Partee 110

Para Superbigote. El precio y la regalía del extrapesadode la Faja y unos "gazapos" en la gaceta oficial 41.785

SUPERBIGOTE, como creo que el asunto de los Barriles de Petróleo Extrapesado que producimos, su Precio de Venta y Regalía es de suma importancia para la economía de Venezuela, te insisto en la necesidad de controlar las organizaciones que se encargan de esos 3 aspectos tanto en el MPPP como en PDVSA. Reconozco que es un Tema sensible y, por eso, ya han salido algunos funcionarios que me han dicho que la forma que estoy haciendo, mis recomendaciones, debí hacerlas de otra manera y no actuar como un amarillista (…crear asombro y escándalo). Te digo SUPERBIGOTE, que debieron, mas bien, alegrarse que sea un Chavista el que se atreve a recomendar procedimientos en particulares aspectos de la Industria Petrolera que solo tiene la intención que estas mejoren. "Dejad que los perros ladren Sancho, es señal de que estamos avanzando", Cervantes.

SUPERBIGOTE, reconozco que el MPPP tiene la guía llamada "Normas Técnicas para la Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos", pero en lo que respecta al Petróleo Extrapesado de La Faja, este Ministerio deja que sean las operadoras las que le presenten la forma o procedimientos de como van a medir los volúmenes de Extrapesado producido (ver sección 8.3. CRITERIOS PARA DETERMINAR LOS PUNTOS DE FISCALIZACIÓN, página 20 de la Norma). Como dije antes, "Zamuro cuidando Carne". Es por eso que me he atrevido a presentar todo lo que ha hecho Canadá con la producción de Bitumen que, para propósito practico, sus operaciones se parecen mucho de lo que hacemos en Venezuela con la producción del Extrapesado de La Faja. En vez de ponernos a inventar el agua tibia, podemos tomar como base para nuestra Norma para la Medición y Fiscalización de Nuestro Extrapesado, usar lo que ha hecho Canadá.

SUPERBIGOTE, hoy, voy a mostrarte los gazapos que, a mi parecer, tiene la Gaceta Oficial No 41785, contenido creado por el MPPP y publicada el 19 de diciembre de 2019, y que tienen un impacto en el entendimiento del cálculo de Regalías de todos los hidrocarburos que produce Venezuela, errores administrativos, así lo creo, y veracidad de las fórmulas empleadas, en la sección de la Gaceta dedicada al Ministerio del Poder Popular de Petróleo. Como verás, siempre, hago énfasis en el Extrapesado de La Faja, porque es el tema del que conozco un poco. Empiezo:

  1. Artículo 1

    1. Se da por sentado que la Regalía solo se cobrará en dinero, cuando en la LOH de Hidrocarburos vigente, también, se considera cobrar la Regalía en especie. Esta última, es la que recomiendo para toda la producción sujeta a Regalía en la Faja. Digo La Faja, porque solo trataré este tipo de petróleo. Te diré, SUPERBIGOTE, que la República Bolivariana de la República es propietaria directa de, al menos, el 60% de todos los mejoradores y si ésta tomara la decisión de cobrar la Regalía en especie y mejorarla a un petróleo sintético de mejor calidad, cuando se pueda, sin duda revalorizaría, significativamente, el Extrapesado. ¿Está claro?.

    2. ¿En qué términos participa la República en el coque y el azufre?, ¿Las operadoras le ceden a la República, la totalidad o parcialmente?. ¿Si se le aplica una Regalía, de cuánto? y, ¿quién los vende? Sobre esto último, soy de la idea, de que tiene que ser responsabilidad de SENCAMER para la medición del tonelaje de ambos productos y el Precio, Regalía e Impuestos por el SENIAT, en coordinación con la organización de Comercio y Suministro de PDVSA para que esta sea la que los coloque en el mercado. Hace 3 o 4 años que así lo recomendé.

