La masacre en Manaos: Estado de Derecho, privatización y ley de drogas

Quien ya visito una cárcel no se olvida jamás. Es una experiencia traumática. Para los abogados que conviven diariamente con el tratamiento deshumano que la masa carcelaria recibe, no fue sorpresa cuando, en 2012, el entonces ministro de Justicia José Eduardo Cardoso dijo que prefería morir que ir preso. Y eso que los políticos presos no quedan en lugares como la cárcel de Manaos. Los crímenes de cuello blanco están en otra esfera.

Pero la masacre en el Complejo Penitenciario Anísio Jobim no fue el primero ni será el último en una cárcel brasileña. En 2010 una rebelión en Pedrinhas, en Maranhão, dejó 18 muertos. En 2004 fueron 30 muertos en la rebelión de la Casa de Custodia de Benfica, en Rio de Janeiro. Dos años antes fue la vez de la cárcel Urso Branco, en Rondonia, ver la muerte de 27 detenidos. Esto para no hablar de la carnicería en Carandiru, en 1992, cuando 111 presos fueron asesinados por agentes del Estado. En todos estos casos, hubo una conmoción nacional momentánea y todo continuó como estaba, preservándose un sistema penitenciario que es el hábitat perfecto para la barbarie. El "Estado de Derecho", tan reivindicado frente a los desmanes de la operación Lava-Jato, no existe hace mucho tiempo en las cárceles. Y pocos se levantan contra este estado de cosas inconstitucional. El STF (Superior Tribunal Federal) es connivente con esta tragedia.

En 2015, el PSOL ingresó con la primera gran acción judicial de intervención estructural sobre el sistema penitenciario brasileño [1]. El STF acabó por reconocer el "estado de cosas inconstitucional" en el sistema penitenciario a partir de esta Argumentación de Incumplimiento de Precepto Fundamental (en portugués ADPF) presentada por el PSOL. Pedimos también la adopción de varias providencias para sanar las gravísimas lesiones a preceptos fundamentales de la Constitución, resultantes de conductas de los poderes públicos[2]. Más allá de que haya formalmente reconocido el "estado de cosas inconstitucional", el STF no acató las principales medidas solicitadas por el PSOL, que podrían ablandar la situación en las cárceles.
Cárceles privadas no son la solución

El componente nuevo de Manaos es que el hecho aconteció en una penitenciaría administrada por la iniciativa privada. La empresa Umanizzare – Gestión Penitenciaria Privada controla el COMPAJ desde 2014, con el objetivo de "humanizar" el tratamiento a los detenidos, vean!

En 2015, el grupo recibió R$ 199,9 millones del gobierno de Amazonas. Al año siguiente, el valor saltó para R$ 326,3 millones. Todo esto mientras administraba una cárcel con 454 vacantes y 1.224 detenidos, con una media de 170% por cima de su capacidad. Sin ningún control del Estado, las condiciones para la masacre se desarrollaban sin el balizamiento de cualquier política pública. No sorprende que también la corrupción y los esquemas de donaciones electorales compongan el escenario[3].

La falacia de la privatización de las cárceles intenta imponerse en Brasil, transformando el cumplimiento de penas de miles de jóvenes, negros y pobres en algo lucrativo para un puñado de hombres blancos y de corbata.

La solución para el sistema penitenciario brasileño no está en la entrega a la iniciativa privada, preocupada sólo en lucrar con la gestión de vidas encarceladas. La salida pasa por inversión en la mejora de las condiciones de las cárceles, en la contratación y valorización de los agentes penitenciarios y en políticas públicas que ofrezcan a los presos condiciones dignas de trabajo, estudio y resocialización. Lamentablemente, la realidad es otra. Como bien definió el juez Sidinei José Brzuska: "En el caso de que fuésemos a comparar el sistema de salud con el sistema penitenciario, podríamos afirmar que las cárceles son hospitales donde los enfermos no son tratados o curados."

Lo que vemos es exactamente lo contrario: un sistema penitenciario con 372 mil vacantes y 622 mil detenidos y las inversiones públicas cayendo de forma alarmante. En dos años, el gobierno federal redujo en 85% los repases a los estados para la construcción de nuevas cárceles. El Fondo Penitenciario Nacional, que financia la construcción de nuevas unidades, menguó de R$ 111,5 millones en 2014 para R$ 12,6 millones en 2015. El año pasado, las inversiones fue de sólo R$ 17 millones.

El proceso penal también necesita evolucionar y el Poder Judicial tiene buena parte de responsabilidad en la superpoblación de las cárceles brasileñas. Cerca de 40% de los detenidos son presos provisorios, que ni siquiera fueron juzgados en primera instancia. Una distorsión que cambia para siempre la vida de miles de personas, empujadas para los brazos de los bandos criminales en verdaderas mazmorras medievales.

