Venezuela en defensa de su soberanía

El Plan Colombia, también llamado PLAN PARA LA PAZ Y EL FORTALECIMIENTO DEL ESTADO, es un acuerdo bilateral constituido entre los gobiernos de Colombia y Estados Unidos. Se concibió en 1999 durante las administraciones del presidente colombiano ANDRÉS PASTRANA ARANGO y el estadounidense BILL CLINTON.

El 10 de abril de 2000, el artículo escrito en The Washington Post por el Senador PAUL COVERDELL titulado STARTING WITH COLOMBIA (Comenzando por Colombia) señaló: "Para proteger los intereses petroleros de los Estados Unidos en Venezuela es necesario intervenir militarmente a Colombia". Coverdell para entonces Presidente de la Sub-Comisión de Relaciones Exteriores del Senado sobre asunto del Hemisferio Occidental, en el Centro de Estudios Estratégicos e Internacionales, dijo: "Chávez es un líder elegido libremente que aplasta la democracia, progresivamente, en Venezuela", señalando igualmente: "Estados Unidos debe ir más a fondo ahora y lidiar con los golpes en cámara lenta".

Los asesores de Bush padre, Brent Scowcroft, ex-Gobernador de Florida, y Bob Graham, ex-Senador, en su artículo escribieron: "Rápido ayudar a Colombia, por nuestro bien".

La intervención militar a Colombia, señalada por el Senador Paul Coverdell en su artículo, se produjo nueve años después (2009), en forma pacífica, mediante un acuerdo militar entre el Canciller colombiano Jaime Bermúdez y el Embajador de EE.UU. en Colombia William Browfield, ex-embajador en Venezuela.

El Plan Colombia cuenta con el apoyo del programa del gobierno estadounidense llamado "Iniciativa Andina Contra las Drogas" y recibe asistencia de la Central Antinarcóticos. El principal objetivo del gobierno estadounidense es prevenir el flujo de drogas ilegales hacia los Estados Unidos, como también ayudar a Colombia a promover la paz, el desarrollo económico que a la vez contribuye a la seguridad en la región andina

Seis (6) años después de su implementación:

  • El flujo de drogas, es mayor;

  • La implementación de la Paz, es una falacia:

    • La única paz, fuera de los cementerios, es la planteada por la FARC-EP al gobierno colombiano, actualmente en conversaciones en la Habana, Cuba;

    • El narcotráfico y el paramilitarismo están en auge;

    • En consecuencia, no hay paz en la región.

  • Lo realmente alcanzado en el Plan, es la instalación de siete (7) bases militares y la utilización de las bases aéreas colombianas:

    • La inclusión de las bases militares, sin jurisdicción de las leyes colombianas;

    • Preferencia de los soldados estadounidenses sobre los nacionales, conduciendo con ello a problemas sociales ya bastante deteriorados;

    • Contrariedades en los mandos militares; y,

    • Gobernabilidad del Presidente de la República, ya que de cierta forma el mando en tareas estratégicas depende, en cierta medida, del Comando Sur del Ejercito de los EE.UU. perdiendo con ello independencia "política y territorial" alcanzada con mucho sacrificio por nuestro Libertador y Padre de la Patria Simón Bolívar;

  • Utilización del dólar estadounidense a la par del Peso colombiano para transacciones normales;

  • La economía colombiana depende fuertemente del narcotráfico, de la asistencia financiera de los Estados Unidos (vía Plan Colombia) y de los alimentos que obtienen de Venezuela (vía contrabando de extracción);

  • Los altos precios de los bienes y servicios que provienen de los Estados Unidos vía ALCA tienen ahogados a los consumidores colombianos;

  • Otros.

A la par de lo establecido en el acuerdo bilateral colombo-estadounidense de 1999, el BANCO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA (Banco Central), emite una Resolución Cambiaria, en fecha 05 de mayo de 2000, denominada "RESOLUCIÓN EXTERNA N° 8". La legislación tiene una dualidad en el intercambio con el Peso:

  1. Una legislación oficial al interno de Colombia; y,

  2. Una legislación especial para las fronteras.

La Resolución autoriza el intercambio directo del Peso con las monedas de los países vecinos sin pasar por el dólar.

Las Casas de Cambio están autorizadas por la Resolución para realizar cualquier transacción en dólares que no sobrepasen los diez mil dólares estadounidense (US$ 10.000); por debajo de esa cifra las casas de cambio no tienen que reportar la operación al Banco de la República, por tanto, el intercambio con los países fronterizos:

  • Con Panamá (Balboa o Dólar) y Ecuador (Dólar) tienen pocos problemas ya que la relación es de Peso por Dólar;

  • Con Perú (Nuevo Sol) y Brasil (El Real) se tiene poco intercambio, ya que tienen una selva como escudo; y,

  • Con Venezuela (Bolívar Fuerte), los habitantes fronterizos de ambos países tienen un fuerte intercambio de afectos y comercial a lo largo y ancho de los 2000 Km de frontera: Zulia, Táchira, Apure y Amazonas.

El párrafo precedente establece la existencia de una doble paridad cambiaria:

  • La que establece el Banco de la República de Colombia, al interno de sus fronteras; y,

  • La(s) que establezca(n) la(s) población(ones) fronteriza(s) del lado colombiano, esta no es ilegal, ya que está amparada por la Resolución Externa N° 8.

La Revolución Bolivariana confronta al capitalismo como sistema, este es molestoso al gobierno norteamericano (Pentágono) y a la oligarquía colombiana; por lo cual, el acuerdo bilateral del Plan Colombia, el artículo del Senador Paul Coverdell, el de los asesores de Bush padre, conjuntamente con la Resolución Externa N° 8, emitida por el Banco de la República, C.A., parece ser diseñado especialmente contra Venezuela. Esto permite a los cambistas colombianos establecer la paridad del bolívar contra el peso y el dólar, independiente de la paridad oficial. Es allí donde nace la Web Dólar Today y diariamente establece el costo del Bolívar vs. el Peso y el Bolívar vs. el Dólar.

Si el gobierno colombiano no ha derogado la Resolución que afecta severamente al Bolívar Fuerte y está permitiendo el contrabando de extracción; debo suponer (y quisiera estar equivocado) que hay complicidad, de oído sordo y ojos ciegos, y al mismo tiempo permitiendo que los cambistas pueden portar armas largas por su actividad y transporte de valores; siempre del lado del colombiano.

El gobierno venezolano en función soberana, tal como lo hizo Colombia al emitir la Resolución Externa N° 8, ha decidido cerrar la frontera del Táchira mediante un Estado de Excepción por sesenta (60) días prorrogable, que puede ser extendida a otros sitios de la frontera.

Se sugiere, salvo mejor criterio, cerrar totalmente la frontera y hacer que el gobierno colombiano ajuste o elimine la Resolución Externa N° 8 que es la causa de los desequilibrios económico en Venezuela.

Es decir, ambos países tienen que tener el criterio de que las soberanías de cada uno se mantengan totalmente incólume sin contradicciones y en plena y sana amistad.

EL ESEQUIBO ES VENEZUELA

 

 


 



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Pedro Hernández Castellanos

Economista. Docente universitario. Especialista en Finanzas.

 pedrohernandezcastellanos3546@gmail.com

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