El TSJ en su sentencia de fecha 3 de enero de 2026, no declaró la ausencia temporal ni mucho menos absoluta del presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, sino que por el contrario expuso una "Ausencia forzosa" no prevista en la constitución.
Esta decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela fue emitida en ponencia conjunta bajo el número 0001-2026, como respuesta inmediata a la agresión militar extranjera ocurrida ese mismo día, en la que fuerzas estadounidenses secuestraron al presidente Nicolás Maduro Moros y a la primera combatiente Cilia Flores en un operativo criminal que cobró la vida de mas de cien venezolanos, constituyéndose en un acto de guerra jamás antes vivido en nuestro país.
El fallo, fundamentado en una interpretación sistemática y teleológica de los artículos 234 y 239 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en la potestad interpretativa del máximo tribunal según el artículo 335, reconoce que el evento configura una situación excepcional, atípica y de fuerza mayor no prevista literalmente en el texto constitucional, generando una imposibilidad material y temporal para que el presidente ejerza sus funciones sin que ello implique una vacancia definitiva o un abandono del cargo.
De esta manera, el TSJ evita activar mecanismos más drásticos como la declaración de ausencia absoluta —que conllevaría elecciones— pues este evento sobrevenido no está enmarcados en los supuestos que establece nuestra constitución y opta por una figura innovadora de "ausencia forzosa" que permite preservar la continuidad del Estado, la gestión de gobierno y la defensa integral de la nación ante amenazas externas.
Como consecuencia directa, ordenó que la vicepresidenta ejecutiva, Delcy Eloína Rodríguez Gómez, asuma de inmediato y ejerza en condición de encargada todas las atribuciones, deberes y facultades inherentes al cargo de presidenta, con el mandato expreso de garantizar la estabilidad administrativa y coordinar la respuesta a la agresión, incluyendo la activación del estado de conmoción exterior decretado por el propio Ejecutivo.
Esta medida precautoria, notificada al Alto Mando Militar, al Consejo de Defensa de la Nación y a la Asamblea Nacional, busca evitar cualquier vacío de poder en un contexto de máxima gravedad que pone en riesgo la seguridad de la patria y el orden constitucional, invocando principios de supremacía constitucional y certeza jurídica en momentos de crisis.
No han faltado los críticos que han señalado que esta interpretación jurisprudencial introduce un limbo constitucional al no ceñirse estrictamente a los supuestos tradicionales de ausencia temporal (limitada a 90 días prorrogables) o absoluta, el TSJ enfatiza que se trata de una solución urgente y provisional ante un hecho público y notorio que amenaza la estabilidad del Estado, sin prejuzgar la naturaleza definitiva de la situación del presidente Maduro.
En esta coyuntura, Delcy Rodríguez ha asumido con firmeza y determinación su rol como presidenta encargada, juramentándose ante la Asamblea Nacional y liderando el Consejo de Defensa de la Nación con un enfoque claro en la defensa de la soberanía, la condena internacional a la agresión y la preservación de las políticas bolivarianas.
Su trayectoria como diplomática experimentada, ex canciller y figura clave del alto mando revolucionario la ha posicionado como una líder capaz de articular respuestas coordinadas junto al Alto Mando Militar y los órganos del poder popular, manteniendo la unidad chavista y la resistencia ante presiones externas. Este esfuerzo colectivo del gobierno y sus instituciones refleja la resiliencia del proyecto revolucionario en circunstancias extremas, demostrando una capacidad de adaptación y continuidad que ha permitido sostener el funcionamiento del Estado pese al secuestro del presidente.
El pueblo chavista mantiene una esperanza profunda y compartida entre los sectores leales a la revolución de que, una vez desestimados los cargos imputados contra Nicolás Maduro —posiblemente mediante procesos diplomáticos, jurídicos internacionales o la presión de aliados estratégicos—, el presidente constitucional regrese pronto para retomar plenamente sus funciones, fortaleciendo aún más la democracia participativa, la soberanía nacional y el legado bolivariano que ha resistido innumerables embates.
Mientras tanto, bajo el liderazgo de Delcy Rodríguez y el respaldo del alto mando, Venezuela continúa firme en su defensa de la independencia y en la construcción de un futuro soberano, reafirmando que el chavismo no depende de una sola persona que es un movimiento colectivo y que cuenta entres sus lideres con gente de mucha capacidad.
Delcy Rodríguez con su hablar pausado, pone el punto sobre las ies al mas pintao, es nuestro deber cuidarla y protegerla ante las amenazas que recibe de afuera, como ha denunciado, y ante los ataques miserables de los disociados que hacen vida en el país.
La presidenta encargada (reconocida así por el mismísimo Donald Trump) es la prueba legal absoluta de que efectivamente, tenemos presidente y se llama Nicolás Maduro Moros, por ahora prisionero de guerra en el imperio, un hombre decente que volverá a su patria en cualquier momento.