Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración

El gremio de Licenciados en Administración no finaliza de hacer presencia en la sociedad civil venezolana. La Federación de Colegios de Licenciados en Administración (FECLAVE) se desvanece, mientras otros gremios todavía en la crisis actual venezolana mantienen un liderazgo, a pesar del intento gubernamental de desconocer el gremialismo profesional y su ejercicio liberal con apego a las cotizaciones avaladas por las diferentes federaciones profesionales.

La ley que ampara al Licenciado en Administración fue sancionada según GO No. 3.004, de fecha 26-08-1982; y si bien su artículo 52 disponía que en el lapso de seis meses se debía implantar el respectivo reglamento, a la fecha el mismo es inexistente. Perdida la FECLAVE en su misión institucional sólo trabaja al parecer por mantener el trabajo liberal del comisario, el informe de éste y su persistencia sin fundamento que los colegas deben firmar el informe del balance de constitución de las empresas; cuando esto es potestativo del contador público colegiado conforme a la ley y el reglamento que lo rige, mas si se considera el respaldo que les ha dado la Resolución 019 emanada del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz.

La orientación hacia el sector público de los servicios profesionales del Licenciado en Administración es más que evidente en su cuerpo legal, es el caso que que en el artículo 8, 12 se direccionan al ámbito de la administración pública. Este artículo en una necesaria reforma debe señalar como principio que el servicio profesional administrativo referente a la contabilidad administrativa o de gestión es potestad única y exclusivamente del Licenciado en Administración, al igual que su auditoría; y ampliando este servicio al sector privado. Se debe igualmente retrabajar en este artículo 8 el aspecto atinente a que el profesional de la administración es según ley quien debe procesar y coordinar el aspecto administrativo en todas las áreas de cualquier proyecto y no sólo a la ejecución de proyectos administrativos.

En sí, reposicionar al Licenciado en Administración en la sociedad civil impone rediseñar su marco jurídico en el actual contexto globalizador en proceso continuo; ello también impone la reforma del vetusto Código de Comercio en sus artículos referentes al administrador y el factor mercantil; y hasta dirimir ante los CPC y los economistas en materias como el control de gestión, pues se evidencia que el denominado Informe de Gestión ha devenido en una mera transcripción del Informe de Auditoría del CPC. Por desgracia la FECLAVE prosigue en el letargo y el burocratismo gremial; sin dejar de mencionar la apatía e indiferencia de nosotros los agremiados.



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