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COMUNICADO DE PRENSA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Casa Amarilla, 18 de junio de 2004
A raíz de las declaraciones que rindiera en el día de ayer (17/06/2004) José Miguel Vivanco, vocero para América latina de la organización Human Rights Watch, el Ministerio de Relaciones Exteriores hace los siguientes señalamientos:
Los diferentes Poderes del Estado que conforman la Republica Bolivariana de Venezuela gozan de autonomía e independencia estructural, organizacional y funcional dentro del marco establecido en la Constitución Bolivariana de Venezuela.
Afirmar que existe una “creciente concentración de poder en el Ejecutivo Nacional” o que la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo viola el derecho a tener un tribunal independiente porque “la coalición gobernante podrá usar su escasa mayoría en la Asamblea para obtener una mayoría abrumadora de magistraturas en el Tribunal Supremo” constituye un pronunciamiento subjetivo de orden político y no jurídico que hace evidente los prejuicios y la parcialidad del vocero de dicha organización.
El Ministerio de Relaciones Exteriores informa a la opinión pública que muy pocas legislaciones en el mundo prevén un sistema de selección de Magistrados tan transparente y celoso de la independencia e imparcialidad del Poder Judicial, como el de la República Bolivariana de Venezuela. En los miembros electos de la Asamblea Nacional, pertenecientes a múltiples partidos políticos de diferentes tendencias, reside la representación legítima del Pueblo Soberano.
Es de subrayar que, a diferencia de un gran número de países de América y Europa, en donde el Poder Ejecutivo selecciona o elige de manera directa e indirecta a los Altos Magistrados, la Asamblea Nacional venezolana tiene la atribución de elegir a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en representación del pueblo venezolano, lo que garantiza la autonomía e independencia del Poder Judicial.
Los temores y dudas sobre la independencia del Poder Judicial expresados por Vivanco tienen por único sustento hechos hipotéticos, especulaciones subjetivas y prejuicios políticos poco serios. De ellos se desprende su voluntad a penas disimulada de deslegitimar por antelación los resultados de los procesos referendarios por venir.
El Ministerio de Relaciones Exteriores desea resaltar que el Poder Ejecutivo no interviene en ninguna de las etapas del proceso de selección de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. Denunciar entonces su omnipresencia en el mismo es, cuando menos, un disparate.
Por el contrario, la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo pone en manos del Poder Ciudadano la preselección de los aspirantes bajo criterios de competencias profesionales y cualidades personales. El Poder Ciudadano conformado por el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la Republica y el Fiscal General de la Republica, goza de autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones. En un segundo paso, corresponde a la Asamblea Nacional elegir a los magistrados entre los aspirantes presentados por el Poder Ciudadano, con el voto de las 2/3 partes. La elección por mayoría simple no constituye sino un último recurso para evitar que se produzca una omisión legislativa y que el Tribunal Supremo de Justicia se vea en la absurda obligación de autodesignarse.
Las afirmaciones de Vivanco tampoco tienen fundamento ni base objetiva porque no existe norma internacional alguna que limite o restrinja la selección de Magistrados bajo el criterio de su afiliación política. Por el contrario, la jurisprudencia de los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos ha afirmado que la conformación de un Tribunal por Magistrados mayoritariamente de un mismo partido político no afecta la independencia ni la imparcialidad de ese tribunal. Cabe destacar que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia es mucho más prudente que la jurisprudencia internacional, al prohibir la militancia política de los Magistrados. A todo evento, en la Republica Bolivariana de Venezuela existen recursos judiciales para ventilar la legalidad y constitucionalidad de las normas que sanciona la Asamblea Nacional y corresponde a los órganos jurisdiccionales pronunciarse sobre los mismos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores deplora que el vocero de Human Rights Watch utilice a su organización como instrumento al servicio de la oposición política venezolana. El tono perentorio y prepotente con el cual Vivanco pretende dar instrucciones al Tribunal Supremo de Justicia traduce una actitud exaltada y grandilocuente, poco acorde con su condición de extranjero observador de nuestra realidad nacional. Al no venir a nuestro país a dialogar, sino a proferir acusaciones sin fundamento, Vivanco desprestigia a su organización y desvirtúa la verdadera vocación constructiva de las ONG’s.
Actualmente la Republica Bolivariana de Venezuela adelanta un proceso de reorganización de la Escuela Nacional de la Magistratura y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a cargo del Tribunal Supremo de Justicia. Estos esfuerzos son apoyados por organismos internacionales tales como el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial que ayudan a profundizar no sólo la independencia e imparcialidad del Poder Judicial, sino también la democracia representativa, participativa e inclusiva.
18-06-04
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