  1. Artículo 2

    1. Soy de la idea que el equipo con el que se midan el volumen y la calidad de los hidrocarburos líquidos deben pertenecer y ser mantenidas por instituciones del Estado no petrolera como SENCAMER, a través de su Oficina de Metrología Nacional. ¿En qué cabeza cabe, que lo "aparatos" y personal con los que voy a medir el volumen y calidad de los hidrocarburos y que, además, les voy a calcular su Precio, Regalía e Impuestos sean propiedad del operador que va a ser controlado?. Que alguien me lo explique. Un ejemplo mundano ¿Alguien ha comprado un kilogramo de fresa en uno de los buhoneros del centro de Caracas y, vaya sorpresa, cuando llegas a tu casa y lo pesas resulta que compraste 1 kg de fresas de 850 gramos? ¿Por qué no estar recibiendo en los puntos de fiscalización un barril de petróleo de 180 litros, en vez de los 159 litros que, realmente, equivalen a un barril?. ¿Es que no nos acordamos de la subfacturación y sobrefacturación que han hecho la mayoría de los comerciantes y empresarios cuando existía Recadi, Cadivi, etc.?. Las LACT, también, "dejan de funcionar bien".

SUPERBIGOTE, cuando les presente la guía que usan en Canadá para la medición del Bitumen producido por los privados, se van a ir de cu… porque allá, también, supuestamente, miden de más o de menos, según sea el caso.

En un próximo Artículo verás, cuando presente las regulaciones de Canadá para las "Oil Sands" en materia de Regalía, que hay un capítulo sobre las PENALIDADES de varios tipos. Por eso, no debiera sorprendernos que en nuestras regulaciones, a futuro, hayan penalidades no solo para las operadoras, sino, también, para las instituciones del Estado que miden volumen y calidad de petróleo, de las toneladas de coque, de las toneladas de azufre, de los volúmenes y calidad de gas . ¿O No?.

SUPERBIGOTE, tengo la duda de si es verdad que en cada sitio de fiscalización las LACT ("Lease Automatic Custody Transfer" y en Castellano "Unidades Automáticas de Transferencia de Custodia" ) estén funcionando a la perfección, después de la falta de mantenimiento, a estas, durante los últimos años de sanciones a nuestra Industria Petrolera y que se esté midiendo, con un alto grado de confianza, el volumen, la calidad de los crudos respecto a parámetros como porcentaje de agua y sedimentos; gravedad API; contenido de azufre; índice de acidez; viscosidad; etc, etc. Por lo menos, deben existir 30 o más LACT para las empresas mixtas, otras tanto en PDVSA Petróleo y, por lo menos, 5 en las empresas mixtas de La Faja. Podría especular que tendría que haber, por la medida chiquita, unos 70 sistemas LACT haciendo el trabajo de medición del volumen de hidrocarburos líquidos y gaseosos de Venezuela. De paso no he estimado los sistemas que tendrían que estar midiendo los volúmenes de gas. Hay 5 direcciones generales del MPPP que tienen que ver con las mediciones de volúmenes de hidrocarburos. ¿Habremos vuelto a la época de la varita para medir los volúmenes de producción en los tanques?.

SUPERBIGOTE, no intento estar buscando corruptos y corrupción por todos lados, pero desde que el mundo es mundo, el humano siempre ha tratado de comprar lo mas barato posible y vender lo más caro posible, no importa cuales sean los métodos que se usen para tales propósitos. ¿Por qué tiene que ser distinto en el mundo del petróleo? Ha habido, hay y seguirá habiendo corrupción en PDVSA, Filiales y empresas mixtas. Lo que hay que hacer es tener, la corrupción, a raya. Ya hemos visto, en los últimos años, bastante corrupción en PDVSA, y de grandes dimensiones.

