Ley de deporte debe ser reformada

Viernes, 06/02/2026 11:24 AM

Un hombre que oculta lo que piensa, o no se atreve a decir lo que piensa, no es un hombre honrado (Caraciolo Parra 1.819). - Desde mi Lara querida, 7/2/26-La vigente Ley Orgánica de Deporte, actividad física, educación física y recreación debe ser reformada. Este instrumento jurídico vigente desde el 23 de agosto 2011 y muy mal reglamentada en febrero 2012

Mi fundamento que, sostengo en auto estriba en una extrema equivocación, desconocimiento de la materia, mala formación del legislador, sus asesores, ignorancia hiper de los asesores del poder Ejecutivo Nacional, que reglamentaron la ley, alfabetos que, de manera ardid y apócrifo impusieron un grave daño a la dirigencia y obvio al deporte

Fíjense ustedes la contradicción. Lean e interpreten. Principios rectores, Ley orgánica de la materia. Artículo 2. La promoción, organización, fomento y administración del deporte, la actividad física y la educación física y su gestión como actividad económica con fines sociales prestada en los términos de esta ley, se rige por los principios de, omisiss …, democracia participativa y protagónica, justicia, omisiss, …, libertad, igualdad

Autonomía de las organizaciones de carácter asociativo y su colaboración con el Estado, ajusten, (mismo texto legal)

Artículo 39. Las organizaciones sociales promotoras del deporte de carácter asociativo, gozan de autonomía en la gestión de sus disciplinas o especialidades deportivas. Su autonomía se consagra en los siguientes términos:

1. Administrativa: A fin de elegir y designar sus autoridades con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento, así como sus estatutos y reglamentos internos.

2. Organizativa: En virtud de la cual pueden dictar y sancionar sus estatutos y reglamentos internos y definir su estructura, sobre el contenido básico establecido en la presente Ley.

3. Económica y financiera: Para organizar y administrar su patrimonio, sin exclusión de la obligación de rendir públicamente cuentas de los fondos que administren, independientemente de su origen y sin menoscabo del ejercicio de las potestades de seguimiento y control, que realicen los organismos de control fiscal y las organizaciones de contraloría social del Poder Popular cuando administren fondos públicos.

4. Funcional: para desarrollar sus disciplinas deportivas en el marco de esta Ley, sus estatutos y reglamentos.

Ahora bien, caminemos procesalmente al reglamento incomento, focalizamos los Artículo 11. Constitución de Organizaciones Sociales Promotoras del Deporte. Las Asociaciones Deportivas Estadales y las Federaciones Deportivas Nacionales, para obtener el reconocimiento y autorización del Servicio Público Deportivo, deberán constituirse con un mínimo de diez (10) clubes deportivos y cinco (5) Asociaciones Deportivas Estadales, respectivamente

Artículo 13. Inscripción y Reconocimiento de las Federaciones y Asociaciones Deportivas Estadales

A los fines de la inscripción en el Registro Nacional del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, y reconocimiento del Instituto Nacional de Deportes, las Organizaciones Sociales Promotoras del Deporte de carácter asociativo, deberán incluir en sus estatutos lo siguiente:

2.- Que la elección de tos miembros de la Junta Directiva, del Consejo de Honor y del Consejo Contralor se realizará según los límites temporales que prevé la Ley, mediante el voto directo y secreto. Estas instancias deberán estar integradas como mínimo por cinco (5) miembros principales y un suplente para cada uno, atendiendo en todo momento a su conformación por un número impar de miembros.

Evidenciamos fehacientemente la agresión propinada a la autonomía y su invasión, secuestro y víctima, lo más grave que, la dirigencia admitió sin pataleo. Nos da autonomía y a su costado nos impone los cargos. Matemáticamente debemos tener treinta (30) personas, adhonoren, voluntarias para conformar una junta directiva de un club, asociación, liga

Otro garrafal error y antojo desequilibrado del mentecato legislador, fue considerar la relación consanguínea para todas las entidades, lo inteligente y lógico era una excepción para los clubes, cuando es del conocimiento que la familia es el sostén de estas entidades.

