01-04-20.-El Banco Central de Venezuela (BCV) emitió una resolución donde decidió una reducción de 7 puntos porcentuales del encaje legal bancario, de manera que ahora los bancos deberán depositar en el emisor 93% del saldo semanal de sus captaciones en moneda nacional, al tiempo que establece un encaje de 31% para las captaciones en moneda extranjera.
Cabe recordar que un encaje ordinario es la porción de los depósitos que las entidades financieras no pueden prestar y deben congelar a manera de reservas en el Banco Central de Venezuela.
La reducción se explica, porque la norma anterior establecía un régimen dual de encaje legal: 57% para los depósitos vigentes hasta el 11 de febrero de 2019 y de 100% para todas las captaciones a partir de esa fecha. Ahora se unifica el porcentaje y se reduce en 7 puntos porcentuales sobre el denominado saldo marginal, que ya desaparece.
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