En pandemia/media jornada de trabajo

En estos tiempo cuando nuestra economía, sufre un gran revés a consecuencia de la epidemia mundial, coronavirus 2019, y por la medidas ilegales, económicas aplicada por el energúmeno Presidente de los EE.UU., es menester y necesario salvar la actividad productiva y el empleo laboral a un mismo ritmo, por ello hay que reactivar el aparato productivo pero incrementando el empleo estable para estabilizar el país, pero esto se logra dándole un impulso a la clase trabajadora, que es lo mismo proteger a la familia trabajadora.

Es evidente que el tratamiento perverso, unilateral e ilegal de los EE.UU. a Venezuela, nos ha hecho mucho daños al aplicarnos medidas coercitiva de todo tipo, tratando de aislarnos del mundo de la comercialización internacional, impedimento de compra de productos, alimentos, medicina y negación a créditos por organizaciones financieras, obligan, al gobierno nacional a repensar las actividades interna, para alcanzar, tranquilidad en la población y uno de esos alcance, es aumentar de manera efectiva el empleo seguro, para la clase trabajadora, (pero no empleo informal), porque de lo contrario en la población crecerá la pobreza ordinaria y la pobreza extrema, al no poder comprar sus alimentos y estar en ocio por el desempleo, y crecerá la delincuencia.

Para ello propongo: 1.- Que por medio del decreto de emergencia económica que está vigente en el país, el ejecutivo implemente a partir del 30/4/2020, un nuevo horario de trabajo transitorio en el horario normal diurno, mixto y nocturno de lunes a sábado con un máximo de 4 horas diarias, desde las 7am hasta las 11 am, con un (1) solo día de descanso, hasta el 31 de diciembre de 2020, prorrogable por un año, en los turnos de trabajo rotativos y especiales se aplicaran conforme a su actividad, la cantidad de 4 y 6 horas trabajadas respectivamente, no habrá excepción, para ninguna empresa, bien sea pública o privada, este nuevo horario será aplicado tomando como base la emergencia económica y el principio de la Intangibilidad y progresividad de los derechos, como lo indica en su texto la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la ley sustantiva laboral.

2.- Todas las empresas que estén registradas en el sistema nacional de empresas, deben iniciar operaciones con carácter de obligatoriedad, no habrá excusa ni excepción, quienes no lo hagan deberán explicar de manera detallada su impedimento por escrito, pero asumirán de nuevo la carga laboral desde la fecha del inicio indicado pagando la nomina laboral de los trabajadores que tenían para la fecha de su cierre.

3.- Las Empresas que no salgan a operar en la fecha indicada, quedaran sujeta a la inspectoria del trabajo competente, quien llamara a los trabajadores que forman o formaron parte de la ultima nomina para que tomen las instalaciones y procedan a los preparativos pertinente de su arranque.

4.- La Gerencia y Supervisión internas de estas empresas que no salieron a operar serán ejercida por los mismos trabajadores de esas empresas, por los meritos alcanzado y designación en plena asamblea, en ningún caso se aceptara en la dirección y supervisión quien no aparezca en la nomina de trabajo.

5.-El ejecutivo garantizara el pago semanal de los trabajadores y trabajadoras que estén operando en las empresas que arrancaron o estén por arrancar sin el visto bueno de sus propietarios.

6.- Los trabajadores seguirán devengando su salario completo semanal a la fecha.

7.- Las empresas no realizaran descuentos alguno de IVSS, INCES y de otros.

8.- Los patronos cancelaran a la cuenta de nomina de cada trabajador o trabajadora de manera semanal, el monto de Bs 2.500.000,00 por cada día laborado por el concepto de comida, que será cancelado todo los día jueves de cada semana, mediante recibo, que indique el concepto cancelado de alimentación, este monto será aumentado cada mes en un 30% si no se controlan los precios de los alimentos y productos , y no se le pone un jaque a el dólar criminal e ilegal, y modificado cada vez que el patrono privado o público, aumente el valor de sus productos terminados al mercado, de manera inmediata a sus proveedores públicos o privados en un porcentaje estimado en un 40 %.

