Regular el “teletrabajo”

En estos tiempos de pandemia se ha promocionado hasta la saciedad el "teletrabajo", como una opción para seguir aportando a la productividad de las empresas. Hay pocos datos disponibles para compartir un análisis exhaustivo, pero observamos en nuestro país a miles de maestros bajo esta modalidad.

Hablar de trabajo a distancia o remoto es más oportuno, por ahora; para dar cuenta de esta característica (temporal o permanente) de la relación laboral, donde las actividades para la cual fue contratado el trabajador, se realizan fuera de las instalaciones del patrono, en este caso su lugar de residencia.

El "teletrabajo", es una opción que se presenta como moderna, de vanguardia, un paso más en la evolución laboral, además ajustadas a las nuevas tecnologías de la información y comunicación. El mercadeo y la propaganda es extraordinaria y con un fin: la legitimación del trabajo a distancia como una opción conveniente para los trabajadores y que lo asumamos de manera acrítica y voluntaria.

En necesario que promovamos un debate sobre esta modalidad, puesto que tal como la conocemos, es un mecanismo de flexibilización de los derechos laborales, que ahora revestida de prestigio laboral.

El trabajo a distancia es nocivo para los trabajadores, en las siguientes situaciones: 1. se asume como un mecanismo de externalización de costos, 2. se impide el disfrute del tiempo de descanso (horarios flexibles), 3. la intimidad y la privacidad del trabajador es vulnerada por el patrono, 4. hay diferencias salariales con respecto a quien acude a la empresa, y 5. no se garantizan condiciones seguras y saludables para realizar la actividad laboral en la casa.

El trabajo a distancia exige que nuestros sindicatos promuevan las regulaciones necesarias, mediante convenciones colectivas o ajustes a las legislaciones nacionales y globales (OIT), con la participación activa de los trabajadores que viven estas nuevas realidades.

En Argentina y España se está debatiendo sendos proyectos para abordar el trabajo a distancia. En nuestro país tenemos una realidad particular en el campo legislativo, así que la ANC y el Ministerio para el Proceso Social del Trabajo deben establecer las regulaciones necesarias para proteger a los trabajadores en esta situación.



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Jesús Alberto Rondón

Sociólogo. Se desempeña como Facilitador en el Inpsasel, ha sido electo Delegado de Prevención (2011-2013 y 2013-2015) y es Vice-Presidente del Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Trabajadores y Trabajadoras del Inpsasel (2.011).

 jesusalbertorondon@gmail.com      @JesusRondonVen

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