SUPERBIGOTE, así como hay corrupción en el negocio de los hidrocarburos, también, los hay en otros campos de la economía de Venezuela. Podríamos tener varios ejemplos, si no, pregúntenle a José David, hermano de Diosdado, y Superintendente del SENIAT, para que les responda sobre los miles de comerciantes y empresarios que eviten pagar los impuestos y como él los mete por el aro para que paguen sus impuestos. También, los petroleros asalariados deben recordar la visita del SENIAT que los puso a pagar impuesto a toditos. Entonces, ¿Por qué poner en duda que los productores de petróleo privados de Venezuela no intenten o cometan fraude cuando se trate de medir el volumen de hidrocarburos líquidos que producen? SUPERBIGOTE, repito, tienen que ser entes como el SENCAMER y el SENIAT, como entes del Estado, los que midan los volúmenes de hidrocarburos y que determinen los precios, regalías e impuesto de todos los hidrocarburos líquidos y gaseosos. ¿Quién mide el volumen de hidrocarburos líquidos, calidad y precios en Hardisty, Alberta Canadá? Por supuesto, entes independientes, tanto del gobierno como de los productores de hidrocarburos líquidos. En Venezuela, las relaciones entre los fiscalizadores y productores, no de ahora, sino de siempre, han sido relaciones calificadas de "Yo con Yo" y, por eso mi cuestionamiento de hoy; mucha gente, también, lo hizo en el pasado: Ejemplos sobran, como los de Giusti en PDVSA y Arrieta en el Ministerio, unidos por algún tipo de parentesco o relación de amistad; Rafael Ramírez Ministro de Petróleo y Presidente de PDVSA, etc, etc.

  1. El Ministerio elaborará un informe un mes después de la Fiscalización. SUPERBIGOTE, de pana, ¿Qué crees tu que, supuestamente, pasa durante ese mes que se va preparar el informe?. Entonces, ¿Para qué son los equipos computarizados para medir volumen y calidad que se señalan en el artículo anterior?. Como es que el SENIAT si puede saber lo que recauda día a día, hora ahora, minuto a minuto y la Banca lo mismo, la cual sabe cuanto tiene y cuanto sale al segundo; entonces; ¿Cómo es que el petróleo tiene que esperar un mes?. No me joroben.

  2. ¿Cuándo se hacen las mediciones de producción, diariamente, semanalmente, mensualmente? Supongo que diariamente, pero no se debe dejar a que el productor lo interprete a su conveniencia.

Artículo 3

SUPERBIGOTE, algo en lo que debemos estar conscientes es que el mundo moderno las transacciones comerciales, de todo tipo, se están manejando, en cuestión de tiempo, a nivel de Nanosegundo. Pero en la industria petrolera venezolana los tiempos que todavía se manejan están a nivel de semanas, mese y, en algunos casos, a nivel de años. SUPERBIGOTE, ¿60 días después del informe de la producción fiscalizada el productor, todavía, puede hacer reclamos?. ¿Puede alguien, en su sano juicio, defender que esos tiempos son los mínimos que se pueden lograr cuando hoy todo sucede, repito, a nivel del Nanosegundo, pero en la IP hay que esperar meses ¿Vale la crítica? ¿Qué me dirá el funcionario que me criticó mis artículos anteriores sobre Regalía?. No me vengan con la expresión muy utilizada en la IP, "Siempre se ha hecho así". O cambiamos o nos hundimos por causa de la ineficiencia

Artículo 4

En el Artículo 1 se dice que la calidad y el volumen se medirá en el punto de fiscalización, pero en este artículo se dice que se hará mensualmente. También, se volverá a medir el volumen, también, mensualmente. Sabemos que un mes después se tendrá un volumen menor, por muchas razones, como evaporación de livianos, filtraciones, errores de medición, y los errores aquellos que se usaban en el CSE, "Acta mata votos", en la IP, " Informe mata barriles", etc, etc. ¿Entonces?.

SUPERBIGOTE, el colmo, son las operadoras los que van a decirle al Ministerio, cual es la calidad del crudo que produjeron. El sarcasmo vale, "Zamuro cuidando carne". No te olvides que la calidad que ellos reporten tienen incidencia en los Precios y Regalías finales , ¿O no?.

Artículo 5

SUPERBIGOTE, si todo el contenido de este Artículo es realizado por SENCAMER, no se sucederían los malentendidos o incongruencias que se dice en este Artículo.

Artículo 6

Sin comentarios

Artículo 7

Sin comentarios

Artículo 8

SUPERBIGOTE, recomiendo que todo lo relacionado con determinación de Precios, Regalías e impuestos sea realizado por el SENIAT, ente en el cual se creará una oficina para tales menesteres. Lo de Volumen y calidad, como te dije, lo debe hacer el SENCAMER. Ojo, SUPERBIGOTE dile a Clark Maduro que no meta, al personal del SENIAT y de SENCAMER, en las mismas oficinas de PDVSA y el MPPP. Ubícalos bien lejos.