9.- Los patronos cancelaran a los trabajadores que estén enfermos, el monto indicado por concepto de comida, a partir del cuarto día de reposo, que estén bajo, tratamiento médico en el IVSS, queda entendido que el médico que ordene el tratamiento y reposo será el responsable del diagnostico sugerido de la enfermedad, pudiendo ser llamado a la inspectoria del trabajo para que explique su decisión del reposo, ante una comisión técnica o ante el inspector del trabajo, cuando el patrono tenga alguna duda, queda entendido que los trabajadores con reposo de más de cuatro días ordenado por el IVSS, se le reconocerá tambien el pago del monto de la comida de los tres primeros días de reposos.

10.- Los patronos no cancelaran el salario diario y el monto de comida a los trabajadores que falten injustificadamente, pero los que justifican la falta, entre un 1 día hasta el 3er días, sólo se le reconocerá el pago del salario por la justificación de la ausencia.

11.- El ejecutivo deberá acordar con los empresarios un incentivo que lo motive a la apertura.

12.- Suspender el trabajo de horas extras durante este lapso especial.

13.- Las empresas podrán contratar el servicio laboral de otros trabajadores fuera de su nomina normal, solo por horas, hasta un máximo de 4 horas diarias de cualquier trabajador sea dependiente o no dependiente, se prohíbe contratar empresas de servicios.

14.- El trabajador que este registrado en el seguro social por una empresa, podrá laborar en otra empresa diferente, sin seguro social en horario diferente, bajo un contrato de servicio por hora hasta un máximo de 4 horas diarias.

15.- El patrono deberá suministrar obligatoriamente el servicio de transporte para trasladar la ida y vuelta al trabajador que tenga bajo su responsabilidad laboral en cualquier horario.

16.-Se garantiza la inamovilidad laboral, pero el patrono podrá, únicamente terminar la relación laboral, mediante una oferta de pago de cuatro (4) veces más de lo que le corresponde por sus prestaciones sociales y demás beneficios y derecho sociales, esta oferta de dinero el patrono la depositara en un tribunal laboral, para su correspondiente retiro si el trabajador se niega a recibir el monto, quedando con ello cumplido la exigencia, pudiendo demandar cualquier diferencia dejada de pagar.

17.- Suspender o dejar sin efecto alguno, el o los beneficios alcanzado de manera individual por cada directivo sindical o por la junta directiva sindical, relacionado con los permisos sindicales a tiempo completo y de los permisos sindicales por tiempo de día o por horas, ya que todos los trabajadores deben ir a sus puestos de trabajo en condiciones iguales.

18.- A los adultos mayores, pagarle la pensión de vejez, al monto de un (1) PETRO, mensual, más el pago mensual de la cesta ticket de alimentación.

19.- Cualquier otro asunto laboral en la relación laboral se regirá por la ley sustantiva correspondiente y por los principios Constitucionales y se mantendrán en vigencia los beneficios alcanzado por las convenciones colectivas.

20.- Se suspenden las discusiones de las convenciones colectivas durante este lapso especial. En estos tiempos de pandemia y de crisis económica, hay que ser creativo y audaz, por ello pongo esta propuesta para que se reactive el aparato productivo con la apertura de las empresas que están activas y de aquellas empresas que cerraron legal o ilegalmente , porque vienen tiempo duros y difíciles, para alcanzar mayor productividad y producción y a la vez alcanzar que se incremente el empleo fijo que es la salvación del equilibrio social, garantizando a los trabajadores nuevos empleos directos en perfecta armonía y podamos superar con crece esta situación junto a la familia venezolana que la espera, y darle las gracias al presidente NICO, y a la revolución Bolivariana, que no fue pensada esta, para hacer millonarios a los ricos, Chávez la pensó y la puso en realidad para sacar de la pobreza a los pobres.

# Quédate en tu casa ", No salga, sin el tapaboca obligatorio, úsalo ok. Es todo.

 

guirealfredobrito@gmail.com



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