindical recordó que está en plena vigencia el decreto de inamovilidad laboral 2016-2018 Nro. 2.158 publicado en la Gaceta Extraordinaria Nro. 6.207 del 28 de diciembre del 2015. Firmado por el presidente de la república. El cual protege a todos los trabajadores en caso de que se pretenda atentar contra su estabilidad laboral.


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