Artículo 9

  1. Este artículo se debe complementar con el cobro de Regalía en especie, el cual ofrece mas ventajas para la República, ya lo indiqué más arriba.

  2. ¿Se podrá asumir que los precios de todos los petróleos son FOB? Imagino que si.

  3. Nadie sabe como se obtienen y donde se puede consultar la metodología de cálculo para los constantes K, AGA y AT. Mommer era el experto. A lo mejor dejó unos Mommercitos, por ahí, regados.

  4. Las fórmulas de precios presentadas en este Artículo, serán aplicadas a los PRECIOS DE LIQUIDACIÓN DE LA REGALÍA para los mercado del Caribe, Golfo de México, Europa y Asia.

Artículo 10

10.1. SUPERBIGOTE, en ese Artículo se dice que el precio de liquidación de la Regalía para los cuatro petróleos considerados es la del promedio de los precios del petróleo considerado para cada región considerada, siendo estas El Caribe, El Golfo de México, Europa y Asia. Entiendo, por mis cursos de matemática, que la expresión de promedio debe estar dividido por los cuatro precios por un factor para la región que intervienen en cada formula, pero el cuatro brilla por su ausencia.

10.2. No debieron hacer ese promedio, sino mantener el precio que se deduzca para cada área. Porque haciendo esto se castigará al área que tenga el menor precio y beneficiando a las que tengan el precio más alto.

10.3. Sigo diciendo, SUPERBIGOTE, que, también, debió considerarse el cobro de la Regalía por especie, la cual es la mas beneficiosa para la República, porque las refinerías son del Estado y los mejoradores son, al menos, en un 60%, también, propiedad del Estado. Cuando se reciba la Regalía, de todos los petróleos, en especie el beneficio para la República sería mayor, ya que la especie que se reciba, por ejemplo, de los petróleos pesados, medianos, livianos y cualquier mezcla que se realice con ellos y que se refine en el país se obtendrían mas valor por la Regalía. Lo mismo pasaría con el Extrapesado de La Faja que se reciba en especie, al aumentar su valor al mejorarlo, a los cuales les hace falta que se pongan a trabajar para que este beneficie adicional para la República se incremente. Obviamente, la República tendría que pagar una tarifa por procesamiento de la refinería o mejorador que se utilice para agregarle valor al petróleo que se reciba en especie.

10.4. SUPERBIGOTE, lo que si nos debe llamar la atención es que en el Artículo 9, se dice que los PRECIOS DE LIQUIDACIÓN DE LA REGALÍA serán los determinados por las fórmulas presentadas para cada mercado. Sin embargo, en este Artículo el PRECIO DE LIQUIDACIÓN DE LA REGALÍA es otra fórmula. Sin duda, tendremos precios de LIQUIDACION DE REGALIA diferentes.

Por favor, SUPERBIGOTE, ayúdame, con tus SUPERPODERES, a entender esta disparidad.

Artículo 11

11.1. Aquí, SUPERBIGOTE, no se puede interpretar de otra manera, me explico, ahora las operadoras pueden vender petróleo por su cuenta. En el pasado PDVSA (Comercio y Suministro) era la que vendía todo los tipos de petróleo, porque se evitaría la competencia del operador con PDVSA en un mismo mercado. SUPERBIGOTE, si eso obedeció a la dificultad de Nosotros de colocar nuestros petróleos, con nuestros propios recursos, debido a las sanciones, COVID, etc, es bueno que las cosas vuelvan a la normalidad y que sea la República la que venda sus petróleos y productos. De otra manera, lo interpreto como una cesión de Soberanía.

11.2. Como consecuencia de lo anterior, SUPERBIGOTE, las operadoras entregarán copias de las facturas de venta hasta dentro de un período de un mes. Ya te lo dije antes, ¿Crees que si los operadores venden el petróleo no crees Tú que hay una probabilidad de la subfacturación afectando a la Regalía, los impuestos y la consecuente disminución de la proporción que le corresponde a la República por su participación en la empresa mixta? Si caemos en la ingenuidad de creer que los que vendan nuestro petróleo van a actuar "honestamente" y van a reportar los precios reales a los que vendieron, definitivamente, Yo estoy viviendo en otro mundo.

