Comercios en Caracas deben contar con cuartos de basura

Sábado, 26/05/2012 02:58 PM

Cuartos de basura para evitar la contaminación y proliferación de animales rastreros
Credito: Archivo
Caracas, 26 May.- Es obligatorio que los comercios del municipio Libertador, en Caracas, cuenten con un cuarto de basura, con el fin de almacenar temporalmente los desechos generados durante el proceso de producción de bienes y servicios, recordó este viernes el director de Control Urbano de la Alcaldía de Caracas, Daniel Digiminiani.

Dijo que los desechos sólo deberán sacarlos en los horarios establecidos para su recolección.

Esta medida está estipulada en los artículos 477 y 481 de la Norma Sanitaria para proyectos, construcción, reparación, reforma y mantenimiento de edificaciones, publicado en Gaceta Extraordinaria 4044 del 8 de septiembre de 1988.

Digiminiani explicó que los cuartos de basura deben tener una dimensión específica dependiendo del rubro. En el caso de los edificios multifamiliares, el área debe ser de 1 metro cuadrado por cada tres viviendas; para los comercios que no expendan ni preparen alimentos, el área se calcula con base en 0,005 m2 por cada metro cuadrado del local comercial.

En el caso de los locales comerciales que expenden o preparan alimentos, el área se calcula con base en 0,01 m2 por cada metro cuadrado del local, mientras que para los locales comerciales generadores de desechos el área se calcula con base en 0.01 m2 por cada metro cuadrado del local.

Los mismos deberán tener una altura de 2,10 m2, una superficie de 2,60m2, un largo 1,73 y un ancho de 1.50 m2.

Detalló que en el caso de "locales que expendan comida o material biodegradable, el cuarto debe estar provisto de refrigeración para la conservación de los desechos y residuos, a una temperatura no mayor de 7º centigrados".

Los cuartos de basura deben estar ubicados en una planta baja. No se permite su ubicación en sótanos. Además, deben tener una distancia menor a 20 metros de la vía vehicular.

Trampa de grasa en locales

El director de Control Urbano de la Alcaldía de Caracas también informó que los locales que expendan alimentos, así como los talleres mecánicos deberán instalar un trampa grasa (dispositivo que permite separar los residuos sólidos y los aceites) con el fin de contribuir con el saneamiento ambiental y la limpieza en la ciudad y también será de uso obligatorio.

Esta medida está establecida en la Ordenanza Reguladora de la Actividad de Generación, Almacenamiento, Recolección, Transporte, Transferencia, Aprovechamiento y Tratamiento de los Residuuos y Desechos Sólidos en el municipio Libertador, publicada en la Gaceta Municipal Nº 3234-E, del 5 de febrero de 2010.

"Esta medida busca la protección del ambiente y los servicios públicos domiciliados vinculados al mismo, como la red de drenaje, alcantarillados y cloacas que reciben las aguas servidas de las edificaciones y demás establecimientos ubicados en el municipio", reseña la Gaceta Municipal.

También señala que los sistemas de alcantarillados, drenajes, cloacas y tratamientos de aguas servidas no han sido construidos para recibir efluentes con sólidos flotantes, en suspensión o como sedimentos, como tampoco aceites minerales o vegetales en forma líquida.

Sanciones

Digiminiani informó que un grupo de inspectores visita los locales para verificar el cumplimiento de las medidas. Los que las incumplen reciben una citación y deben dirigirse a la sede de Control Urbano, ubicada en el edificio Banvenez, cerca de la estación de Metro Teatros.

Luego, si en 30 días siguen sin cumplir con la adaptación del cuarto de basura o el trampa grasa, se les abre un procedimiento sancionatorio.

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