La política de drogas necessita cambiar

Pero el centro del problema es aún más profundo y complejo: el modelo de "guerra a las drogas", que en realidad es una guerra a los pobres y un instrumento de empoderamiento de bandos criminales que actúan dentro y fuera de las cárceles, cooptando jóvenes para el crimen, tornándolos soldados de una guerra perdida.

La descriminalización es el único camino para liquidar el poder de los bandos, disminuir el número de presos y tratar el problema de las drogas de forma abierta y democrática, priorizando la cuestión de la salud pública. Esta no es una conclusión de vertientes políticas de ultra-izquierda. Mientras el actual ministro de Justicia juega de mago al decir que va a "extirpar la marihuana del continente" [4], el economista liberal Milton Friedman es uno de los que se sumó a la defensa de la descriminalización:

"Las drogas son una tragedia para los adictos. Pero criminalizar el uso convierte esta tragedia en un desastre para la sociedad, para los usuarios y no usuarios. Nuestra experiencia con la prohibición de las drogas es una repetición de nuestra experiencia con la prohibición de bebidas alcohólicas (…) Si las drogas hubiesen sido descriminalizadas hace 17 años, el "crack" nunca habría sido inventado (fue inventado porque el alto precio de las drogas ilegales tornó rentable ofrecer una versión más barata) y hoy habría mucho menos adictos. Las vidas de miles, tal vez centenas de miles de víctimas inocentes tendrían sido salvadas, y no solo en los EEUU. Los guetos de nuestras grandes ciudades no serían una tierra de nadie infectados de drogas y crimen. Menos personas estarían en prisiones y menos prisiones habrían sido construidas".

Lamentablemente, como recuerda Brenno Tardeli, "no se debe personalizar el presente triste y el futuro desmotivador en Alexandre de Moraes y en su jefe, Michel Temer. Guerra a las drogas es algo antiguo en el país y los gobiernos del PT, del PSDB, pasando por los generales, siempre capitalizaron en ella y en el tentador punitivismo. Dilma, en su último día en el cargo, negó el indulto para mujeres acusadas de pequeños tráficos y, en el primer mandato, distanció al responsable de la Secretaría Nacional de Política de Drogas por ser favorable a la legalización. Lula apenas pasó para el discurso de los derechos humanos en el campo procesal sintió el hálito de la inquisición en su rastro y Fernando Henrique, hoy estrellando el documental Quebrando Tabu, hizo exactamente nada para romper el tabu mientras estuvo en el Palacio del Planalto."

La ley antidrogas, sancionada por Lula (nº 11.343/06) avanzó en algunos puntos, pero terminó promoviendo la discriminación al no proveer criterios objetivos para diferenciar el traficante del usuario, así como para caracterizar la asociación para el tráfico[5]. Es una norma penal abierta, es decir, hay una diferenciación nebulosa entre usuarios y traficantes. Su texto genera una política criminal sin ninguna correspondencia entre los resultados deseados y los resultados obtenidos, pues fracasa en la promesa de reducir los índices de criminalidad derivados del tráfico.

Para el usuario no hay pena de prisión, pero la cuestión es quién tendrá el privilegio de ser tratado como usuario de drogas. Para determinar si la droga se destina al consumo personal "el juez atenderá a la naturaleza y a la cantidad de sustancia secuestrada, al lugar y a las condiciones en que se desenvolvió la acción, las circunstancias sociales y personales, así como a la conducta y a los antecedentes del agente" (artículo 28 párrafo 1º).

Aquí, evidentemente, no hay un criterio objetivo. Si la persona flagrada en posesión de droga tiene una "apariencia" de traficante, podrá ser indiciada por la Policía o denunciada por el Ministerio Público como traficante. Es decir, si estar en una favela, o si es visiblemente pobre y/o negro, mismo que esté con una cantidad pequeña de droga, podrá responder por tráfico. Mientras tanto, si su apariencia es de un joven de clase media, lo más probable – mismo que la cantidad de droga no sea tan pequeña – es que sea considerado un usuario. La mera lectura del párrafo 2º del artículo 28 es suficiente para evidenciar que esta discriminación está autorizada por la propia ley.

Fue el propio ministro del STF Luis Roberto Barroso quien afirmó que, al analizar los procesos que llegan al Supremo sobre tráfico de drogas, constató que "buena parte de las personas presas son pobres que fueron encuadrados como traficantes por portar cantidades no significantes de marihuana. Y mi constatación peor es que jóvenes, negro y pobres entran en las cárceles por poseer cantidades no tan significativas de marihuana y salen de cárceles graduados en el crimen", afirmó el ministro.

