Promar "Un error involuntario"

(VIDEO) Conatel inició procedimiento administrativo sancionatorio contra Promar TV

Conatel inició procedimiento administrativo sancionatorio.

Conatel inició procedimiento administrativo sancionatorio.

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, en fecha 08 de octubre, notificó sobre el inicio de un procedimiento administrativo sancionatorio al prestador de servicio PROMAR TV, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 numeral 1, literal h de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.

El prestador de servicio de televisión abierta PROMAR TV, presuntamente transmitió mensajes omitiendo obligaciones objetivas que resultan como ilícitos administrativos previstos en el articulado anteriormente citado.

En el procedimiento se le garantiza el derecho a la defensa y al debido proceso, para ello se establece 10 días hábiles para que consigne sus alegatos, además cuenta con 5 días para oponerse a las medidas cautelares del procedimiento.

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones reitera su total apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos y a todo el ordenamiento jurídico nacional vigente.

Gobernación de Lara emitió un comunicado

Ante esto, la gobernación de Lara rechazó de forma contundente la acción ilegal cometida por la televisora regional Promar TV. tras desconocer al presidente Nicolás Maduro, el pasado viernes.

 A través de un comunicado, afirman que "desde el gobierno de Lara ratificamos la protección a nuestro presidente Nicolás Maduro ante cualquier acto que atente a su desconocimiento como Jefe de Estado venezolano".

Promar indicó que fue "un error Involuntario"

La televisora Promar TV identificaba al primer mandatario nacional como "presidente interino de Venezuela".

En un video publicado en la red social Twitter la televisora manifestó que lo sucedido fue un "error involuntario".



Con información de Prensa CONATEL / Venezuela News.
 



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