A través de un comunicado, la institución dictó el conjunto de normas que regulan las modalidades para la determinación, fijación y marcaje de precios en todo el territorio nacional, fijadas en la mencionada providencia de fecha 27 de octubre de 2015.
Asimismo, plasmó los delitos en los que incurriría el comerciante en caso de no acatar las normas publicadas en Gaceta Oficial.
Entre ellos figuran la especulación, acaparamiento, boicot y desestabilización de la economía, “que acarrean sanciones penales”.
“El marcaje del Precio Máximo de Venta al Público y del Precio Justo es obligatorio para todos los sujetos de aplicación, respecto de todos los productos, bienes y servicios comercializados en el territorio nacional, de acuerdo a las condiciones expresadas en la presente providencia administrativa para dichas categorías de precios”, reza el documento oficial del ente.
La Sundde aseveró que los responsables de que estas reglas se cumplan son los socios, presidentes, directores, gerentes, supervisores, trabajadores, responsables o encargados de cualquier negocio venezolano.
#COMUNICADO | La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), emite la siguiente advertencia a los sujetos de aplicación, personas naturales y jurídicas sobre el incumplimiento de la providencia administrativa N° 070/ 2015. #10Abr pic.twitter.com/vybzKxagKk
— Sundde (@sundde_ve) 10 de abril de 2018