El problema no se restringe a la diferenciación entre usuario o traficante, pero también al individuo que será considerado en asociación con el tráfico o no. El artículo 35, que caracteriza la asociación para el tráfico, determina la pena de reclusión de 3 a 10 años, que se suma a la pena del artículo 33, que caracteriza el tráfico. Así, si el individuo es considerado miembro de una asociación para el tráfico, su pena será aumentada significativamente. Tal caracterización tampoco es objetiva. Es innegable que la ley terminó por facilitar una selección de clase en el encierre.

Mientras el sistema encarcela en masa a jóvenes negros y pobres, el juez de Vara de Ejecuciones Penales de Manaos, Luis Carlos Valois Coelho, es irresponsablemente acusado[6], por el simple hecho de hacer su trabajo con seriedad, intentando garantizar de hecho la existencia del Estado de derecho en Brasil para todos, no solo para políticos y dueños de megaconstructoras acusados de corrupción. La irresponsabilidad puede costar la vida de Valois. No podemos callarnos.

[1] http://jota.info/artigos/decide-mas-nao-muda-stf-e-o-estado-de-coisas-inconstitucional-09092015

[2] En resumen, los pedidos del PSOL fueron: a) Determine a todos los jueces y tribunales que, en cada caso de decreto o manutención de prisión provisoria, motiven expresamente las razones que imposibilitan la aplicación de las medidas cautelares alternativas a la privación de la libertad, previstas en el artículo 319 del Código de Proceso Penal. b) Reconozca la aplicabilidad inmediata de los artículos 9.3 del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos y 7.5 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, determinando a todos los jueces y tribunales que pasen a realizar audiencias de custodia, en el plazo máximo de 90 días, de modo a viabilizar la asistencia del preso ante la autoridad judicial en el plazo máximo de 24 horas contadas del momento de la prisión. c) Determine a los jueces y tribunales brasileños que pasen a considerar con fundamentos razonables el dramático cuadro fático del sistema penitenciario brasileño en el momento de concesión de cautelares penales, en la aplicación de la pena y durante el proceso de ejecución penal. d) Reconozca que como la pena es sistemáticamente cumplida en condiciones mucho más severas de lo que las admitidas por el orden judicial, la preservación, en la medida de lo posible, de la proporcionalidad y humanidad de sanción impone que los jueces brasileños apliquen, siempre que sea viable, penas alternativas a la prisión. e) Afirme que el juicio de la ejecución penal tiene el poder-deber de ablandar los requisitos temporales para la fruición de beneficios y derechos del preso, como la progresión del régimen, el libramiento condicional y la suspensión condicional de la pena, cuando se evidencie que las condiciones del efectivo cumplimiento de la pena son significativamente más severas que las previstas en el orden judicial e impuestas por la sentencia condenatoria, de forma a preservar, en la medida de lo posible, la proporcionalidad y humanidad de sanción. f) Reconozca que el juicio de la ejecución penal tiene el poder-deber de disminuir tiempo de prisión de la pena a ser cumplida, cuando se evidencie que las condiciones del efectivo cumplimiento de la pena fueron significativamente más severas que las previstas en el orden judicial e impuestas por la sentencia condenatoria, de forma a preservar, en la medida de lo posible, la proporcionalidad y humanidad de la sanción. g) Determine al Consejo Nacional de Justicia que coordine una o más revisiones carcelarias, para viabilizar la pronta revisión de todos los procesos de ejecución penal en curso en el país que envuelvan la aplicación de pena privativa de libertad, visando adecuarlos a las medidas "e" y "f". h) Imponga el inmediato descontingenciamiento del presupuesto existente en el Fondo Penitenciario Nacional – FUNPEN, e vede a la Unión Federal la realización de nuevos contingenciamientos, hasta que se reconozca la superación del estado de cosas inconstitucional del sistema prisional brasileño.

[3] http://www.amapergs-sindicato.org.br/portal/?p=3475

[4] http://blogs.oglobo.globo.com/lauro-jardim/post/alexandre-de-moraes-quer-erradicar-maconha-no-continente.html

[5] Ya traté de este tema em este artículo de 2014: https://lucianagenro.com.br/2014/03/guerra-as-drogas/

[6] http://politica.estadao.com.br/blogs/fausto-macedo/juiz-chamado-por-presos-para-negociar-e-supeito-de-ligacao-com-faccao/



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Luciana Genro

Presidenta de la Fundación Lauro Campos, abogada y política brasileña. Desempeñó los cargos de Diputada Federal (2003-2011) y Diputada Estadual (1995-2002) por el estado de Río Grande do Sul. Candidata a la Presidencia de Brasil por el Partido Socialismo y Libertad (PSOL) en las últimas elecciones.


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