¡Ojo Pelao! Con el Cálculo de las Jornadas de Trabajo Diurnas y Nocturnas

Desde hace mucho tiempo el calculo para el pago de las jornadas diarias y nocturnas se viene haciendo de manera incorrecta y con detrimento del salario de los trabajadores, por ello presento, este análisis para que sea consultado por los directivos sindicales y trabajadores.
Según el Articulo 195 de la LOT salvo las excesiones prevista en esta Ley la jornada diurna no podrá exceder de ocho (08) horas diurnas, ni de cuarenta y cuatro (44) semanales, La jornada Nocturna (Ratificada en sentencia del Tribunal Supremo de fecha 06-07-2001) limitando la jornada nocturna a Treinta y Cinco (35) horas Semanales.

Según Articulo 196 de la LOT, el patrono y los trabajadores pueden establecer una jornada diurna de hasta de NUEVE HORAS (09) sin que se exceda el limite Semanal de Cuarenta y cuatro (44) horas, para otorgar dos días libres a la Semana.

Según Articulo 206 de la LOT, los limites fijados podrán diferenciarse para la jornada y podrán modificarse por acuerdo entre patronos y trabajadores, siempre que se establezcan previsiones compensatorias en caso de exceso, y a condición de que el total de horas trabajadas no exceda las Cuarenta y Cuatro (44) horas por semanas.

Según el Articulo 140 de la LOT, se entenderá por salario hora la alícuota resultante de dividir el salario diario por el numero de horas de la jornada, es por esto, que debe existir un factor constante que se calcula de la siguiente manera :

Para calcular una hora de salario diurno que son Cuarenta y Cuatro (44) horas entre los Seis (06) días Laborables de la Semana, ya que el séptimo día es de descanso remunerado por cumplir con la jornada establecida, el cual da un factor de 7.33 y la nocturna que son Treinta y cinco (35) horas entre los seis (06) días laborados que da un factor de 5.83, con esto factores conocidos hacemos la siguiente ejercicio:
Factor
Hora de la Jornada Diurna 44 : 6 días laborables = 7.33

Hora de la Jornada Diurna 35 : 6 días laborables = 5.83

SALARIO BASICO Factor Diurno Valor de una Hora

10.700.00: : 7.33 1.459.75
Factor Nocturno Valor de una Hora

10.700.00: : 5.83 1.853.33

Es de hacer notar, que esta mala forma de calcular el salario hora, viene desde el año 1991, cuando hubo la primera reducción de la jornada que era de 48 horas diurnas y 42 horas la nocturna a 44 diurna – 40 nocturna, por esto es que en el presente siguen dividiendo entre 8 para la diurna y entre 7 para la nocturna.

prensaunt@yahoo.es


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