La enmienda no requiere Asamblea Constituyente, réplica a Manuel C. Martínez M.

Manuel C. Martínez ahora convierte su escrito sin argumento valedero, en un ataque furibundo, destemplado e irracional contra mi persona, sin haber siquiera leído bien lo que escribí, y lo peor es que me acusa a mí de no entender, cuando es él el que no entendió nada:

1-Nadie ha planteado, y no consta en lo escrito, que se niegue el debate sobre la enmienda, y no viene al caso invocar a Chávez, con el velado ánimo de insinuar que se le está contradiciendo; eso, repito, no es de lo que se está hablando. Lo que sí hay que tener claro es que el necesario debate debe ser con argumentos que, como mínimo, sean lógicos.

2-En tal sentido, carece totalmente de lógica insistir en que es inconstitucional modificar un artículo de la constitución vigente por una vía distinta de la Asamblea Nacional Constituyente, cuando la propia constitución prevé otros dos mecanismos, la Reforma y la Enmienda, en el mismo Título IX "De la Reforma Constitucional" donde incluye la Asamblea Nacional Constituyente, mecanismos aquéllos, la Reforma y la Enmienda, idóneos para el cambio que se propone.

3-Manuel C. Martínez M. en su "replica" muestra no haber entendido que cuando me refiero a que una mayoría aprobó el texto vigente del artículo 230, me refiero a la mayoría de las electoras y de los electores que votamos a favor en el referendo aprobatorio de 1999. Por eso, una mayoría similar que vote en un nuevo referendo puede modificar ese o cualquier otro artículo, porque es el Pueblo quien detenta la soberanía, en su acepción política de "Poder político supremo que corresponde a un Estado independiente" (DRAE).

Por lo tanto, no se requiere una Asamblea Constituyente, porque se está usando un mecanismo constitucional idóneo que fue aprobado no solo por la Asamblea Nacional Constituyente, sino, más importante aún, por la mayoría del Pueblo; y la reforma necesariamente, para entrar en vigencia, también deberá ser aprobada por otra mayoría de ese mismo Pueblo.

Insisto, para quien todavía no lo haya entendido: Sostener que sólo por Asamblea Nacional Constituyente se puede reformar la Constitución vigente es negar el propio texto de la misma y, peor aún, desconocer la voluntad de la mayoría popular que aprobó los referidos mecanismos de reforma constitucional para el caso que nos ocupa, en el cual para nada se requiere de una Asamblea Nacional Constituyente.


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José Gregorio Piña


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