Patentes y Salud Pública

Al estudiar la legislación de los países en desarrollo, así como los acuerdos y tratados internacionales suscritos en materia de patentes, nos encontramos que fueron concebidos con el objetivo de lograr una efectiva y excesiva protección de los intereses de las industrias multinacionales. En cambio, no reflejan el beneficio social o la protección de los derechos colectivos que tienen los usuarios, quienes además son los que terminan costeando las finanzas del inventor y de la industria.

Esto surge de una matriz de opinión, que reza que la protección al esfuerzo individual, supuestamente, es la única alternativa viable para promover la Investigación & Desarrollo, estimular la innovación y reducir las distorsiones del comercio. Sin embargo, no hay pruebas contundentes que demuestren, que la adopción por nuestros países de estos marcos jurídicos, haya promovido la transferencia tecnológica, la Investigación & Desarrollo o la innovación; como tampoco pueden atribuir las distorsiones del comercio a la existencia de una escasa protección de la “propiedad intelectual”. En consecuencia, no hay una relación intrínseca entre patentes e Investigación & Desarrollo. Por el contrario, existen numerosas pruebas de cómo las grandes corporaciones utilizan estos derechos monopólicos para impedir la competencia en el capitalismo, truncar líneas de investigación[1] y ocultar información; lo que en suma se traduce a un control de la innovación. Por ejemplo, se impide la fabricación de medicamentos genéricos e importaciones paralelas de insumos y equipos de salud a bajos precios, lo que para nuestros pueblos trasciende de un problema industrial o comercial para convertirse en un asunto de supervivencia.

Las patentes en el área farmacéutica conducen a precios de medicamentos notablemente mas altos[2] debido al fortalecimiento de los monopolios. Los medicamentos patentados no compiten con productos similares, patentados o sin patentes, debido a que estos exhiben un modelo de demanda rígida o perfectamente inelástica, es decir, la demanda no muestra absolutamente ninguna respuesta ante las variaciones del precio. Además, son bienes esenciales, por lo que los pacientes no pueden renunciar a su uso, paradójicamente, quienes deben cancelar el precio no deciden la elección del medicamento y quienes lo prescriben en los consultorios no son quienes lo pagan. El paciente es un actor cautivo, ya que no puede sustituir el producto prescrito por el médico, ni tampoco tiene la capacidad de evaluar la calidad o la relación precio-beneficio como lo haría con otro bien de consumo.

Las megafusiones de las empresas multinacionales farmacéuticas dieron como resultado una serie de mini-monopolios, determinados por enfermedades específicas, una suerte de parcelas tecnológicas que les permiten mantener ocultos bancos de inventos de medicamentos y liberarlos en la medida que sus productos lideren el mercado. Aun si existieran pequeños laboratorios innovadores, éstos no podrán competir con las grandes corporaciones para producir medicamentos patentados a bajo precio, ya que los costos para el registro de las patentes son demasiado altos, lo que hace inaccesible para ellos participar en el elitista sistema de patentes.

Las patentes se concibieron como una concesión que otorga el Estado al inventor para que éste revele los detalles técnicos del invento, de modo que cualquier experto en la materia pueda reproducir los resultados y así evitar el secretismo que conduce a costosas duplicaciones en la fase de investigación. Sin embargo, los examinadores de patentes saben que la información contenida en la memoria descriptiva de una patente casi nunca es suficiente para reproducir exitosamente el invento, como también interfiere en el avance tecnológico, la existencia de patentes sobre las herramientas usadas por los propios científicos en su investigación[3], lo que en suma atenta contra la esencia del mismo sistema.

Si consideramos la salud como un estado de bienestar integral, el mismo no solo depende de la producción de medicamentos o insumos para restablecerla, cuando ésta ya se encuentra amenazada; sino que depende principalmente del mejoramiento de las condiciones de vida de la población que están ligadas al desarrollo social sostenible. La situación es distinta para los países que se denominan “potencias”, donde se observan indicadores de salud aceptables, éstas naciones actualmente poseen el dominio y la “propiedad” sobre una inmensa variedad de tecnologías que se comercializan en el resto del globo. Hay que aclarar que para ellos no hubiese sido posible el desarrollo alcanzado hasta ahora, si durante su fase inicial de industrialización hubiesen tenido que someterse al estricto régimen de la llamada “propiedad intelectual” que han impuesto en el presente.

La tragedia no termina al aceptar un sistema de patentes ajeno e inadecuado para nuestra realidad, sino cuando se impide el uso abusivo del mismo. Hoy día la batalla está siendo perdida por nuestras oficinas de patentes cuando en condiciones desventajosas se intenta evitar el otorgamiento de patentes sobre descubrimientos, métodos de tratamientos, segundos usos médicos o la prolongación del período de protección a través de solicitudes de patentes sobre nuevas características sin nivel inventivo; como puede ser nuevos polimorfos, estéreo isómeros, rangos de dosis, asociaciones de drogas, formulaciones de formas farmacéuticas, entre otros.

Actualmente las oficinas de patentes de los países no industrializados cerecen de los recursos técnicos suficientes para responder a masivas solicitudes de las corporaciones farmacéuticas, las cuales conocen sofisticadamente el sistema y cuentan con un inmenso poder económico, además de una gran capacidad encubierta para ejercer presión sobre los funcionarios y gobiernos, cuando las respuestas no les son complacientes.

En conclusión, los Estados deben revisar sus legislaciones y los tratados internacionales suscritos, con la finalidad que las patentes no sigan vulnerando a escala universal los derechos humanos, anteponiendose a la salud y la vida.

[1] Rifkin, Jeremy. El estudio de la célula madre: el plan comercial oculto. El País (España), 7-sep-2001.

[2] Pérez-Casas, Carmen & Col. Informe sobre el precio de medicamentos para el VIH/SIDA, Proyecto de Acceso a Medicamentos Esenciales. Médicos Sin Fronteras, 6-jul-2000.

[3] Eisenberg R.S. Technology transfer and the genome project. En: Risk: Health, Safety & Environment 5: 163-176. 1994.



Esta nota ha sido leída aproximadamente 5617 veces.



Eduardo Samán


Visite el perfil de Eduardo Samán para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: