¿Cómo aplicar el IVA al pago con criptomonedas? Entrevista al abogado Ernesto Portillo

Desde que la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela (ANC) incluyó el uso de las criptomonedas así como de divisas en el pago de impuestos, han surgido diversas interrogantes.

17 de febrero de 2020.-

Estas dudas se refieren a las cuotas asignadas que, según el decreto, se establecieron entre un 5% y un 25% del nuevo Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Morocotacoin conversó con el abogado venezolano Ernesto Portillo, integrante y fundador de la organización especializada en el área jurídica de las criptomonedasCriptojuris Venezuela, para conocer un poco más acerca de los aspectos que rodean esta nueva disposición de la ANC.

¿Cómo se establecerá la alícuota del aumento del IVA según el nuevo decreto de la ANC?

Conforme al artículo 27 de la reforma que establece el IVA (Gaceta Oficial. N° 6.507, 29 de enero de 2020), se debe aplicar una alícuota impositiva general entre ocho por ciento (8%) y un máximo de dieciséis y medio por ciento (16,5%). Esto a partir de la base imponible de los actos jurídicos que generan el tributo, que puede ser de una venta de un bien o la prestación de un servicio.

En cuanto a los criptoactivos y criptomonedas, ese artículo establece una alícuota adicional de entre un límite mínimo de cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%), para los bienes y prestaciones de servicios pagados en moneda extranjera, criptomoneda o criptoactivo distintos al petro.

El artículo 62 de la Ley del IVA señala que cuando ocurra la venta de bienes muebles o inmuebles, así como la prestación de servicios, pagados en divisas o criptomonedas o criptoactivos distintos al petro, se debe presentar la prueba del pago en moneda de curso legal o en petro, y el comprobante de pago del tributo por haber pagado en divisas u otra criptomoneda o criptoactivo distinta al petro.

Si el bien transado está exonerado del pago de la alícuota impositiva general, entre ocho por ciento (8%) y un máximo de dieciséis y medio por ciento (16,5%), sólo se aplicará la alícuota impositiva adicional, es decir entre cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%). Ésto siempre y cuando se pague en divisas o criptomonedas distintas al petro.

Se exceptúa de la aplicación de la alícuota impositiva las operaciones realizadas por la República, los órganos del Poder Público Nacional, el Banco Central de Venezuela, los entes de la Administración Pública Nacional con o sin fines empresariales.

También están exonerados los agentes diplomáticos y consulares acreditados en el país sobre la base de reciprocidad, así como los organismos internacionales de los que la República forma parte.

¿Qué organismo o institución establecerá esta normativa y en qué tiempo?

Corresponde a Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, conforme a lo señalado al artículo 69 de dicha norma.

La aplicación de la alícuota adicional del cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%) a los bienes y prestaciones de servicios pagados en moneda extranjera o en criptomonedas o criptoactivo, distintos al petro, tendrá un plazo para iniciar su instrumentación.

Ésta entrará en vigencia luego de los treinta (30) días continuos a la fecha de publicación en la Gaceta Oficial. El plazo se cumple el 28 de febrero de este año 2020.

Las otras disposiciones de la referida Ley, entrará en vigencia a los sesenta 60 días continuos siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial.

¿Estas disposiciones tributarias afectarán la adopción de las criptomonedas en el país?

Desde mi punto de vista, lo que está haciendo nuestro país no es más que seguir una tendencia mundial. Está formulando una normativa clara sobre el manejo de los criptoactivos, al mismo tiempo que privilegia el uso del petro.

Es necesario que los Estados tengan su propio instrumento de pago como un criptoactivo protegido,como es en Venezuela con el petro.

En el recién terminado Foro Económico Mundial de enero del 2020, uno de los lineamientos propuestos, fue establecer las directrices para que cada banco central de los distintos países creen sus propias monedas digitales.

En este foro participaron 77 delegaciones y 53 mandatarios. Es normal que los países adopten medidas para proteger su economía.

Nuestro país está a la vanguardia del uso de las criptomonedas de forma masiva y sus normativas. Aunque falta mucho por hacer y hay obstáculos que hay que ir venciendo.

Ver entrevista completa en: https://www.morocotacoin.com/2020/02/como-aplicar-el-iva-al-pago-con-criptomonedas-entrevista-al-abogado-ernesto-portillo/



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