La minas del terror

Nuevamente sindicatos del oro, habrían cometido una nueva masacre en una mina al sur de Bolívar, el hecho ocurrió en horas de la mañana del viernes 22 de noviembre del año en curso, mientras los trabajadores estaban dentro de la mina que se encuentra en la zona pemón de Ikabarú.

Al menos ocho fallecidos habría dejado una presunta masacre cometida por sujetos armados pertenecientes a una banda conocida como el "Sindicato del Ciego", que busca el control de las minas al sur del estado Bolívar, en la población pemón de Ikabarú (Municipio Gran Sabana).

Familiares de mineros de la zona, que abarca el suroeste de la Gran Sabana, aseguraron que el acceso hacia Ikabarú está prohibido y pocos mineros pudieron salir del lugar tras huir debido a la toma de la zona por parte del llamado "Sindicato del Ciego, ahora mi pregunta es ¿si el acceso está prohibido, como lograron ingresar a esta mina las personas que allí se encontraban? ¿Quién es el responsable de permitir este acceso? ¿Quién es el encargado y responsable porque se cumplan las disposiciones del ejecutivo nacional con respecto al supuesto cierre de esta mina?

Otras minas del estado Bolívar han resaltado por la crueldad del crimen, la recurrencia de las masacres, las disputas territoriales y la medición de fuerzas de los distintos grupos armados que se encuentran disputando el control de esas tacitas de oro, estaríamos frente a la ¿ley de la selva? ¿Sobrevive el más fuerte, o sálvese quien pueda?, ahora bien ¿Quién protege a los ciudadanos indefensos que viven en esas poblaciones?

En todos nuestras estados fronterizos estos grupos armados se desplazan y se mueven a sus anchas sin temor a ser capturados por las autoridades del Estado venezolano manteniendo en continua zozobra y poniendo en peligro la vida de un sin fin de personas que habitan en esos lugares sin contar con otros delitos que estos grupos fuera de la ley cometen.

Nuestra máxima legislación venezolana reza que solo el Ejecutivo Nacional está en la facultad de organizar cuerpos uniformados de policías con el fin de mantener y reestablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, sus hogares y familias. De igual forma solo el Estado puede poseer y usar armas de guerra y la FANB será la institución competente para reglamentar y controlar de acuerdo con la ley respectiva.

La seguridad de la nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, así como garantizarle a cada persona el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependientemente de los derechos humanos y del derecho universal más importante para una persona como lo es, el derecho a la vida y si en nuestro país ninguna ley puede aplicar la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla mucho menos personas del común fuera de ley arremeter o asesinar a los que ellos les dé la gana.

Esperemos que exista una investigación profunda, por parte de la Fiscalía General de la República y del Ministerio de Interior y Justicia, sobre esta situación, y que efectivamente el oro venezolano se deposite en las bóvedas del Banco Central de Venezuela como materia esencial para sustentar nuestras reservas internacionales; y que no caiga en manos de estos criminales, y que no sea sólo el mineral de la ambición y la muerte, del crimen y la injusticias, de las mafias y del poder, de la miseria humana y la impunidad absoluta. ." Tarde que temprano el brazo largo de la ley llega".



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José Gómez Pinto


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