Impugnan a directiva de Fenasirtrasalud por evidentes vicios de legitimidad

En ocasión de la instalación de la reunión normativa laboral del sector salud, realizada el pasado Viernes 12 de Abril a las 10 am, convocada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social mediante la Gaceta Oficial 40133 de fecha 21 de Marzo del presente año, Sirtraslud Dtto. Capital fijo posición debido a que entre las organizaciones sindicales convocadas se encuentra la Directiva de la Federación FENASIRTRASALUD, a la cual se le sigue un procedimiento sin decidir en el Consejo Nacional Electoral sobre una impugnación a sus postulaciones, que originó una REPOSICIÓN ordenada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia no posee CERTIFICACION DE SU LEGITIMIDAD expedida exclusivamente por el CNE, la cual debe ser también publicada en la Gaceta Electoral (los anexos a esta argumentación se pueden ver en : http://www.aporrea.org/trabajadores/n225938.html).  

Debido a lo anterior la participación de la Directiva de dicha federación fue IMPUGNADA por el ciudadano Thony Navas Nieves, Directivo del sindicato de base Sirtra Salud Dtto Capital en representación de la misma, a través de un escrito interpuesto en la oportunidad legal correspondiente (anexamos el mencionado escrito, introducido el 12 de abril de 2013 con sus respectivos soportes y Pruebas para su publicación).  

En dicho escrito también se exhorta  a la Presidencia de la Normativa Laboral  (Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social), en su condición de garante de la legalidad y pulcritud de este acto a la Solicitud, Verificación y Revisión rigurosa de la CERTIFICACION de legitimidad (de su publicación en la Gaceta Electoral) de la Directiva de FENASIRTRASALUD y de los demás sindicatos y gremios de la salud convocados a la referida Normativa.  

Otro de los argumentos sustentados con pruebas documentales que se esgrime en el escrito, es la violación descarada por parte de directivos de FENASIRTRASALUD del artículo 118 del reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, siendo  a la vez Patrón y sindicalista.

Quien Suscribe el escrito de impugnación finaliza el mismo solicitando como PETITORIO UNICO, la EXCLUSION de la Normativa Laboral del Sector Salud de la Directiva de FENASIRTRASALUD,  por carecer de CUALIDAD para representar a los trabajadores y las trabajadoras en este acto, por lo que introduciría consecuencialmente graves irregularidades y vicios de legalidad a la Normativa . Así mismo que en su lugar asuman la discusión de dicha Normativa,  los sindicatos de base afiliados a FENASIRTRASALUD, a FENTRASEP, e INDEPENDIENTES  que se encuentren LEGITIMADOS, igualmente sucedería con los demás Gremios de la salud. 



Esta nota ha sido leída aproximadamente 15321 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter



Notas relacionadas