Sala Político Administrativa asume competencia del recurso contra el Reglamento de la Dirección de Contrainteligencia Militar

27 de junio de 2017.- La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró que asume la competencia declinada por la Sala Constitucional para conocer y decidir la demanda de nulidad interpuesta con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano Isrrael Álvarez de Armas contra el Decreto N° 1.605 del 10 de febrero de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.599 de la misma fecha, mediante el cual el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela dictó el Reglamento Orgánico de la Dirección General de Contrainteligencia Militar.

Así lo indica la sentencia N° 372/2017 de la Sala Político Administrativa, con ponencia de su vicepresidente, magistrado Marco Antonio Medina Salas, que además ordena notificar al demandante y a la Procuraduría General de la República, asimismo remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de la Sala del Máximo Tribunal para que previa las notificaciones ordenadas se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción judicial.

En el presente caso la Sala Constitucional, mediante decisión N° 354 del 16 de mayo de 2017, se declaró incompetente para conocer del presente asunto y declinó el conocimiento del mismo en la Sala Político Administrativa.


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