Sociedad Venezolana de Ecología desconoce el decreto 2.248 del Arco Minero

Caracas 07 de julio de 2016

Sociedad Venezolana de Ecología

A sus miembros y a la colectividad en general

COMUNICADO

La Junta Directiva de la Sociedad Venezolana de Ecología desconoce el decreto 2.248 del Arco Minero por no tener validez jurídica e ir en detrimento de una zona megadiversa

Uno de los objetivos de la Sociedad Venezolana de Ecología es promover, fomentar y apoyar la conservación y el manejo racional e integral de los ecosistemas venezolanos. En este sentido, la junta directiva de la SVE desconoce el Decreto 2.248, de fecha 24 de febrero de 2016, publicado en Gaceta Oficial 40.855 donde el Gobierno declara una porción al sur del río Orinoco como zona de exploración y explotación minera a gran escala, con una superficie aproximadamente 111.843 km2 denominada "Arco Minero del Orinoco".

Debemos recordar que a partir de 1999, los derechos ambientales se incluyen en la nueva Constitución Nacional en calidad de derechos fundamentales y se declara el principio de desarrollo sustentable. Este renovado interés en materia ambiental, generó expectativas relacionadas a la recuperación de los espacios naturales y manejo adecuado de los recursos. Ahora, nos encontramos ante una encrucijada con la declaración del Arco Minero, para la explotación minera a gran escala en una región reconocida por su biodiversidad y valor ecológico, en donde es necesario ejercer una verdadera gestión ambiental1, es decir lograr coordinación multidisciplinaria y participación ciudadana en el conjunto de acciones a ejecutar y decisiones a tomar en materia ambiental, más aún cuando este decreto, por demás inconstitucional, pretende regir un 12% de la superficie del territorio nacional, a actividades que atentan con el medio ambiente de la región y el país.

Es importante destacar que la propuesta del Arco Minero no fue discutida en la Asamblea Nacional, ni se realizaron las debidas Consultas Públicas a las comunidades originarias que habitan los estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro donde se ubica el mencionado Arco. Además, pretende desafectar de facto varias Áreas Bajo Régimen de Administración Especial e incumple con acuerdos internacionales como el Convenio de Diversidad Biológica, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial entre otros. Razones que permiten calificar como inconstitucional el decreto 2.248 y desconocer su validez jurídica.

La Junta directiva de la Sociedad Venezolana de Ecología exhorta al gobierno nacional a desarrollar vías de comunicación transparentes, y efectivas con la academia, la comunidad científica, la sociedad civil y los tomadores de decisiones en materia ambiental. Esto en pro de que el conocimiento, el esfuerzo humano y la inversión económica asociada a la conservación y preservación de nuestro ambiente y biodiversidad se haga de forma eficiente y acorde a los derechos fundamentales garantizados en la Constitución Nacional y la Ley Orgánica del Ambiente.

Junta Directiva de la Sociedad Venezolana de Ecología

sociedad.venezolana.de.ecologia@gmail.com

 

Es auténtico

Vilisa I. Morón Zambrano, presidente de la SVE.



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