Veto Presidencial contra la Ley de Amnesia Criminal

La pretendida Ley de Amnistía, mejor conocida como Ley de Amnesia Criminal es nula por violar artículo 29 de la Constitución que prohíbe liberar a violadores de derechos humanos y exonerar delitos de Lesa Humanidad. De modo que el Presidente podrá vetar provisionalmente dicha ley (ver artículo 214 constitucional) y la Sala Constitucional del TSJ la eliminará definitivamente.

Ver nuestro criterio constitucional expresado en televisión nacional. Video: https://youtu.be/Ii6HYukswHM

Maduro puede abstenerse de promulgar (publicar en Gaceta Oficial) esa ley y dentro un lapso de diez días devolver dicho instrumento al parlamento con la exigencia de que haga correcciones sobre el texto, así se habrá consumado entonces un veto provisional o suspensivo según lo define el diccionario de la Real Academia Española: "Veto suspensivo: veto que retarda la promulgación y vigencia de una ley." (Negrillas nuestras)

El Texto Fundamental le asigna al Parlamento la función de decidir respecto a lo que le solicita el Presidente, así lo estipula el mismo 214 constitucional. Transitada la fase del veto provisional o suspensivo que ejerce el Presidente y habiendo recibido de regreso el texto corregido por el parlamento, el Jefe del Poder Ejecutivo pudiera promulgar la ley.

Pero hay otra opción constitucional muy clara y de altísima trascendencia, es la que le permite al Presidente aferrarse a su veto suspensivo o provisional y abstenerse definitivamente de promulgar la ley si no se encuentra satisfecho con la respuesta de la Asamblea Nacional ya sea porque las correcciones de ésta sobre el texto fueron parciales, superficiales o simplemente no corrigió nada:

Artículo 214, cuarto párrafo: "Cuando el Presidente o Presidenta de la República considere que la ley o alguno de sus artículos es inconstitucional solicitarán el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el lapso de diez días que tiene para promulgar la misma (…).

Por último, la sentencia judicial del TSJ declarando inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía será el capítulo final de esta historia.



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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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