Capriles promete volver a la CAN

La reciente declaración del candidato presidencial Henrique Capriles, así como lo expresado por la diputada María Corina Machado, en su última intervención en el Congreso Nacional, cumpliendo con las indicaciones de su jefe de campaña Álvaro Uribe, manifiestan la intención de volver al Sistema de Integración, desde hace tiempo denominado Comunidad Andina (CAN). Esquema de integración regional constituido en 1969, luego que Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, suscribieran el Acuerdo de Cartegena. Con el objetivo de convertir a la subregión en un mercado común, permitiendo la libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales. Donde Venezuela se integra en el año 1973 y Chile renuncia en 1976, quedando como países miembros hasta inicios de 2006: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.

Esta tarea a cumplir de Capriles Radonski, en el supuesto de ganar las elecciones el 7 de octubre, no es más que un vivo reflejo de los intereses de las grandes Trasnacionales de Medicamentos y de la rancia burguesía que el representa. Evidenciando su verdadera intención de regresar al pasado, aunque repita una y mil veces en su campaña ofrecer progreso y futuro.

Pero este criterio se contrapone a los de la Industria Farmacéutica Nacional y a la declaración relativa al acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) y a la Salud Pública, adoptada por consenso de los gobiernos miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), celebrada en Doha (Qatar), el 14 de noviembre de 2001. En la que se establecen dos principios fundamentales:

La primacía de los Derechos Sociales de Salud y Bienestar, sobre los intereses comerciales protegidos por los derechos de Propiedad Intelectual y el derecho de las naciones a utilizar salvaguardias en defensa del mejor interés de sus poblaciones, como es el caso del acceso a los medicamentos, no como un asunto de economía sino de vida o muerte.

Por otra parte, que lejos de la realidad están cuando afirman que la decisión de Venezuela de abandonar la CAN en 2006, se fundamentó “en las discrepancias con Perú y Colombia, que entonces negociaban Tratados de Libre Comercios (TLC), con los Estados Unidos (EEUU)”. Pues fueron varios los antecedentes que motivaron tomar esta decisión, entre otros podemos mencionar:

º Desde 1998, los países miembros de la CAN negocian bajo el sistema de “una sola voz” el Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), con 34 países de las tres Américas.

º Paralelamente, varios países latinoamericanos negociaban TLC”s con EEUU. México había firmado Tratado de Libre Comercio de América del Norte (conocido como NAFTA).

º El presidente Hugo Chávez asume el poder en Venezuela en 1999 y comienza su escalada de críticas al modelo del ALCA, sin embargo, formalmente nunca se retira de la mesa.

º Brasil y luego Argentina, han sido países bastantes críticos del ALCA, principalmente por los subsidios otorgados a la producción agropecuaria y ciertos aspectos de Propiedad Intelectual impuestos por EEUU. En el año 2002, se consignó la oferta del cronograma de desgravación arancelaria y EEUU discriminó a los países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) con una oferta diferenciada por niveles de desarrollo de los países, quedando Argentina y Brasil en la peor posición del Continente, lo que acentuó el descontento.

º En 2003, el ALCA trató de salvarse cambiando su diseño; con el ALCA Light y ALCA “a la carta”. Sin embargo, las negociaciones se congelaron en marzo de 2004.En junio de 2003, Chile firma un TLC con EEUU luego de 12 años de negociaciones.

º En 2004, los países de Centroamérica y Republica Dominicana, suscriben de igual manera, un TLC con EEUU (CAFTA).

º Colombia, Ecuador y Perú, anuncian su interés de negociar TLC con EEUU. El gobierno de Venezuela lo rechaza y manifiesta su interés en escoger la vía de integración con el MERCOSUR. Por tal divergencia, se aprueba la Decisión 598 de la CAN, que da libertad a los países miembros de negociar acuerdos comerciales con terceros países de manera separada, siempre que prevalezca el ordenamiento jurídico de la CAN y se informe a la Comisión de todo lo negociado.

º En mayo de 2004, comienzan las negociaciones con EEUU (Bolivia entra como “observador”). Perú culmina en diciembre de 2005 y Colombia lo hace en marzo de 2006, Ecuador sigue negociando con dificultades.

º Venezuela allana el camino para integrarse como “Estado Miembro pleno” del MERCOSUR, el 8 de diciembre de 2005, cuando suscribe el “Acuerdo Marco para la adhesión de la Republica Bolivariana de Venezuela al MERCOSUR”, el cual crea un Grupo Ad Hoc para negociar la forma y plazos de la incorporación, el cual debe comenzar a reunirse en la primera Quincena de mayo 2006..

