5.409 cuentas en dólares han sido abiertas en el Banco de Venezuela

Banco de Venezuela

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Credito: Archivo

31 de Octubre.- Desde la entrada en vigencia del convenio cambiario número 20, el 12 de septiembre pasado, cuando fue publicada en la Gaceta Oficial número 40.002, han sido abiertas 5.409 cuentas en el Banco de Venezuela, informó su presidente, Rodolfo Marcos Torres.

Indicó que es un sistema que opera con total normalidad y que atiende de manera eficiente los requerimientos de los venezolanos que deseen tener cuentas en dólares dentro del país.

De acuerdo con lo explicado en reiteradas oportunidades por el presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), Nelson Merentes, todo ciudadano que posea dólares de manera lícita puede abrir su cuenta en cualquier institución financiera venezolana, tanto pública como privada. Además, ha explicado que "el usuario podrá transar con una tarjeta de débito o transferencia afuera de nuestro territorio".

Esta normativa permite el mantenimiento de cuentas en divisas a empresas no residenciadas en el país que participan en los proyectos de inversión pública estratégicos que lleva adelante el Gobierno Nacional.

También permite a las personas naturales y jurídicas, domiciliadas en el país, depositar en esas cuentas los recursos provenientes de la venta de los bonos denominados en moneda extranjera, emitidos por la República o sus entes descentralizados, por intermedio del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (Sitcome) o el Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (Sitme), ambos administrados por el BCV.

Las cuentas en moneda extranjera se podrán mantener en todos los bancos universales que funcionan en el país, los cuales están regidos por la Ley de Instituciones del Sector Bancario, y le permite a esas instituciones financieras recibir los depósitos, bien sea en cuentas a la vista (que funcionan de forma similar a una cuenta corriente pero sin chequera) o término (ahorro y plazo).

"Los depósitos en moneda extranjera podrán movilizarse mediante retiros totales o parciales en moneda de curso legal en el país, al tipo de cambio vigente o mediante transferencias o cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas de débito en el exterior", indica la normativa.


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La fuente original de este documento es:
Agencia Venezolana de Noticias (AVN) (http://www.avn.info.ve)



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