En ese sentido, se demandó la nulidad del Decreto Nº 2.830 del 1º de mayo de este año, a través del cual el presidente de la República, Nicolás Maduro, convocó a la ANC.
En el documento se señala que el Jefe de Estado solo cuenta con la iniciativa de la Constituyente, de acuerdo con el artículo 348 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de la cual puede sugerir o proponer la realización de dicho proceso para redactar un nuevo texto fundamental.
Se precisa que esa iniciativa debe ser sometida a la aprobación del poder constituyente originario que, según los artículos 5 y 347 constitucionales, reside en el pueblo.
Igualmente, se requirió la nulidad del Decreto Presidencial Nº 2.878, del 23 de mayo de este año, en el cual se contemplan las bases comiciales de la ANC, por violarse los referidos principios de la supremacía constitucional, la progresividad de los derechos humanos, así como la democracia participativa y protagónica. Además de vulnerar la reserva legal, el derecho al sufragio, la universalidad e igualdad de este.
Fiscal General solicitó nulidad de decretos presidenciales que convoca a la ANC y define sus bases comiciales https://t.co/9PcPePx3Xl #15Jun
— Ministerio Público (@MPvenezolano) 15 de junio de 2017