"NO ES NECESARIO HACER UN REFERÉMDUM CONSULTIVO CUANDO YA HAYAMOS REDACTADO LA NUEVA CONSTITUCIÓN, RECUERDEN QUE EL ARTÍCULO 349 NOS DA CARÁCTER SUPRA-CONSITUTUCIONAL".
En días pasados el abogado constitucionalista Hermann Escara dio unas declaraciones en las que aseguraba que luego de abierta e instalada la Asamblea Nacional Constituyente, prosiguiendo a la elaboración de la nueva Constitución se iba a realizar un proceso consultivo para consultar al pueblo.
Un referéndum consultivo en términos más claros y limitantes, se plantea con el único sentido de que ya redactada la nueva Constitución se les pregunte a todos los venezolanos, si están de acuerdo con el nuevo pacto social presentado. Ese hecho marca un parangón con significancia democrática, así se hizo en el año 1999. Con la diferencia de que en ese proceso se le consulto dos veces al pueblo (primero se preguntó si el pueblo estaba de acuerdo con abrir un proceso de Asamblea Nacional Constituyente con respuesta afirmativa), luego se eligieron los diputados que elaborarían la Constitución soberana, (segundo se efectuó un referéndum consultivo para preguntarle si el pueblo ya conocida la nueva Constitución elaborada estaba de acuerdo con ella, con respuesta afirmativa). Esta última consulta es la ejemplificada en este proceso.
Es imprescindible mantener el principio básico de la democracia, demos=pueblo, cracia=gobierno, consultar, consultar y consultar al soberano, y aunado a ello hacer participar al pueblo. Los cimientos de la nación desde la antigüedad hasta los movimientos afrancesados han comprendido que la gente es el labrador de su propio destino.
Escarra argumenta la necesidad de la consulta pero ahora chocamos con la difícil realidad.
Ahora escuchamos a voceros del sector oficialista declarar el carácter Supra-Constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), consultar el artículo: (la Constituyente y el oculto amparo del artículo 349) y que basados en eso han llegado a afirmar:
"NO ES NECESARIO HACER UN REFERÉMDUM CONSULTIVO CUANDO YA HAYAMOS REDACTADO LA NUEVA CONSTITUCIÓN, RECUERDEN QUE EL ARTÍCULO 349 NOS DA CARÁCTER SUPRA-CONSITUTUCIONAL".
Si no le preguntamos al pueblo la realidad, su opinión estaremos cometiendo un acto viciado y eso conlleva a su nulidad, imponiendo una Constitución. Solo con el haber participado una parte del pueblo en la elección de unos diputados Constituyentistas, eso no es garantía de soberanía y democracia, recordando que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo y que suya es la voluntad para opinar y hacerse sus leyes.
Finalmente una Constituyente es un pacto social, si no hay pacto no hay sociedad visibilizada y si no hay sociedad visibilizada difícilmente haya una República. Es menester mantener el imperio de las leyes, si se atenta contra la Diosa de la legalidad y contra el Estado de Derecho, se avanza plagado de bajeza e ilegalidad. Doctor Escarra usted ya es consciente, ya lo sabe, usted puede todavía hacer algo por Venezuela.
Queda en sus manos Doctor Escarra.
jesuseduardobolivar@live.com