11.3. SUPERBIGOTE, me extraña que los Precios y Regalía parar los hidrocarburos gaseosos no se ven por ninguna parte. Cualquiera puede interpretar que Nosotros no producimos gas, lo que no es verdad ya que hay producción de gas en las Licencias de Gas, en PDVSA Gas y el que consume PDVSA Petróleo. De todas maneras, voy averiguar, para ver si consigo una Norma parecida a la que se usa para los hidrocarburos líquidos.

Artículo 12

SUPERBIGOTE si bien se ve que hay que pesar el coque y el azufre, me queda la pregunta, ¿Cuál es la participación de la República por Regalía a estos subproductos, lo que no aparece por ningún lado, o es propiedad del Estado la totalidad de esos subproductos? Este Artículo es ambiguo y debería especificarse lo que le corresponde al Estado. En otros de mis artículos he recomendado, respecto al coque y azufre, que el pesaje sea hecho por SENCAMER, los cálculos de Precios y Regalías por el SENIAT y la comercialización de estos subproductos por PDVSA.

Artículo 13

SUPERBIGOTE, sorprende como sale una Gaceta Oficial con varios artículos en los que aún cuando se nombran el coque y el azufre, en ninguno de ellos se dice cual es la participación de la República. ¿Qué significa, en este Artículo, "… el mayor valor entre las siguientes opciones? ¿Será que se lo prohíbe el contrato con Maroil?. Tenemos que ponernos las pilas.

Artículo 16

O sea, SUPERBIGOTE, que ya lo que se tenía como una regla que era PDVSA la que comercializaba todos los hidrocarburos líquidos de Venezuela. Ahora, en esta nueva Gaceta, sin duda, los socios privados de las empresas mixtas están vendiendo, por su cuenta, el petróleo que producen. Mayor despelote, imposible. ¿Será por lo del COVID y las sanciones?. Interpreto que nos torcieron los dos brazos. Ya hice el mismo comentario, mas arriba.

Artículo 17

SUPERBIGOTE, si bien es cierto que Platts es una agencia calificada en materia de información petrolera; también, creo, y es lo que recomiendo, que sean, por lo menos, dos o más agencias las que nos proporciones información de precios petroleros en los mercados donde vendemos nuestro petróleo. Debe quedar claro que nuestros actuales clientes y potenciales clientes, también, deben aceptar, cual es la fuente de nuestros precios petroleros. Los ajustes por algunas constantes, también, deben proporcionarse a los interesados. Porque, SUPERBIGOTE, debemos estar conscientes que una cosa es que tengamos "N" fórmulas de precios, pero al final lo que prevalecerá será lo que se negocie con el cliente final pero "sin bajarse los pantal..", sobre todo, lo que se vendería en el mercado spot; aquellos contratos acordados a mediano y largo plazo, también, es otra opción para colocar nuestros petróleos. En el mercado no vale que tu impongas precios, lo que vale es lo que marque el mercado y aspectos en la negociación del precio que, finalmente, se acuerde, pero debe ser vigilado este proceso.

En esta resolución del MPPP no debió decirse lo de una opción alternativa de precios cuando con la opción de dos fuentes distintas hubiera sido solución y no crear la incertidumbre en los clientes con una estructura de precios que no se sabrá bajo que términos lo hará Venezuela. En cambio, si se logra aceptación de las mismas fuentes, se elimina esa incertidumbre.

SUPERBIGOTE, todavía, hay mucha tela que cortar en esto de los Precios y Regalía, particularmente, del Petróleo extrapesado de La Faja y, por eso, te haré llegar otros artículos.

Finalmente, estoy abierto a que si cualquier otro lector, de este Artículo, tiene interpretaciones diferentes a lo que planteo, mucho sabré agradecerle que me las haga llegar. Sin duda, como simple mortal estoy propenso a equivocarme, pero, al mismo tiempo, también, estoy dispuesto a corregir, si me pelo.



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Edmundo Salazar

Experto en petróleo y gas

 edmundosalazar@gmail.com

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