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Caracas, 18 Oct. ABN.- “Hay un blindaje constitucional respecto al autor o autora”, refirió el Director General de la Asociación de los Derechos de Autor (Sacven), José Rafael Fariñas, con respecto al artículo 98 aprobado para la propuesta de reforma de la Carta magna.
El artículo modificado por la Asamblea Nacional este miércoles 17, establece “el derecho a la diversidad cultural en la invención, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica, humanística incluyendo la protección legal de los derechos de autor o autora sobre sus obras”.
Al respecto, el director de Sacven (sociedad con más de 10 mil autores venezolanos, y que representa a 219 sociedades de autores de todo el mundo) indicó que ese artículo no afecta a los derechos morales y patrimoniales de los autores, y que va en consonancia con lo que puede esperar esta institución.
“En esa reforma se está consagrando una serie de dispositivos que protegen los derechos del autor o de la autora sobre sus obras, además se incorpora el concepto de la diversidad cultural y el derecho que tenemos todos como ciudadanos de acceder a la vida cultural de la comunidad”, expresó.
“No creo que estemos en presencia de la eliminación de la propiedad intelectual”, expresó, e indicó que sólo se suprimieron los derechos industriales que tienen que ver, más bien, con los aspectos económicos.
Colocó como ejemplo de la no eliminación de la propiedad intelectual el artículo 124 actual de la Constitución donde se garantiza y protege la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas.
Además, resaltó que no hay ninguna disposición en la Carta Magna para que alguien pretenda hacer uso de las obras de los autores sin autorización.
Argumentó que existen convenios internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos que establece en su artículo 27 que toda persona tiene el derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le corresponden por razón de las producciones científicas, literarias, artísticas de las cuales sea autor.
El director de Sacven expresó que en esta propuesta del reforma del artículo 98, cuando se hace mención expresa de “los derechos del autor y de la autora sobre sus obras”, se está reconociendo los derechos intelectuales de orden moral: como la paternidad e integridad sobre la obra, y de orden patrimonial como los derechos de comunicación, reproducción y distribución sobre sus obras.
Así, indicó que dentro del artículo 98 se consagra la intención de reafirmar el derecho que tenemos todos de participar de los beneficios de la cultura.
Además, el contenido de este artículo va de la mano con la Convención sobre la Protección y Promoción sobre la Diversidad de las Expresiones Culturales, aprobada por la Asamblea de la Unesco, en 2005, y ratificada en enero de este año, “hay un reconocimiento a la diversidad cultural”, señaló Fariñas.
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