Camarada ministro, Roberto Hernandez: ¿Para qué sirve INPSASEL a los trabajadores?

La llegada al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, del para entonces, 1er Vicepresidente de la Asamblea Nacional, Diputado Roberto Hernández, es un hecho que aplaudió la masa laboral venezolana, veníamos de una dirección en dicho ministerio totalmente alejada de los supremos intereses de la masa laboral; el conflicto de Sidor, no hizo otra cosa que poner al descubierto la cercanía de dicha directiva con la patronal transnacional y, en iguales condiciones, se encontraban el resto de las inspectorías del trabajo, lo que dejaba al trabajador y trabajadora, a merced de la voracidad empresarial, sin protección alguna.

Muchas expectativas, desde entonces, se han generado y la necesidad de un viraje en la conducción de este Ministerio es esperado con ansia por los trabajadores y trabajadoras del país; es por ello, que nuestra primera exhortación al Ministro Camarada Roberto Hernández, es desburocratizar el ministerio. Para lo cual, se requiere que sus inspectores salgan a la calle, a visitar las empresas y constatar el cumplimiento de las legislaciones laborales que este Gobierno Revolucionario ha dictaminado en beneficio de la masa laboral. El ejemplo del Seniat, el Indecu, o del Ministerio de Alimentación, debe ser la pauta que debe seguirse para verificar si en verdad son, realmente, Ministerios del Poder Popular; es absurdo que con tantos problemas laborales existentes en nuestro país, el Ministerio del Trabajo continúe encerrado en las cuatro paredes de las inspectorías, al infractor hay que buscarlo en su cueva, en su empresa, y sancionarlo allí, al igual que lo hace el Seniat o el Indecu.

La preocupación de este Ministerio debería ser mayor cuando se trate de la salud y seguridad del trabajador o trabajadora, para ello se ha creado durante este Gobierno Revolucionario al Instituto para la Prevención de la Seguridad y Salud Laboral, Inpsasel, este organismo dependiente del MINPTRASS, está facultado por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, L.O.P.C.Y.M.A.T, Gaceta Oficial N° 38.236, de fecha 26 de julio de 2005, lo cual quiere decir, que va para tres (3) años de vigencia de esta legislación; para garantizar el cumplimiento efectivo de esta Ley, además de hacer cumplir el mandato constitucional del Art. 86, que establece: “Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados...”

Somos de la idea que el Inpsasel se ha venido a menos, por lo menos en el último año y medio, desde su creación, a la fecha son pocas las empresas que han sido sancionadas por este organismo y sus visitas no pasan de la elaboración de un informe y hacer recomendaciones, mientras el trabajador y trabajadora quedan expuestas a todo tipo de riesgo a su vida. Un buen ejemplo, de lo antes expresado, lo constituye la Universidad Central de Venezuela, allí el trabajador y trabajadora, en Facultades como Ciencias, Medicina, Odontología, Farmacia; están sometidos a la acción de agentes físicos, químicos, biológicos, y a condiciones disergonómicas o psicosociales que afectan su salud en el mediano y largo plazo. Si la acción de este organismo fuera lo eficiente que esperan los trabajadores y trabajadoras de esta Institución, seguramente, sus autoridades no estarían tan contentas como ahora lo están, el prontuario es largo y va desde las Infracciones Leves (Art. 118, L.O.P.C.Y.M.A.T), tales como el no garantizar todos los elementos del saneamiento básico en los puestos de trabajo (recientemente los trabajadores de la Fac. de Ciencias, hicieron protestas ante la postura de sus autoridades de ir eliminándoles las toallas, papel sanitario y el jabón); no llevar registro de las características fundamentales de los proyectos de nuevos medios y puestos de trabajos; no imparten a sus trabajadores y trabajadoras formación teórica y práctica, para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos, todo lo contrario, se obstaculiza su aprendizaje; mucho menos, se coloca en forma pública y visible los registros actualizados de los índices de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, en toda la UCV busque una cartelera en la que aparezca esta información y no la conseguirá, esto es misión imposible.

También es posible percatarse que en esta Institución se cometen Infracciones Graves, como las previstas en el Art. 119, de la L.O.P.C.Y.M.A.T, las cuales se sancionan con multas que van desde las 26 a 75 U.T., tales como: no crear y mantener actualizado un sistema de información de prevención, seguridad y salud laboral; no informa al Inpsasel de las medidas tomadas pare la prevención de accidentes; igualmente, no diseñan políticas y mucho menos, implementan políticas de seguridad y salud laboral; no han presentado al Inpsasel el Proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo; no provee a los trabajadores y trabajadoras de los implementos y equipos de protección personal; no realiza a sus trabajadores y trabajadoras exámenes de salud preventivos; mucho menos, informa a su personal –por escrito- de las condiciones peligrosas a la que están expuestas, entre otras.

Tampoco las Muy Graves, previstas en el Art. 120 de la L.O.P.C.Y.M.A.T, se salvan del prontuario que esta Institución tiene en materia de seguridad y salud con sus trabajadores y trabajadoras, que se sancionan con multas que van de 75 a 100 UT por cada trabajador o trabajadora expuesta, y consisten en: no informar de los accidentes de trabajo, a manera de ejemplo, ponemos el caso de un trabajador de la Facultad de Ciencias, que sufrió una descarga eléctrica que le afectó, la Institución optó por enviarlo de reposo a su casa, sin reportar este accidente al Inpsasel, así se calla al trabajador, que ante el reposo opta por no reportar el caso. En la UCV no existen sistemas de atención de primeros auxilios, transporte de lesionados, atención médica de emergencia y mucho menos, planes de contingencia. Tampoco la Institución informa a sus trabajadores y trabajadoras sobre su condición de salud, y no existe en ninguna Facultad, en funcionamiento, los Comités de Seguridad y Salud Laboral.

De este prontuario está al tanto el Inpsasel, sus inspectores han visitado sus instalaciones y han elaborado los informes respectivos, sin que esta problemática se haya atenuado, si no hay una actuación efectiva del Inpsasel y del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, por instrucciones directas de usted Camarada Ministro Roberto Hernández, revirtiendo este cuadro de inseguridad laboral, una Institución obligada por Ley a ejercer una función rectora en todos los ámbitos de la vida nacional, como lo es la Universidad Central de Venezuela, ésta no se pondrá a derecho con la L.O.P.C.Y.M.A.T y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


henryesc@yahoo.es


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Henry Escalante


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