Asimismo, privo a nuestra familia de las zonas rurales a organizarse, pues es conocido la existencia consanguínea. En este sector también debió el legislados dictar una excepción

En Mantecal, estado Apure hubo récord en asistencia de coleadores para sus fiestas, fueron 70 turnos más de 250 deportistas que acudieron al llamando, atletas de todo el país, campeones nacionales recurrieron a la región apureña a demostrar sus dotes y cualidades en la válida denominada Apure en un Viaje

Por cierto, la Federación Venezolana de Coleo anda cumpliendo 67 años de su fundación. El Dr. Bartolomé Salom Lizárraga fue el primer presidente de la primera Asociación de Coleo fundada en Venezuela, establecida en Yaracuy el 1 de agosto de 1943.

Históricamente, el general José Antonio Páez es reconocido como pionero y "mejor coleador del siglo XIX". En Curpa, estado Portuguesa nació este autóctono deporte. Páez fue su impulsor esta práctica como espectáculo, mientras, el hijo de Rio Claro, municipio Iribarren, estado Lara, Jesús María Piña fue el primer campeón nacional en 1959

Nuestro permanente agradecimiento, por el reconocimiento que me hizo la dirigencia de esta federación y la asociación de Carabobo, al conferirme la orden del coleo, adjunto al Reinaldo Armas, el escenario la Manga, Dr. Rafael Betancur de Valencia. En este deporte llanero estamos vinculado la familia, nuestro mayor hermano Rigoberto Escalona de guerrillero a coleador por Portuguesa.

Arduosa actividad despliega el deporte nacional, con miras a competencias internacionales. La diversidad de comisiones técnicas de cada Federación evaluado sus preseleccionados, adjuntos sus cuerpos de técnicos y entrenadores. Asimismo, el solidario apoyo del Gobierno Nacional a través del IND y el Min deporte, así es que se gobierna

El profesor larense Gilver Cuarecuco, colega, compañero de nuestra Asociación de jubilados de nuestro estado Lara, fue electo recientemente presidente de la Federación Venezolana de Balonmano .Gilver con gran eficiente trayectoria en el deporte venezolano, en las facetas de padre, técnico, arbitro, organizador, docente. Nuestras felicitaciones y pendiente la celebración.

Otra larense ingreso a la dirigencia olímpica, Aracelis León, actual presidenta de la Federación Venezolana de Beisbol, (FVB) fue electa como cuarta vicepresidenta, para conformar la junta directiva del Comité Olímpico Venezolano, (COV) en el nuevo ciclo olímpico 2026-30. Avalistas somos de la gran capacidad y responsabilidad de esta dupla dirigencial, así es que se gobierna. Colega Ángel Méndez a calentar el brazo.

Campaña. La conculcación de los derechos humanos por efecto de retardo procesal, denegación de justicia, diferimiento, suspensión de audiencia, la no comparecencia de los órganos de prueba, ya los contempla la constitución, la ley penal adjetiva, solo hace falta es jueces, funcionarios de tribunales, en los organismos policiales honestos y no traficantes de la justicia. Entre la ley, la verdad y la empatía, ambos descubrirán que la verdadera justicia no siempre está escrita en los códigos, sino en los actos.

Quien no es solidario para luchar por los demás, tendrá dificultad para hacerlo para sí mismo (Willians Escalona 24-07-2012)

Amigo lector la posología para conservar buena salud, nuestra vida es, caminar, trotar 45 minutos Inter diarios semanalmente. Invita, organízate con tus panas, familia, esposas, vecino, preferible hazlo en la mañana temprana, oxígeno en la atmosfera menos contaminado, usa franelilla y short, al terminar realiza una sesión de ejercicios físicos durante 30 minutos

Se terminó el espacio. Nos leeremos en la venidera, Dios nos ayudara. Comunicadores somos todos, pero no todos somos comunicadores sociales. Con la verdad no temo ni ofendo

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