Decreto sobre la nueva Fachada Atlántica de Venezuela frente al Esequibo, deja sin salida al Atlántico a Guyana

Venezuela reitera sus derechos de soberanía en el Esequibo

Venezuela reitera sus derechos de soberanía en el Esequibo

Credito: Archivo

03-05-15.-De acuerdo al Decreto 1.787 de fecha 26MAY2015, promulgado el presidente Nicolás Maduro Moros en Consejo de Ministros y publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria 40.669 de fecha 27MAY2015, mediante el cual se crea y activan las Zonas de Defensa de Integral Marítimas e Insulares (ZODIMAIN); ahora lo que se conoce como la "Fachada Atlántica de Venezuela" pasa a ser definida por la ZODIMAIN Atlántica, dejando ahora a la República Cooperativa de Guyana sin salida al Atlántico.

Asimismo se observa, de acuerdo con la última información emanada por las propias autoridades de la República Cooperativa de Guyana (del 18MAR2015), que el Buque DEEPWATER CHAMPION, se encontraría realizando exploración y perforación, en nuestra Zona de Defensa Integral Marítima e Insular Atlántica.

Finalmente, el Gobierno de la República de Venezuela respondió a los múltiples abusos cometidos por la República Cooperativa de Guyana, con la promulgación y puesta en vigencia del Decreto 1.787 de fecha 26MAY2015, en donde ahora los guyaneses, que han venido pretendiendo bloquear la salida por el Atlántico a Venezuela; ahora, son ellos quienes se verán sometidos bajo la ZODIMAIN Atlántica y sin salida directa al Atlántico, tomando en cuenta el Laudo Arbitral entre Guyana y Suriname del 17SEP2007 (donde Suriname le cerraría la salida al Atlántico por el Este a Guyana).

Corresponderá en lo adelante al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, la ejecución y garantías de este Decreto presidencial, en cuanto a la nueva Fachada Atlántica asumida por parte de Venezuela.

(Véase: mapa anexo).

La Organización Nacional de Salvamento y Seguridad Marítima de los espacios Acuáticos de Venezuela (ONSA) INVITA a todos los sectores activos que componen la Marina Nacional, a continuar navegando libremente por los espacios marítimos correspondientes a la Circunscripción acuática de Ciudad Guayana y en especial en toda su extensión hacia el Atlántico (ZODIMAIN), como parte de los actos de soberanía que por derecho nos corresponden como venezolanos dentro de las áreas jurisdiccionales de la República Bolivariana de Venezuela.

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La fuente original de este documento es:
YVKE Mundial (http://www.radiomundial.com.ve/yvke/)



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