Marco constitucional para erradicar el contrabando

Con admirable empeño, el Presidente Nicolás Maduro ha emprendido una nueva batalla en búsqueda de mejorar las condiciones de vida de los venezolanos. Es así que se desarrolla ahora una renovada lucha para erradicar el contrabando de bienes esenciales como los alimentos.

En este contexto es menester recordar que el contrabando es hijo predilecto de la corrupción y esta última es una manifestación de la Guerra Económica. De modo que si de una vez por todas la Revolución Bolivariana gana esta guerra, otros problemas dejarán de existir inevitablemente. Entonces recuperaremos la anhelada seguridad alimentaria y la estabilidad plena de la nación.

Desde esta óptica, advertimos que es constitucionalmente posible que el Presidente de la República decrete un Estado de Excepción contra la Guerra Económica según los artículos 337, 338 y 339 de la Carta Magna. En ese caso bastaría mayoría parlamentaria simple y validación del TSJ.

Debido a que la Guerra Económica atenta contra el Estado en sectores vitales como seguridad alimentaria, seguridad ciudadana, salud, electricidad, educación, economía, entre otros; esta es capaz de provocar la muerte de millones de personas y su poder destructivo puede ser peor que desastres naturales o conflictos armados.

Considerando que el supuesto de hecho para decretar los Estados de Excepción, (específicamente en modalidad de conmoción, artículo 338, penúltimo aparte CRBV), consiste en un “conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones” es público y notorio que la Guerra Económica crea los efectos planteados en esta norma.

La Guerra Económica penetra las instituciones del Estado, deteriora los valores ciudadanos y carcome la estructura burocrática mediante una permanente actividad antijurídica. La misma se relaciona con la delincuencia organizada porque generalmente implica la asociación de varias personas con propósitos criminales que a su vez facilitan o encubren la comisión de otros delitos como narcotráfico, secuestro, defraudación tributaria, soborno, legitimación de capitales, trata de personas, etc.

Por tratarse de la seguridad de la nación, es urgente activar el dispositivo constitucional y decretar un marco jurídico provisional que permita avanzar hacia la realización de una justicia expedita y proporcional a la gravedad del hecho.


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Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

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