Vivienda y justicia para las familias de OMNI MAR en Porlamar, Nueva Esparta

Porlamar, 3 de Marzo de 2015

 

Ciudadanos

SUPER INTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTOS Y VIVIENDA

Lic. ANDRÉS IZARRA

MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL TURISMO

Dra. Carmen Sofia Alfonzo

Directora General de la Oficina de Consultoría Jurídica

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TURISMO  

 

Sus despachos.-

 

Quienes suscribimos la presente comunicación,  integrantes del Comité de Victimas del Hotel Omni Margarita, nos dirigimos a usted en la oportunidad de presentar formal solicitud en los términos siguientes.

 

Es el caso que desde hace aproximadamente más once (11) años, más de 120 familias cohabitan en cualidad de arrendatarios en el edificio denominado HOTEL OMNI MAR, ubicado en la Urbanización Costa Azul, Porlamar, Nueva Esparta; el cual se encuentra regentado por la empresa Seven Mac Operadora de Hoteles y Gastronomía, C.A., Sociedad Mercantil, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Bajo el Nº 431, tomo IV de fecha 05 de mayo de 1995, RIF J-30340481-2, dicha empresa bajo la ficción de operación de un establecimiento hotelero, ha venido aprovechando tal condición para sustraerse de la aplicación de la Ley de regularización y control de los arrendamientos de viviendas, que establece claros e insoslayables derechos a favor de sus habitantes.

 

Ahora bien toda vez que las atribuciones de ese despacho de turismo, estás las de dirigir el sistema turístico nacional, supervisando, fiscalizando e inspeccionando a los operadores turísticos, y visto que en pasado 3 de diciembre solicitáramos ante ellos , se inspeccionara al denominado HOTEL OMNI MAR, ubicado en la Urbanización Costa Azul, Porlamar, Nueva Esparta; el cual se encuentra regentado por la empresa Seven Mac Operadora de Hoteles y Gastronomía, C.A., Sociedad Mercantil, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Bajo el Nº 431, tomo IV de fecha 05 de mayo de 1995, RIF J-30340481-2, a los efectos de que comprobará  las condiciones de dicha edificación, si efectivamente su estructura se corresponde con los estándares requeridos para su funcionamiento, si los personas que cohabitan en la mencionada estructura son residentes permanentes o temporales, y cualquier otro que ese despacho considerara  pertinente; todo ello con el objeto de hacer valer la Constitución y leyes vigentes en la República Bolivariana de Venezuela, solicitando expresamente se apliquen las acciones que a tenor de la ley les sean aplicables.

 

Y toda vez que de esa inspección solicitada se puede leer que el denominado HOTEL OMNI MAR, viene trabajando por más de 20 años SIN ESTAR INSCRITO en el Registro Turístico Nacional, y entendiendo la situación de ILEGALIDAD, del pretendido funcionamiento tal como lo deja señalado la Dirección General de Inspección Turística a cargo de la Directora Kathyska Crespoel en Enero 21  del año en curso  además la Directora General de la oficina de la Consultoría Jurídica  Carmen  Sofía Alfonzo remitió en su momento el  19 de Diciembre del 2014 dirigirnos a la super Intendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas por todas las violaciones expuestas por el Comité de Victimas, todas vez que no era materia atribuida al Ministerio del poder Popular para el Turismo no pudiendo emitir pronunciamiento alguno al respecto , por lo que preguntamos  a qué ente resulta pertinente para regular el mencionado Fondo de Comercio Seven Mac Operadora de Hoteles y Gastronomía, C.A., Sociedad Mercantil, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Bajo el Nº 431, tomo IV de fecha 05 de mayo de 1995, RIF J-30340481-2; si el despacho de Superintendencia Nacional de Viviendas (SUNAVI), o Ministerio Popular para el Turismo

 

Es importante puntualizar, que tal condición de “Hotel” ha sido esgrimida con el único de objeto de sustraerse de la aplicación de la legislación arrendaticia, ya que la mencionada estructura es habitada por personas que viven de manera permanente en esa edificación por hasta más de 15 años, y las cuales hoy se encuentran desamparadas, ya que el despacho al cual corresponde actuar en resguardo de los arrendatarios como lo es el SUNAVI

 

La última modalidad de descaro la están haciendo al comunicarle a las personas, cuando van a cancelar el mes, es que a partir de mes de Abril se le va a cobrar un 1% adicional correspondiente al impuesto turístico de Inatur por el RTN, cuando se sabe que ese carga no le corresponde sino a los operadores de hoteles como reza en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Turismo 2014 en el art. 52 que dice : Es obligación de ley para personas naturales o jurídicas que prestan servicios turísticos tipificados

 

Esperamos Justicia

 

Comité de Victimas del Hotel Omni Margarita



Esta nota ha sido leída aproximadamente 11449 veces.



Noticias Recientes:

Comparte en las redes sociales


Síguenos en Facebook y Twitter