Sin embargo, es preciso destacar lo que verdaderamente rompió los frágiles hilos que sostenían las relaciones de Venezuela con la CAN y motivó la Denuncia del Acuerdo de Cartagena, lo explican los siguientes acontecimientos:

El día 6 de abril de 2006, se convoca por parte de Colombia y Perú a una reunión extraordinaria de la Comisión de la CAN en Lima y había otra reunión para el viernes 7. Venezuela presidía la comisión y entonces, al enterarse de esa convocatoria envía comunicaciones a la Secretaría General y demás miembros de la CAN, Exigiendo que la reunión debía hacerse en Caracas los días lunes 10 y martes 11 abril de 2006. Según el reglamento de la CAN para las reuniones extraordinarias, cualquier país puede convocarlas y las decisiones adoptadas deben ser por consenso, mientras que las ordinarias las convoca sólo quien preside en ese momento. 

La carta enviada por Venezuela para trasladar la reunión a Caracas no fue contestada y los ministros de comercio de Perú, Colombia y Ecuador se convocan y asisten a la reunión extraordinaria en Lima. La ministra Boliviana de comercio se entera de la reunión y se traslada de la Paz a Lima el miércoles 5 de abril, llega a media noche a Perú. En la mañana del 6 se presenta a la Secretaría General de la CAN y allí le sacan una decisión del Tribunal de Justicia de la CAN, donde le notifican que Bolivia no podía participar en las reuniones porque no estaba solvente.Bajo estas condiciones se aprueba la Decisión 632 en la CAN, la cual modifica el artículo 266 de la Decisión 486 del Régimen Común de Propiedad Intelectual, referente a la protección de los “Datos de Prueba no divulgados” para el registro sanitario de Productos Medicinales.

Venezuela declara que no acatará la Decisión 632, dado que dicha decisión fue tomada por Colombia, Perú y Ecuador a espalda de Venezuela y Bolivia, en el marco de sus arreglos subrepticios con el Departamento de Comercio de los Estados Unidos y además porque los Socios Andinos deberían conceder a las Empresas Farmacéuticas Trasnacionales, derechos exclusivos adicionales para aumentar sus monopolios, cuyas patentes según la normativa de la OMC y también de la CAN, tienen una vigencia máxima de 20 años.

Al vencer ese lapso queda totalmente liberado el acceso a los conocimientos y a los diseños de los procedimientos de fabricación, de manera que éstos podrían ser aprovechados por empresas nacionales para desarrollar la producción de genéricos. Pero al conferir protección por cinco años a los referidos datos de prueba, se afecta de esta manera, la estrategia de los países andinos de fortalecer las políticas referentes a los Productos Genéricos e impedir groseramente el acceso de la población a los medicamentos.

La Propiedad Intelectual fue concebida para proteger las invenciones, sin embargo los datos de prueba son los resultados estadísticos de técnicas de laboratorios usualmente aceptadas en estas disciplinas; realizadas en el ambiente, animales y humanos, relacionadas con la calidad, seguridad y eficacia, al igual que las características físicas y químicas de productos farmacéuticos y no constituyen ningún invento.

Las Trasnacionales Farmacéuticas aducen realizar grandes inversiones en investigación y desarrollo, demandando mayor protección para los datos de prueba y recuperar la inversión, pero esto no es más que extender los fundamentos de la Propiedad Intelectual, más allá de sus límites para proteger una INVERSIÓN, en lugar de proteger INVENCIONES-contribuciones intelectuales- y así quebrar la esencia de un sistema concebido para recompensar a los creadores de ideas. La CAN pretendía obligar a Venezuela asumir todas las concesiones que se hicieron a las Trasnacionales Farmacéuticas y en detrimento del bienestar social e interés nacional.

Lo que definitivamente provocó la salida de Venezuela de la CAN fue el tema de los medicamentos, el quedarnos implicaba que en materia de Propiedad Intelectual tuviéramos una legislación de TLC. La CAN pretendía obligarnos asumir todas las concesiones que se hicieron a las trasnacionales Farmacéuticas en detrimento del bien social e interés nacional.

Al salir Venezuela de la CAN sigue en vigencia la Ley de Propiedad Industrial de 1955 que choca con el tratado de la OMC, donde la solución definitiva a todas estas controversias deberán solventarse con la promulgación de una nueva ley de Propiedad Intelectual, elaborada por un conjunto de venezolanos donde predomine el nacionalismo, la sensibilidad social, una interpretación inteligente y creativa de las experiencias nacionales y mundiales en materia de política económica, y la necesaria sobriedad legal.

Es hora de poner los intereses venezolanos en manos de quienes sepan y puedan defenderlos.

(*) Especialista Propiedad Intelectual

basantew@hotmail.com




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