Violación constitucional

Nuestra Constitución preve que "El debido proceso se aplicarà a todas las
actuaciones judiciales y administrativas, ... 3 toda persona tiene derecho a
ser oída en cualquier clase de proceso con las debidas garantías y dentro
del plazo razonable determinado legalmente, por un tribunal competente,
independiente e imparcial establecido con anterioridad. ..." Es decir, las
partes que intervienen en un proceso (judicial o administrativo), gozan de
la garantía constitucional a la igualdad, es por ello que las normas
establecidas previamente a la recolección de firmas para los revocatorios
por el Consejo Nacional Electoral, son obligatorias para ambas partes,
porque de lo contrario, ambas partes no particiaron en el proceso de
recolección de firmas en igualdad de condiciones.

Es evidente que si en el segundo proceso se llenaron planillas como planas y
eso se acepta, a pesar de que previamente se había determinado (Se aprobó el
Reglamento por unanimidad), y difundido suficientemente por todos los medios
de comunicación masiva, y por cursos dictados a los recolectores, por lo que
era del conocimiento de todos los participantes, que cada firmante tenía que
llenar de su puño y letra sus datos, a menos que no pudiera por impedimento
físico o por no saber hacerlo, sus datos, se violenta la garantía
constitucional al debido proceso, de los que apoyamos al gobierno, pues no
participamos en igualdad de condiciones.

Es como si en un juicio una de las partes no respetara el procedimiento
establecido para que se desarrolle ese juicio, y el Juez (el árbitro) se lo
consintiera, violando a la otra parte el principio, no sólo Constitucional,
sino de sentido común, a la igualdad de condiciones, pero para poner un
ejemplo bien sencillo, de acuerdo a los parámetros establecidos por la
Iglesia Católica, las personas no bautizadas bajo el rito establecido por
ella, no entran en el Cielo, de acuerdo con ello, la Iglesia Católica no
podría aceptar que un musulman, o cualquiera que no hubiera recibido el
bautismo de esa forma, entra en el Cielo, y no podría por tanto, por ejemplo
santificarlo, porque de hacerlo estaría tratando con desigualdad absoluta a
todos los seres humanos que no han recibido el bautismo.

De apoyar el Episcopado y el Papado la posición de los opositores con
respecto a la aceptación por parte del CNE, o eventualmente del TSJ, de esta
violación al derecho humano a la igualdad de condiciones, tendrían que
aceptar que las normas creadas por ellos no tienen ninguna validez, que los
Diez Mandamientos son paparruchadas y que no tenemos que seguirlos para ser
dignos de la gracia Divina.

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Victoria Otero


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